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Derecho juicio de mulidad.


Enviado por   •  15 de Mayo de 2016  •  Ensayos  •  2.741 Palabras (11 Páginas)  •  262 Visitas

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JUICIO DE NULIDAD______ /2014.

GRUPO COMPUPRICE S.A. DE C.V. VS

SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO Y PÚBLICO

DEL ESTADO DE CHIAPAS.

ASUNTO: SE INTERPONE DEMANDA DE NULIDAD

RESOLUCIÓN QUE SE IMPUGNA:

CREDITO FISCAL

C. MAGISTRADOS QUE INTEGRAN LA SALA REGIONAL DEL H. TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, CHIAPAS-TABASCO.

PRESENTE.

C. JUANA INES TAPIA TORRES .- Mexicano, mayor de edad, al corriente en el pago de los impuestos que me corresponden, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en avenida central poniente No 1236-B Colonia Centro, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, CP 29000, autorizo para que a mi nombre y representación reciban notificaciones y documentos al estudiante de la licenciatura en derecho, MARCELINO MANUEL TAPIA TORRES, ante usted con la atención y el respeto que le merece comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en mi carácter de APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, que me fue otorgado por la empresa denominada GRUPO COMPUPRICE S.A. DE C.V., lo que justifico con el instrumento público número 19,178, volumen 397, otorgado ante la fe de la LIC. INES DE LA TORRE SANCHEZ, titular en ejercicio de la Notaría Pública Número 38, del Estado de Chiapas, y que acompaño a la presente para que surta sus efectos legales correspondientes, y del que solicito su devolución por serme este indispensable para otros trámites judiciales, por la cual ME INCORFORMO E INTERPONGO EL RECURSO DE NULIDAD que se menciona, en virtud de que no reune con los elementos y requisitos que a todo acto administrativo debe contener, de conformidad en los términos previstos por la LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en los artículos 3, 4, 13 y 44, así como lo que disponen los artículos: 8 14, 16, DE NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en contra del crédito fiscal NÚMERO 11-II-0357434, de fecha 20 de mayo del 2014, señalando lo siguientes requisitos.

Previo a señalar los conceptos de impugnación que dan origen a la presente demanda, con la finalidad de dar sustento a la acción ejercitada, se manifiestan los siguientes:

S E Ñ A L A M I E N T O S:

I.NOMBRE Y R.F.C. Y DOMICILIO FISCAL DEL DEMANDANTE LIC. JUANA INES TAPIA TORRES .- con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en avenida central poniente No 1236-B Colonia Centro, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, CP 29000, de esta ciudad capital.

II. RESOLUCIÓN QUE SE IMPUGNA.- crédito fiscal NÚMERO 11-II-0357434, de fecha 20 de mayo del 2014, emitido por el DIRECTOR DE AUDITORÍA FISCAL DE LA SUBSECRETARIA DE HACIENDA, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ESTADO DE CHIAPAS, a mi representada GRUPO COMPUPRICE, S.A. DE C.V., por la cantidad de $5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS, 00/100 Moneda Nacional).

II.AUTORIDADES DEMANDADAS:- el DIRECTOR DE AUDITORÍA FISCAL DE LA SUBSECRETARIA DE HACIENDA, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ESTADO DE CHIAPAS, con domicilio oficial bien conocido, en las oficinas que se encuentran en el palacio federal ubicado en 2ª oriente entre avenida central y 2ª norte, segunda planta, de esta ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en su calidad de autoridad emisora de la resolución impugnada.

IV.TERCERO PERJUDICADO:- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que se desconoce la existencia de tercero perjudicado alguno.

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que constituyen antecedentes de la resolución que ahora se impugna los siguientes:

H E C H O S

1.- En esta ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, con fecha de fecha 20 de mayo del 2014, el DIRECTOR DE AUDITORÍA FISCAL DE LA SUBSECRETARIA DE HACIENDA, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ESTADO DE CHIAPAS, a mi representada GRUPO COMPUPRICE, S.A. DE C.V., le emitio el crédito fiscal NÚMERO 11-II-0357434, por la cantidad de $5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS, 00/100 Moneda Nacional), esto derivado de la supuesta visita domiciliaria que se realizó en el domicilio de mi mandante y de lo que en este momento resulta innecesario hacer señalamiento alguno, en virtud de que en los autos que integran el procedimiento administrativo ya antes mencionado, obra lo anterior.

2.- El crédito fiscal NÚMERO 11-II-0357434, es ilegal, inconstitucional y su naturaleza intrínsecamente antijurídica por lo que me causan perjuicio los siguientes:

CONCEPTO DE IMPUGNACIÓN

PRIMERO.- debe declararse la nulidad del acto que corresponde a la sancion economica que se pretende aplicar a mi mandante la cual Causa Agravio a mi representada GRUPO COMPUPRICE, S.A. DE C.V., el crédito fiscal NÚMERO 11-II-0357434, emitido en los dias 20 del mes de mayo del año 2014, por el DIRECTOR DE AUDITORÍA FISCAL DE LA SUBSECRETARIA DE HACIENDA, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ESTADO DE CHIAPAS, pretendiendo sancionar a mi mandante por la cantidad de $5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS, 00/100 Moneda Nacional), por cuanto a que la emision del mismo, al violentar el contenido del artículo 68 del Código Fiscal de la Federación que se haya practicado y sin reconocer conforme a derecho la visita domiciliaria y como consecuencia pretender sancionar con lo antes citado a mi poderdante, por lo que corresponde a esta H. Autoridad DECLARAR LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, por lo antes señalado.

El fundamento señalado en el punto que antecede señala con toda claridad que la autoridad responsable está obligada a demostrar la existencia del acto reclamado, y en caso de que la contraria no demuestre la fundamentación y motivación para sancionar a mi representada, esta autoridad DECLARAR LA NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, por lo que corresponde a esta H. Autoridad declarar la nulidad del crédito fiscal.

SEGUNDO.- por otro lado cobra relevancia y tambien resulta violatoria de mis derechos y causa Agravio a mi representada GRUPO COMPUPRICE, S.A. DE C.V., el crédito fiscal NÚMERO 11-II-0357434, emitido con fecha de fecha 20 de mayo del 2014, por el DIRECTOR DE AUDITORÍA FISCAL DE LA SUBSECRETARIA DE HACIENDA, DEPENDIENTE

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