Desmaterializacion De Los Titulos Valores
PamelaPadillaB30 de Octubre de 2013
6.041 Palabras (25 Páginas)897 Visitas
DESMATERIALIZACIÓN
La crisis de la función de los títulos valores tuvo lugar hace dos décadas. Se registra desde entonces un fenómeno de modificación de los mismos. A finales de la década de los 70 el volumen total de los títulos valores negociables era incalculable e inmanejable ya que los títulos valores fueron víctimas de su propio éxito.
Para paliar estos problemas fácticos se han adoptado dos medidas: La primera de ellas se aplica a los títulos emitidos en serie y se concreta en la práctica en una desmaterialización. La segunda medida se aplica a algunos títulos valores emitidos individualmente y consiste en una inmovilización.
Desmaterialización: Consiste en la sustitución del título con un soporte documental por la anotación en cuenta. Esta solución se aplicó a los títulos emitidos en serie y además también se aplica o se impone a determinados valores admitidos a cotización en mercados financieros. Las acciones no pueden cotizarse si no se representan por la anotación en cuenta.
También se puede decir que la desmaterialización y desincorporación de los títulos valores consiste en la sustitución del papel como base soporte de los títulos valores por mecanismo novedoso de asientos contables, que en la mayoría de los casos, por ser archivos de computador se les ha dado la calificación de documentos electrónicos.
Grau & De Grazia. La desmaterialización en los títulos valores, Despacho de abogados, opiniones de interés. Venezuela,www.badellgrau.com/o pititulos.html
Pero que es la desmaterialización?
Es la sustitución de los títulos valores físicos por medio de anotaciones en cuenta, las cuales poseen los mismos derechos, obligaciones y condiciones que los documentos físicos De esta manera las anotaciones terminan convirtiéndose en el “con que se buscaba eliminar las inexactitudes presentadas por los procesos manuales y del intercambio físico de los títulos, así como reducir los costos asociados al uso del papel.
La desmaterialización de los títulos valores es la respuesta al fenómeno que se está viviendo en el mundo, puesto que hoy en día es por medio de la tecnología que se busca suplir las necesidades que se presentan. Debido al gran crecimiento del mercado público de valores en los últimos años se hacía necesario dar mayor eficiencia y agilidad a las negociaciones, razón por la cual el sector financiero se vio en la necesidad de sustituir los documentos de papel por negociaciones electrónicas.
El objeto del presente escrito es presentar la transformación de los títulos valores impresos al campo de anotaciones en cuenta y determinar cómo su nuevo medio de representación porta los mismos derechos que el documento físico. Así como establecer que el objetivo final de la transformación es brindar mayor seguridad a las actividades mercantiles y al inversionista.
En principio los títulos valores eran documentos físicos que representaban para su poseedor la existencia de un derecho, el cual solo era acreditado con la exhibición del mismo. Posteriormente con la amplia y acelerada expansión de los mercados de capitales, la cantidad de títulos valores emitidos fue incrementando, hasta llegar al punto de convertirse en una cantidad de documentos inmanejable.
De esta forma nace la necesidad de los mercados de crear un instrumento financiero útil y ágil que permitiera la movilización de los títulos valores con un costo menor y mayor seguridad; el resultado es la desaparición del soporte documental para dar paso a un soporte electrónico.
Sin embargo antes de llegar a la desaparición completa del título, se presentaron diferentes etapas. Héctor Alegría las siguientes:
a. la emisión de títulos múltiples que eran representativos de varias unidades: en un solo título físico se representan varias acciones.
b. Implementación de los títulos múltiples que dieron lugar a “certificados globales”. El certificado global era un único título físico representativo de la totalidad de la emisión o al menos de una parte importante de ella.
c. Los sistemas de depósito reciben los certificados globales y para las transferencias bastan anotaciones en cuenta. No se requería partir el título en sucesivos documentos escritos para cada titular.
Es de resaltar que independientemente del origen legal de cada país en la materia, lo cierto es que existe una clara preocupación en los ordenamientos jurídicos por preservar las garantías y particularidades propias de los títulos valores respecto de los valores representados mediante anotación en cuenta, en aras a garantizar la agilidad y seguridad jurídica del mercado de valores. Y Honduras no es la excepción al establecer “NORMAS REGULADORAS DE FIRMAS ELECTRÓNICAS ADMINISTRADAS POR LA COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS” regulación GE No. 316/27-02 -2012 y el “REGLAMENTO PARA LA CUSTODIA Y EL REGISTRO DE VALORES GUBERNAMENTALES REPRESENTADOS POR ANOTACIÓN EN CUENTA”
Resolución No. 424-12/2004 Banco Central de Honduras.
www.bch.hn/marco_legalsv.php
Naturaleza jurídica
El mayor interrogante jurídico que se plantea frente a la llamada “desmaterialización” de los títulos valores, particularmente cuando esta se produce de manera total, es decir, prescindiendo de forma absoluta del soporte documental a base de papel, es si la teoría de los títulos valores resiste esta innovación. Sobre el particular no existe una posición uniforme en la doctrina, existiendo diversas posiciones en relación con el tema.
Cabe plantearse si estamos ante una simple modificación del soporte del derecho con el fin de dar mayor agilidad a las negociaciones, o si, por el contrario, se trata de una supresión radical del soporte mismo. Tradicionalmente se concebía que en los títulos valores el derecho quedaba incorporado a un título o documento de papel, de modo tal que el derecho se materializaba, convirtiéndose en cosa mueble.
En general se puede concluir que la desmaterialización de los títulos valores brinda mayor seguridad a las actividades mercantiles y al inversionista, porque se cuenta con el sistema de depósito colectivo que asume las responsabilidades por el correcto manejo de las transferencias y registro de las titularidades, generando una transparencia en el mercado que le permite al inversionista conocer la información periódica sobre sus títulos pudiendo decidir rápidamente que negociar y conocer los dividendos, entrega de derechos de suscripción preferente, gravámenes o embargos que recaigan sobre sus valores.
www.derechocomercial.edu.uy/pubrv.htm
Problemática
La gran difusión en el moderno tráfico jurídico mercantil de los títulos valores, y, en especial, de los valores mobiliarios, ha puesto en evidencia la insuficiencia del mecanismo tradicional de la incorporación del derecho al título o soporte documentado en papel para atender las nuevas necesidades, iniciándose así un proceso de crisis.
Crisis propiciada por la excesiva manipulación y movilización de documentos de un lado a otro en el mercado financiero, básicamente en aquellos sectores del mismo (bursátil y bancario). De acuerdo a OLIVENCIA citado por Valenzuela Garach dice que "las ventajas del papel acababan desembocando en los inconvenientes del papeleo".
El enorme volumen de títulos que actualmente son objeto de transacciones en bolsa, ha obligado a que en la mayoría de los países, se sustituya el documento, soporte del derecho, por una anotación contable. Se debe aclarar que esta problemática solamente afecta a aquellos títulos que son cotizados y negociados en los mercados de valores. Lo que significa que la aparición de los valores representados en anotación de cuentas no constituye, una alteración universal del concepto de título valor.
www.slideshare.net/.../titulos-valores-15247082
Fenómeno de la desmaterialización
Con la desmaterialización se busca darle mayor agilidad, eficiencia, seguridad y disminución de costos al mercado de valores a efecto de lograr un mejor desarrollo del mismo.
El adelanto de la ciencia ha trascendido el umbral de los títulos valores, y ha traído como consecuencia que la tecnología brinde nuevos métodos de representar valores, reformulando los conceptos jurídicos en los que descansaba el derecho caratular o derecho cambiario. El adelanto tecnológico ha obligado a revisar los postulados consagrados en el derecho cambiario y aceptar nuevas perspectivas, situaciones y registros en los que reposan derechos valorizables y negociables, pero que se incorporan material ni físicamente en un documento caratular, y, no obstante ello, es preciso otorgarle efectos jurídicos negociables. Este avance tecnológico induce a reconocer la posibilidad de desmaterializar los títulos valores, prescindiendo del papel como único elemento existencial del título, de la firma y de los sellos, que tradicionalmente se les ha venido otorgando con un carácter insustituible, para sustituirlo por un sistema que brinde confianza en su emisión y transmisión .
La desmaterialización puede describirse "como el fenómeno de pérdida del soporte caratular por parte del valor incorporado, optando por la alternativa de su documentación por medios contables o informáticos". Con la desmaterialización o con la inmovilización de los valores se elimina las inexactitudes derivadas
...