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Derecho procesal penal.


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2016  •  Apuntes  •  1.133 Palabras (5 Páginas)  •  198 Visitas

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DERECHO PROCESAL PENAL

  1. ¿Cómo se forma el derecho procesal?R= son normas que regulan el proceso dentro de un juicio, además fijan el procedimiento que se sigue ente los tribunales competentes, para que estos lleven a cabo una mejor impartición de justicia.

¿Qué es el procedimiento arcaico?R= Es el derecho o procedimiento que están en desuso, el cual es antiguo.

  1. ¿Qué es la Litis contestatio?R= La litis contestatio  es  el  momento  procesal  central, es un acto complejo, el atestiguamiento del litigio se verifica en la fijación definitiva de la fórmula, que se hacer constar en unas tablillas.
  2. ¿Cuáles son las etapas de procedimiento penal en Jalisco?R= La averiguación previa, la averiguación judicial, la del periodo inmediato anterior al proceso, la de instrucción, la del juicio, La de ejecución de sanciones contempladas en el artículo 8 del C.P.P.J
  3. ¿Cómo se administra la justicia penal en Jalisco?R= Por los juzgados de paz; Por los juzgados menores; Por juzgados de primera instancia foráneos y los del ramo en el primer partido judicial; y Por el pleno y las salas del Supremo Tribunal de Justicia.
  4. ¿De qué conocen los jueces de paz?R= De los delitos cuya sanción media no sea mayor de seis meses de prisión
  5. ¿De que conocen los jueces menores?R= De los delitos cuya sanción media no exceda de dos años de prisión
  6. ¿De que conocen los jueces de primera instancia del ramo penal?R= De todos los delitos sometidos a su jurisdicción, de conformidad a lo establecido en el presente código;
  7. ¿De que conocen las salas del supremo tribunal de justicia?R= De los asuntos y recursos que este código y demás leyes les señalen.
  8. ¿Mencione 5 formalidades en las actuaciones de los jueces, ministerios públicos y de la policía investigadora a las cuales se sujetaran?R= En todas las diligencias que practiquen, actuarán indistintamente en presencia de su respectivo secretario, si lo tuvieren, o de dos testigos de asistencia, que darán fe de lo que en aquéllas suceda; No se emplearán abreviaturas, ni se rasparán las palabras equivocadas, sobre las que sólo se pondrá una línea delgada que permita su lectura y el error cometido se salvará con toda precisión, antes de las firmas
  9. ¿Qué término tienen los secretarios para dar cuenta de las promociones?R= Los términos son improrrogables y empezarán a correr al día siguiente al de la fecha de la notificación respectiva, salvo  los casos  que este  Código  señale expresamente.

¿Quiénes pueden certificar copias o testimonios de constancias que se mandaren expedir y autorizar?R= Los secretarios o testigos de asistencia de los juzgados,  del tribunal  o del Ministerio Público, cotejarán las copias o testimonios de constancia que se mandaren expedir y las autorizarán con su firma y el sello correspondiente. Contemplada en el artículo 14 del C.P.P.J

  1. ¿En qué termino los tribunales deben dictar de oficio las providencias y trámites necesarios para la secuela legal del procedimiento?R= Para todos los casos en que no se fije término, la dilación será de tres días; pero, siempre que se vaya a desahogar una diligencia en lugar distinto al de la residencia del juzgado o tribunal del conocimiento, se ampliará en un día más por cada cien kilómetros de distancia o fracción que exceda de cuarenta kilómetros.
  2. ¿Quiénes están obligados a compadecer ante las oficinas del ministerio o público, de los juzgados o del tribunal cuando sea citada?R= Toda persona está obligada a comparecer, en el lugar de su domicilio, ante las oficinas del Ministerio Público, de los juzgados o del tribunal, cuando sea citada con excepción de los altos funcionarios de la Federación y del Estado y de las personas impedidas o por enfermedad o por alguna otra imposibilidad física. Contemplada en el artículo 25 del C.P.P.J. En su caso, se observará lo dispuesto en el artículo 32.
  3. ¿De qué manera serán citadas las personas?R= Las citaciones se harán por cédula o por telégrafo, anotándose en todo caso la constancia respectiva en el expediente. Contemplada en el artículo 26 del C.P.P.J.
  4. ¿De qué manera se citara a las personas cuando se ignore su domicilio?R= Cuando se ignorare la residencia de la persona que deba ser citada, se encargará a la policía que averigüe su domicilio y lo proporcione. Si esta investigación no tuviese éxito y quien ordene la citación lo estimare conveniente, podrá hacerlo por medio de un periódico de los de mayor circulación. Contemplada en el artículo 33 del C.P.P.J.
  5. ¿Qué es un exhorto?R= Se denomina exhorto, en Derecho procesal, a una solicitud en el marco de un procedimiento judicial por la cual un juez o un tribunal, en uso de sus funciones, se dirige hacia otro juez o tribunal de su misma jerarquía, a efectos que el juez destinatario ejecute un acto procesal necesario para el litigio a cargo del juez remitente.
  6. ¿El término constitucional en que tiempo deberá dictarse?R= deberá dictarse en un período no mayor de setenta y dos horas, que podrá ampliarse en un plazo igual, sólo a petición del indiciado o de su defensor; decretada la ampliación, el juez deberá comunicarla inmediatamente al encargado del centro de reclusión donde se encuentre el detenido.
  7. Cómo serán las audiencias en materia penal?R= Las audiencias serán públicas y en ellas el procesado podrá defenderse por sí mismo o por su defensor. Contemplada en el artículo 50 del C.P.P.J.
  8. ¿Cuál es el fundamento legal para que un detenido no se encuentre esposado al momento de su audiencia?R= Queda estrictamente prohibida  la asistencia  de detenidos  o procesados que se encuentren esposados o sujetos a cualquier medio de coacción. Contemplada en el artículo 50 del C.P.P.J.
  9. ¿Cuál es el fundamento legal para que un detenido tenga a su defensor?R= Art. 20 fracción VIII de la CPEUM

¿Qué sucede si al momento de la audiencia no estuviera el defensor del inculpado?R= Si el faltista fuese defensor de oficio, se comunicará la falta a su superior inmediato y se le substituirá por otro.

  1. ¿Qué pasa si el faltista fuese el Agente del ministerio público?R=Se suspenderá la audiencia y se citará para otra, dentro de los cinco días siguientes, lo que se hará saber al Procurador General de Justicia para los efectos de que el agente del Ministerio Público no deje de asistir a la reanudación de la audiencia suspendida por su ausencia.
  2. ¿Cuál es el fundamento legal para que el procesado se comunique con su defensor?R= Artículo 52. Durante la audiencia, el procesado podrá comunicarse con sus defensores, pero no con el público.
  3. ¿Qué pasa si el procesado altera el orden en una audiencia?R= Se le apercibirá de que, si insiste en su actitud, se tendrá por renunciado su derecho a estar presente; si no obstante esto, continúa, se le mandará retirar del local y proseguirá la diligencia con su defensor.

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