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EJEMPLO AUDIENCIA INICIAL REPARACION DIRECTA


Enviado por   •  21 de Julio de 2019  •  Apuntes  •  2.280 Palabras (10 Páginas)  •  697 Visitas

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LIBRETO

JUEZ: Buenos días para todos los presentes en la sala, El juzgado Segundo Administrativo de Tunja, siendo las 7:20 de la mañana del 02 de Mayo del 2019, y de conformidad con la competencia otorgada por el n° 6 del art. 155 del CPACA, procede a instaurar la audiencia inicial, bajo los parámetros señalados en el artículo 180 de la ley 1437 del 2011, del proceso de reparación directa con radicado n° 7300138112-320-01 entre los demandantes CAMILO DIAZ LOPEZ y ANDRES GAMBOA LOZANO en contra de la NACION – MINISTERIO DE DEFENSA – POLICIA NACIONAL, con el fin de agotar los procesos correspondientes. A continuación le doy la palabra a las partes para que tengan la oportunidad de presentarse.

DEMANDANTE: Buenos días señor Juez, mi nombre es _________ identificado con numero de cedula n° _______ y tarjeta profesional n°___________ del Consejo Superior de la Judicatura, actúo en este proceso como apoderado de la parte demandante, legitimado según poder allegado al despacho junto con la demanda y se me puede notificar en la Carrera 12 N° 45 – 54 de Tunja y al correo electrónico _____________ .  

DEMANDANDO: Buenos días señor Juez, mi nombre es _________ identificado con numero de cedula n° _______ y tarjeta profesional n°___________ del Consejo Superior de la Judicatura, actúo en este proceso como apoderado de la parte demandando, legitimado según poder allegado al despacho junto con la demanda y se me puede notificar en la Carrera 12 N° 45 – 54 de Tunja y al correo electrónico _____________.

JUEZ: Este despacho procede a proferir el auto de decreto de pruebas, acatando el numeral 10 del artículo 180 de la ley 1437 del 2011 y el articulo 124 ad vitem, de la siguiente manera y siguiendo los principios de Publicidad, Socialización de los medios de prueba e Igualdad entre las partes:

Pruebas de la parte demandante, se aportaron las siguientes;

CONSTITUÍDAS

Documentales        

  1. Se aportaron los contratos de Prestación de Servicios de los señores CAMILO DIAZ y ANDRES GAMBOA, suscritos con el Colegio José Ignacio de Márquez, como docente y psicólogo respectivamente.
  2. Se aportó la Historia clínica de los accionantes, emitida por el ESE Hospital San Vicente de Ramiriquí, donde se constatan las lesiones sufridas por ellos al interior de la estación de policía del municipio.
  3. Se aportó Incapacidad medica de los demandantes, emitida por el centro médico relacionada anteriormente.

POR CONSTITUÍR

Testimonios de terceros

  1. Se solicitó que se oficiara al juez para constituir el testimonio de María Clara Rodríguez, identificada con Tarjeta de Identidad N° 1.346.958.930 de Ramiriquí, para que se acerque al despacho.

Inspección Judicial

  1. Se solicitó que se decrete inspección judicial a la estación de policía ubicada en el municipio de Ramiriquí, con el fin de que se esclarezcan y verifiquen los hechos 6 y 7 mencionados en la demanda, por medio de la revisión de las cámaras, localizadas en los calabozos del lugar, debido a que según la parte demandante la institución se ha negado a suministrar los respectivos videos.    

Conforme a lo dispuesto anteriormente se procede a;

DECRETAR LAS SIGUIENTES PRUEBAS

Documentales

  1. la Historia clínica de los accionantes, emitida por el ESE Hospital San Vicente de Ramiriquí donde se constatan las lesiones sufridas por ellos, igualmente la incapacidad médica emitida por el mismo centro de salud, al ser conducente puesto que permitirá verificar algunos hechos mencionados en la demanda sobre los que versan tal documento, igualmente es pertinente al guardar relación con los hechos tema de prueba, asimismo se incluye el principio de necesidad de la prueba ya que en el momento procesal adecuado serán útiles.

Inspección judicial

  1. Inspección judicial a la estación de policía ubicada en el municipio de Ramiriquí, con el fin de que se esclarezcan y verifiquen los hechos 6 y 7 mencionados en la demanda, por medio de la revisión de las cámaras, localizadas en los calabozos del lugar, debido a que según la parte demandante la institución se ha negado a suministrar los respectivos videos.

NEGAR LAS SIGUIENTES PRUEBAS

Documentales

  1. Los contratos de Prestación de Servicios de los señores CAMILO DIAZ y ANDRES GAMBOA, suscritos con el Colegio José Ignacio de Márquez, como docente y psicólogo respectivamente. Al ser impertinentes porque no guardan relación con los hechos tema de prueba.

Testimonios de terceros

  1. El testimonio de María Clara Rodríguez, identificada con Tarjeta de  Identidad N° 1.346.958.930 de Ramiriquí, para que se acerque al despacho. Ya que conforme a lo dispuesto en el art 212 del código general del proceso cuando se pidan testimonios deberá expresarse el nombre, domicilio, residencia o lugar donde puedan ser citados los testigos y enunciarse concretamente los hechos tema de prueba, lo cual no se evidencia en el acápite de pruebas de la demanda.

Pruebas de la parte demandada, se aportaron las siguientes;

CONSTITUIDAS 

  1. Documentales:

  1. Acta de salida de la estación de policía de Ramiriquí de los señores CAMILO DIAZ LOPEZ y ANDRES GAMBOA LOZANO.
  2. Mensaje de datos de las cadenas de Whatsapp y publicaciones de Facebook, en las que se acusa a los demandantes.

POR CONSTITUIR

  1. Dictamen pericial

  1. Dictamen pericial por parte de un profesional especializado en materia de Psicología, para que corrobore las afectaciones morales y psíquicas sufridas por los demandantes y de esta manera se estime razonadamente la cuantía.

  1. Declaración de parte
  1. Se llame a este despache las partes accionantes CAMILO DIAZ Y ANDRES GAMBOA para que se sirvan de relatar las circunstancias atenientes a la situación tema de prueba

Conforme a lo dispuesto anteriormente se procede a;

DECRETAR LAS SIGUIENTES PRUEBAS

Documentales

  1. Acta de salida de la estación de policía de Ramiriquí de los señores CAMILO DIAZ LOPEZ y ANDRES GAMBOA LOZANO. En razón a que es conducente, ya que permite probar la salida de los accionantes de la estación de policía del municipio de Ramiriquí y es pertinente puesto que versa sobre los hechos alegados por la parte accionante y atendiendo al principio de necesidad de la prueba

Dictamen pericial

  1. Dictamen pericial por parte de un profesional especializado en materia de Psicología, para que corrobore las afectaciones morales y psíquicas sufridas por los demandantes y de esta manera se estime razonadamente la cuantía. La prueba resulta completamente necesaria pues será útil al despacho para determinar los perjuicios morales ocasionados a los demandantes.  

NEGAR LAS SIGUIENTES PRUEBAS

Documentales

  1. Mensaje de datos de las cadenas de WhatsApp y publicaciones de Facebook, en las que se acusa a los demandantes, es inconducente ya que el medio adecuado para probar que los accionantes eran requeridos judicialmente eran documentales; denuncia, una orden de captura expedida legalmente y todos los demás medios dispuestos por la ley y podría resultar inútil en la etapa procesal respectiva en razón a lo anteriormente expuesto

Declaración de parte

  1. Se llame a este despacho las partes accionantes CAMILO DIAZ Y ANDRES GAMBOA para que se sirvan de relatar las circunstancias atenientes a la situación tema de prueba. La prueba es superflua ya que las circunstancias que se piden relatar ya han sido expuestas, en forma debida, en la demanda.

El auto queda notificado en estrados, concedo el uso de la palabra de los apoderados de ambas partes.

DEMANDANTE: Señor Juez, según las facultades que me confieren los artículos 74 y 77 del Código del Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, me permito interponer recurso de reposición frente a la sección del auto que niega mis pruebas, argumentando que:

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