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ENSAYO LABORAL BUROCRATICO


Enviado por   •  22 de Julio de 2019  •  Ensayos  •  2.196 Palabras (9 Páginas)  •  70 Visitas

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Introducción

El presente trabajo lo planteo en tipo ensayo con enfoque a cuando uno empieza a laboral cumpliendo la mayoría de edad y a su vez la trayectoria que uno va creando en sus ámbitos de trabajo y donde es muy importante tener los principales conocimientos de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal del Trabajo al Servicio del Estado.

Por tal razón, estaremos mencionando algunos puntos importantes que debemos considerar en nuestra vida para no tener abuso laboral y conocer nuestros derechos en cualquier ámbito al que estamos expuestos.

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Inicio este ensayo con tres preguntas ¿qué es un trabajador? Se describe aquella persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado y se encuentra en artículo 8 LFT. De igual forma ¿qué es un patrón?  Es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores, art.10 LFT y por último, ¿qué es una relación de trabajo? cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario Art.20.

Conociendo la descripción de lo antes mencionado, es primordial manejar esas definiciones porque es ahí donde da inicio ya sea de manera verbal o escrita  la relación de trabajo que con lleva compromisos, derechos y obligaciones adquiridos entre trabajador y patrón.

Es importante conocer que al momento de pactar una relación laboral el patrón tendrá la obligación de dar a conocer su reglamento interno para tener conocimiento que no esté por encima de la misma Ley. De igual forma tendrá la obligación de dar de alta ante la institución de salud a la que se encuentre registrado.

El patrón tendrá la obligación de proporcionar la prestación al derecho a la vivienda como aportar para la pensión a futuro.

Nuestra Ley Federal de Trabajo está compuesta por 1010 articulados, pero realmente hablaremos de los artículos que considero que se ven más comúnmente  violados por el mismo patrón y por desconocimiento de ello, no se actúa legalmente y por tal causa el resultado es abuso laboral.

Tenemos derecho a la vivienda, a la oportunidad a estudiar, a la salud y por el lado de la mujer en periodos de gestación a sus 60 días que por ley se encuentran establecidos como en el periodo de lactancia y todos estos se encuentran en nuestra carta magna.

Debemos de mencionar también que queda prohibido el trabajo a personas menores de 15 años y que se encuentra fundada en el artículo 22 Bis y mayores de 15 tendrán la oportunidad de prestar libremente sus servicios con las limitaciones establecidas en esta Ley.( Art.22). Siguiendo para los menores de 18 años quedara prohibido los cambios fuera de la República Mexicana, tanto no se trate de deportistas, artistas, profesionales que la misma Ley menciona.

Existen jornadas labores que por obligación deben cumplirse, con el mismo enfoque a lo que vivimos diario nos enfocaremos a tres diurna, nocturno y mixto que se comprende por Jornada mixta en períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna y estos se fundamentan desde el articulo 58 al 68 de la misma Ley.

También debemos de conocer que existen las causas de recisión de la relación de trabajo y estas se encuentran en los artículos 46 al 52 LFT y por consecuencia de igual forma existen las causas de terminación de la relación del trabajo en sus artículos 53-55 LTF.

Las empresas o trabajos del gobierno en ocasiones te obligan a que un ciertos días festivos te presentes a trabajar, si no tienes los conocimientos básicos que la ley te ampara muy fácilmente asistirás a trabajar, pero es importante que sepas que existe sanción para el patrón, ya que por ley te protege que los días  El 1o. de enero; II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; IV. El 1o. de mayo; V. El 16 de septiembre; VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; VIII. El 25 de diciembre, y IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral fundada en los artículos 74 LFT. Son obligatorios o en su defecto tendrá que pagar un porcentaje que la misma ley estipula.

 Tendrás derecho a 1 día de descanso en la semana como lo acuerden entre patrón y trabajador. hablando como servidor público y que la misma Ley de Servidores Públicos al Servicio del Estado te establece que tendrás derecho a dos días de descanso laborando de lunes a viernes. (69 al 75 LFT) y (Art. 21-31 LFTSE)

Aunado a esto, existe el derecho a las vacaciones en cuanto el trabajador cumpla su primer año laborando por ley se considerara a disfrutar su primer periodo vacacional que consiste que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios. (Art. 76-81 LFT).

No puede dejarse por un lado la importancia del salario que es la retribución que debe de pagar el patrón al trabajador por tener un servicio y este se podrá fijar por  unidad de tiempo, el trabajador y el patrón podrán acordar el monto siempre y cuando no esté por debajo del salario diario y no exceda de la jornada laboral que por ley se establece, como lugar de pago. (82 al 97 LFT).

Considerando empresas que tengan utilidades los trabajadores deberán participar en un porcentaje que determine la Comisión Nacional de Participación de Utilidades. (Art. 117-131 LFT).

Como nos hemos dado cuenta que la ley es muy clara, mencionando tanto los derechos y obligaciones tanto del trabajador y el patrón, va concatenado esta relación para que exista un ambiente armónico, eficaz y satisfactorio. Art.132-135 LFT).

El trabajador tendrá derecho a ser considerado en cuenta por su patrón cuando exista algún puesto superior al que tenga en ese momento por su experiencia laboral,  buen comportamiento y una excelente productividad en ella, se tendrá que hacer mediante un escrito. La prima de antigüedad del trabajador se consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios y se pagaran cuando exista una separación voluntaria de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido. (Art.154-162 LFT).

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