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DERECHO PROCESAL PENAL.


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2015  •  Trabajos  •  9.741 Palabras (39 Páginas)  •  282 Visitas

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DERECHO PROCESAL PENAL.

TEMA 1

1.- DEFINA QUE ES EL PROCESO PENAL.

�El derecho procesal penal es el conjunto de normas que regulan cualquier proceso de car�cter penal, desde el inicio hasta su fin; la actividad de los jueces y la ley de fondo en la sentencia. Tiene como funci�n investigar, identificar y sancionar (en caso de que as� sea requerido), las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias en cada caso.

Constituye la disciplina Jur�dica especial cuyo objeto de estudio consiste en la sistematizaci�n, exposici�n an�lisis y critica de la serie de actos jur�dicos realizados por el Tribunal, acusados, acusados y otros sujetos procesales, actos que se encuentran orientados teol�gicamente y, mediante la aplicaci�n del derecho sustantivo, tendientes a solucionar un conflicto cualificado en su naturaleza como penal.

2. EXPLIQUE EL DERECHO PROCESAL EN LA ANTIGUA GRECIA.

�El origen del procedimiento penal se remonta a las viejas costumbres y formas observadas por los atenienses en el Derecho Griego, en donde el Rey, el consejo de ancianos y la Asamblea del Pueblo, en ciertos casos, llevaban a cabo juicios orales, de car�cter p�blico, para sancionar a quienes ejecutaban actos atentatorios n contra de ciertos usos o costumbres. Para esos fines el ofendido o cualquier ciudadano presentaba y sosten�a acusaci�n ante el arconte, el cual, cuando no se trataba de delitos privados y seg�n el caso convocaba al Tribunal del Are�pago, al de los Ephetas y al de los Heliastas. El acusado, se defend�a por si mismo, aunque en ciertas ocasiones le auxiliaban algunas personas, cada parte presentaba sus pruebas, formulaba sus alegatos, y en esas condiciones, el tribunal dictaba sentencia ante �los ojos del pueblo�.

3. EXPLIQUE EL DERECHO PROCESAL EN LA ANTIGUA ROMA.

�Los romanos paulatinamente, adoptaron las instituciones del derecho Griego y con el transcurso del tiempo las transformaron, otorg�ndoles caracter�sticas muy particulares que, m�s tarde servir�an a manera de molde cl�sico, para cimentar el moderno Derecho de procedimientos Penales.

En los asuntos criminales, en la etapa correspondiente a las �Legis actiones�, la actividad del Estado se manifestaba, tanto en el proceso penal p�blico, como en el privado. En el privado el estado era una especie de �rbitro; escuchaba a las partes y bas�ndose en lo expuesto por �stas, resolv�a el caso.

Este tipo de proceso cay� en descr�dito, por lo cual fue adoptado el proceso penal p�blico, llamado as� porque el Estado s�lo interven�a en aquellos delitos que amenazaban el orden y la integridad pol�tica.

M�s tarde en esta misma etapa, se cay� en el procedimiento inquisitivo, inici�ndose el uso del tormento que se aplicaba al acusado y aun a los testigos; juzgaban, los pretores, proc�nsules, los prefectos y algunos otros funcionarios.

El proceso penal p�blico, revest�a dos formas fundamentales: la cognitio y la accusatio; la primera la realizaban los sub�rganos del Estado, y la segunda, en ocasiones, estaba a cargo de alg�n ciudadano.

Las cuestiones penales, como hoy las conocemos, no siempre fueron consideradas del orden p�blico, de manera que gran parte de esos conflictos se tramitaron en el orden privado. Esto signific� que la divisi�n entre delitos �privados� y delitos �p�blicos� marcara el tipo de enjuiciamiento.

4. EXPLIQUE EL DERECHO CAN�NICO PENAL.

�En el derecho can�nico el procedimiento era inquisitivo; fue instaurado en Espa�a por los Visigodos (C�digo de Eur�co), y generalizado despu�s.

Se constituyeron los comisarios, quienes practicaban pesquisas para hacer saber al Tribunal del Santo oficio la conducta de los particulares, en relaci�n a las imposiciones de la iglesia. Al reglamentarse el reglamento de la inquisici�n Episcopal. Se encomend� a dos personas laicas la pesquisa y la denuncia de los herejes; en los inquisidores se concentraron los actos y funciones procesales.

Los inquisidores recib�an denuncias, practicaban pesquisas, realizaban aprehensiones; la confesi�n, fue la prueba por excelencia y para obtenerla empleaban tormento, no era admitida la defensa.

5. DEFINA LA FIGURA DE LOS FUEROS ESPA�OLES.

Fuero Juzgo ((663) que destac� algunos derechos humanos, pero al cual la invasi�n �rabe, lo hizo caer pr�cticamente en desuso. Surge en realidad un derecho procesal popular.

Durante los siglos siguientes la regulaci�n residi� en las ciudades cada una de las cuales tuvo su propio r�gimen de impartici�n de Justicia. Los gobernantes le reconocieron sus derechos, mediante los documentos que recibieron el nombre de fueros, entre ellos al Fuero Viejo de Castilla o al Fuero de Le�n.

6. �C�MO SE PRESENT� EL DERECHO PENAL EN LA �POCA COLONIAL?

�La legislaci�n indiana, que no debe confundirse con la legislaci�n ind�gena, provino tanto de la metr�poli espa�ola, como de las propias colonias, de la Pen�nsula basta recordar la creaci�n del Consejo Real de las indias; Las leyes de Burgos (1512), que procuraron tutelar al ind�gena: y la creaci�n de Audiencias, corregidores, Juzgados Indios, entre otros. Por su parte de la legislaci�n Indiana Criolla, (como la llama Margadant), recordemos las disposiciones que dieron lugar a la recopilaci�n de las leyes de Indias (1680) y la recopilaci�n de Autos Acordados (1787), que fueron dictando en audiencias.

7. DEFINA EL DERECHO PROCESAL AZTECA.

�En el caso de los Aztecas (rama proveniente de los Chichimecas), conocemos un poco m�s, especialmente de su derecho penal. El monarca era la m�xima autoridad judicial, delegaba sus funciones en magistrado supremo, dotado de competencia para conocer de las apelaciones en materia criminal; a su vez, �ste nombraba magistrados para ejercer iguales atribuciones en las ciudades con un n�mero de habitantes considerable, y este magistrado, designaba a los jueces encargados de los asuntos civiles y criminales.

Tomando en cuenta la clasificaci�n de las infracciones penales en leves y graves, para conocer de las primeras se designaban jueces, cuya competencia comprend�a solamente la de un barrio determinado de la ciudad. Las infracciones graves, se encomendaban a un Tribunal colegiado, integrado por tres o cuatro jueces.

En materia de pruebas exist�a el testimonio, la confesi�n, los indicios, los careos y la documental, el l�mite para resolver el proceso, era de ochenta d�as, y las sentencias se dictaban por unanimidad o por mayor�a de votos.

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