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Diccionario Juridico


Enviado por   •  5 de Octubre de 2014  •  2.351 Palabras (10 Páginas)  •  141 Visitas

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Acto Jurídico: es la manifestación de la voluntad que se hace con la intención de producir consecuencia Derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico.

Aprobación: Es el acto por el cual el congreso acepta un proyecto de ley.

Antijuricidad: Se ha entendido tradicionalmente como contrario o violatorio del Derecho, pero con un contenido ideológico que indica la antijurídico, al ser contrario al Derecho revela una conducta mala en contra posición con las conductas buenas que son acordes con el Derecho.

C.

Contrato: es un acuerdo de voluntades que se manifiesta en común entre dos o más personas (físicas o jurídicas). Sus cláusulas regulan las relaciones entre los firmantes en una determinada materia.

Contra Legem: es aquella que establece conductas opuestas al ordenado por la ley, en este caso se reconoce la supremacía de la ley, respecto de la costumbre sobre todo si aquella es reciente y procura corregir el desorden y la injusticia que ha provocado la costumbre.

Costumbre: uso implantado en una colectividad y considerado por esta, jurídicamente.

Constitución: Es la ley fundamental del Estado soberano, escrita o no, establecida o aceptada como guía para su gobernación, es decir es la norma jurídica de más alto rango en el ordenamiento político, la constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, estableciendo asi las bases para su gobierno.

Coacción: Se refiere al uso de la fuerza publica, en el sentido que Kelsen le dio a ese concepto. El derecho decía este autor es un sistema básicamente coactivo.

D.

Derecho: Es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad y como un producto cultural generada dentro de las leyes y que tuenen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad-las personas y de estos con el Estado.

Doctrina: Es la opinión de los estudiosos del Derecho sobre un tema específico.

Discusión: Es el acto por el cual el Congreso Nacional Delibera acerca de las iniciativas de ley, para determinar si son aprobadas o no.

Derecho Público: Es el conjunto de normas jurídicas que regula la organización del Estado y los procedimientos entre este y los particulares.

Derecho Constitucional: conjunto de normas que tienen por objeto la organización del Estado y el funcionamiento de sus poderes.

Derecho Administrativo: Conjunto de normas jurídicas que regulan el funcionamiento del poder Ejecutivo y sus relaciones con los gobernados asi como las reglas, a los que están sujetos los servidores públicos.

Derecho Procesal: es una disciplina que regula el tratamiento y el desarrollo de tres elementos básicos, Jurisdicción, el proceso y la acción como Derecho.

Derecho Penal: Es la rama Derecho que tiene por objeto tutelar los valores fundamentales de las personas, la sociedad y el Estado.

Derecho Civil: Conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones de los particulares entre si y de estos con el Estado, actuando este último con carácter privado es decir dejando este último como carácter privado.

Derecho Mercantil: Conjunto de normas que regulan la actividad de los comerciantes, la creación de los actos de comercio y de las relaciones derivadas de estos actos.

Derecho Bancario: Es una subdivisión del Derecho Mercantil, rige las relaciones de los comerciantes que operan como sociedades nacionales de crédito, tanto en sus relaciones con los particulares como con el Estado y entre sí o por medio de los organismos comunes a esos comerciantes.

Derecho Positivo: conjunto de normas jurídicas, leyes que se encuentran en vigencia dentro de un país.

Derecho Natural: es aquel derecho común para todos los hombres y pueblos.

Derecho Subjetivo: son las facultades que el individuo tiene en relación con los miembros al grupo social que pertenece y también con relación al Estado al que forma parte.

Derecho Objetivo: es aquel que se elabora para regir los actos de los individuos.

Deberes: Hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que implican una determinada obligación moral o ética.

Deber Juridico: es la restricción de la libertad exterior de una persona, derivada de la facultad concedida a otras por la ley.

E.

Estado: conjunto de organizaciones que en su totalidad poseen la facultad de establecer las normas que guiaran una determinada sociedad ejerciendo su poder en un territorio previamente establecido.

Estado de Derecho: Es la forma de convivencia política dentro de la cual el poder estatal se encuentra sometido a un sistema de normas jurídicas, es decir denota al Estado sometido y regulado por el Derecho.

F.

Función de Legitimación del poder político: Estado, normas establecidas, constitución, democracia, político, significa que el derecho sirve como justificación del poder, en tanto este se ejerza conforme a los modelos normativos reconocidos por los sujetos obligados como derechos válidos.

Función Distributiva: El Derecho se encarga de repartir ventajas y cargos entre los ciudadanos y grupos sociales.

Función Sancionadora Correctora: Tiene la función de ordenar la vida social a través de las normas (orden legal).

Función Preventiva: es la acción de promover e impulsar un conjunto de políticas, planes, programas y actividades dirigidas a evita la ocurrencia de hechos, actos u omisiones contrarios a la ley, asi como de vigilar.

Función Control Social: Es el conjunto de prácticas aptitudes y valores destinados a mantener el orden establecido en las sociedades.

Función Evolutiva: el Derecho debe ser evolutivo y regular las situaciones que provoquen las nuevas tecnologías.

Función Promocional: Normas de carácter positivo no sancionativo (carácter social).

Función de Integración Social: Evita desigualdades.

Fuentes Históricas: Son documentos del pasado

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