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EL CONTRATO


Enviado por   •  21 de Febrero de 2013  •  2.188 Palabras (9 Páginas)  •  191 Visitas

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1. INTRODUCCIÓN

Podemos decir que los contratos han existido todo el tiempo ya que el hombre siempre se ha visto en la necesidad de celebrar contratos de todo tipo de acuerdo al ciclo de vida en que nos situemos. Así pues, encontramos que el antecedente más cercano se dio en roma con una reglamentación que se estableció en aquellos entonces para contratar y dar una formalidad a los contratos clasificándolos desde entonces doctrinaria y jurídicamente.

Para entrar en materia y tener una concepción lógica, clara y global del contrato, hay que tener claro por lo menos algunas nociones importantes, como lo es: validez del Contrato, presupuestos de validez del contrato, capacidad de pago.

OBJETIVO

• Realizar una compilación de varios elementos esenciales de los contratos que los mismos estén considerando y que sean similares los conceptos que manejen.

• Citar y explicar los contratos que en la actualidad rigen en la doctrina y en el código civil contemplando la estructura que se observara en cada uno de ellos.

• Contar con un documento que facilite la búsqueda de información acerca de los contratos para que como futuros profesionales de Derecho (ABOGADOS) podamos consultar los requisitos esenciales que se tienen que tomar en cuenta para elaborar el contrato que se requiera.

NOCIÓN DE CONTRATO

NOCIÓN DE CONTRATO: El art 1495 del C.C, su definición no es muy afortunada ya que asimila el contrato con la convención y además sugiere que tal obliga solo a una de las partes, así no quedando incluida en la definición el contrato bilateral que sugiere obliga a ambas partes.

Se debe tener en cuenta que la convención es el género y el contrato es la especie.

CONVENCION: puede consistir en crear, transformar, transferir, o extinguir las Obligaciones.

Cuando la única finalidad de la CONVENCION es la de CREAR OBLIGACIONES= SE LLAMA CONTRATO.

Un contrato, en términos generales, es definido como un acuerdo privado, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas. Es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones para las partes. Por ello se señala que habrá contrato cuando varias partes se ponen de acuerdo sobre una manifestación de voluntad destinada a reglar sus derechos.

Doctrinariamente, ha sido definido como un acto jurídico bilateral o multilateral, porque intervienen dos o más personas (a diferencia de los actos jurídicos unilaterales en que interviene una sola persona), y que tiene por finalidad crear derechos y obligaciones (a diferencia de otros actos jurídicos que están destinados a modificar o extinguir derechos y obligaciones, como las convenciones). También se denomina contrato el documento que recoge las condiciones de dicho acto jurídico.

Las partes en un contrato son personas físicas o jurídicas. En un contrato hay dos polos o extremos de la relación jurídica obligacional, cada polo puede estar constituido por más de una persona revistiendo la calidad de parte.

El contrato, en general, tiene una connotación patrimonial, y forma parte de la categoría más amplia de los negocios jurídicos. La función del contrato es producir efectos jurídicos.

En cada país puede existir un concepto de contrato diferente, y esa divergencia tiene que ver con la realidad socio-cultural y jurídica de cada país (existen ordenamientos en que el contrato no se limita al campo de los derechos patrimoniales únicamente, sino que abarca también derechos de familia como, por ejemplo, los países en los que el matrimonio es considerado un contrato).

ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL CONTRATO

Para la validez del contrato se requieren los siguientes elementos:

a. La capacidad legal de las partes o de una de ellas;

b. No existir vicios del consentimiento;

c. Que el objeto o su motivo o su fin sea lícito, y

d. d. Que el consentimiento se haya manifestado en la forma que establece la ley.

A. LA CAPACIDAD DE LOS CONTRATANTES

1. CONCEPTO. Es la facultad que la ley les da a los contratantes para ser sujetos de derechos y obligaciones.

En efecto, la capacidad la define nuestro legislador, como la posibilidad de ser sujetos de derechos y obligaciones, y la tiene, toda persona física desde su nacimientos y se pierde con la muerte; pero desde el momento que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido, para todos los efectos legales que establece nuestro Código Civil.

La doctrina ha tratado de precisar, cuándo se reputa nacida una persona.

Existen tres sistemas que explican este problema.

PRIMERO. Considera que la capacidad se adquiere desde el momento mismo en que el individuo es concebido.

SEGUNDO. Considera nacida a la persona en el momento en que el feto se desprende del seno materno, y

TERCERO. Considera que no basta que exista la concepción ni que el feto se desprenda del seno materno, sino que es necesario que se reúnan otras condiciones, principalmente que el ser humano tenga viabilidad.

2. DIVERSAS CLASES DE INCAPACIDAD. Hay dos clases de incapacidad:

a) La incapacidad de goce, y

b) La incapacidad de ejercicio.

A. INCAPACIDAD DE GOCE. Existe, cuando la ley priva a las personas físicas o morales, del derecho de ser titulares, de derechos y obligaciones.

Nuestro Código Civil considera que existe incapacidad de goce, en los siguientes casos:

1. LOS EXTRANJEROS.

2. LAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS.

3. LAS INSTITUCIONES DE BENEFICIENCIA.

4. LAS SOCIEDADES COMERCIALES POR ACCIONES.

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