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EXPLOTACIÓN LABORAL A INDÍGENAS TARAHUMARAS


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2015  •  Resúmenes  •  1.935 Palabras (8 Páginas)  •  144 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El lunes 16 de Marzo del presente año, México era testigo de una noticia que sonaba increible, a pesar de ser un país en donde queda prohibida la explotación laboral, ese día Alfonso Navarrete Prida, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social anunciaba el rescate de más 200 indígenas tarahumaras que laboraban en condiciones de explotación en Comondú, Baja California Sur.

El funcionario detalló que los indígenas, entre los que se encontraban hombres, mujeres y niños, fueron reclutados en Creel, Chihuahua, por la empresa Corporativo El Cerezo Sociedad Agrícola, con domicilio en Guanajuato y trasladados con engaños para trabajar en Comondú en condiciones vergonzosas, ilegales, insalubres y de miseria salarial.

Los indígenas trabajaban en la cosecha de papa por lo que recibían sólo 200 pesos semanales como préstamo con la promesa de que al final recibirían el pago íntegro de su salario.

Navarrete Prida denunció que mientras los "enganchadores" cobraban a ocho pesos el costal de papa recolectado, a los trabajadores sólo se les pagarían cuatro pesos por cada costal.

Agregó que tras la denuncia (de aproximadamente un año) de las víctimas, la delegación de la Secretaría del Trabajo en BCS le dio inmediato seguimiento, lo que resultó en un operativo de inspección que confirmó la acusación tras lo cual se llevaron a cabo las acciones de prevención y de sanción,

Las autoridades dieron aviso a la Procuraduría General de la República (PGR) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que investigaran y determinaran si además de las violaciones de derechos laborales detectadas se cometieron otros delitos o si se evadieron impuestos.[1]

EXPLOTACIÓN LABORAL A INDÍGENAS TARAHUMARAS

Este caso, ha desatado muchos posicionamientos y el interés de solucionar el conflicto de tal forma que se pueda saldar el daño a tantas personas. En nuestro país, los Tarahumara son una tribu indígena nativa que ha escogido vivir apartada de la cultura occidental moderna. Viven una existencia  sencilla y primitiva subsistiendo del maíz, el frijol y sus animales de corral. Durante el invierno habitan en cuevas y en el verano en  pequeñas cabañas de troncos.[2] Sin duda alguna, Los Tarahumara representan una cultura totalmente distinta a la del resto del país, por lo que vale la pena que los mexicanos aportemos siempre en pro de la conservación de esta tribu.

Los actos que la empresa “El Cereso” cometió, atentan contra la integridad de las personas que laboraban, afortunadamente en el ordenamiento jurídico mexicano, se busca siempre resguardar los derechos humanos y fundamentales de las y los mexicanos, y en materia laboral, contamos con la existencia de la Ley Federal del Trabajo, que busca regular las relaciones laborales entre el patrón y el obrero, procurando siempre garantizar el equilibrio entre ambas partes.

Respecto a las condiciones en que según las autoridades y los medios de comunicación se encontraron a estos indígenas, es posible identificar diversos derechos violados, principalmente los Derechos Humanos, establecidos en nuestra Constitución Política, mismos que de acuerdo al Art. 1° las autoridades deben promover, respetar y proteger, de lo contrario, el Estado deberá investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos en los términos que la ley establezca. De igual forma, se ha violentado lo establecido en el Art. 2° constitucional, que en su inciso “B” establece que se debe promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, entendiéndose la discriminación como una práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos causado o recibido.

 Hay grupos humanos que son víctimas de la discriminación todos los días, tal fue el desafortunado caso de estos indígenas, que  su origen étnico y lengua fueron motivo de distinción, exclusión y hasta restricción de derechos.[3] 

Los efectos de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos; lo cual puede orillar al aislamiento, a vivir violencia e incluso, en casos extremos, a perder la vida. Evidentemente esa empresa se aprovecho de la falta de información de las personas, así como de las carencias con las cuales viven para explotarlos laboralmente y sacar provecho de su trabajo. Sin duda alguna, el art 123 constitucional otorga mayores razones para sancionar a la empresa, sin embargo en la Ley Federal del Trabajo, podemos encontrar de forma amplia los derechos que se han violentado.

Iniciando por el Artículo 22 (LFT) Que prohibe la utilización del trabajo de los menores de catorce años y de los mayores de esta edad y menores de dieciséis que no hayan terminado su educación obligatoria. Ya que no se sabe de algun contrato entre los empleados y la empresa, tambien se violentaron los Art 24 y 25 de esta Ley, donde se determina la existencia del contrato y la informacion que debe contener respectivamente. El Articulo 28 fue violentado en lo aplicable a la movilidad de Estado, ya que no se encontraban en condiciones dignas para laborar. El articulo 51, menciona aun mas motivos para sancionar a la empresa ya que hubo existencia de engaño respecto a las actividades a realizar,  malos tratos, inexistencia de condiciones higienicas, etc.  Se atentó tambien a lo establecido en el Articulo 56 (LFT), ya que las condiciones de trabajo no estaban basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, siendo  inferiores a las fijadas en esta Ley, ademas de que se establecieron diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico social. El Art. 59 de la misma ley, establece que el trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales, sin embargo, en este caso no fue así. Se sabe tambien que estas personas no contaban con dias de descanso, por lo que la empresa debe enfrentarse a cargos por evadir lo estblecido en el Art. 74, de la misma forma violentó esta empresa los Artículos de la LFT que comprenden lo relacionado a las vacaciones, establecidos desde el 76 al 81, este concepto responde a aquel período de tiempo en el que una persona o grupo de personas no necesita realizar ningún tipo de actividad que tenga que ver con cuestiones laborales pero aún así recibe sueldo y ciertos beneficios adicionales. Las vacaciones son además entendidas como el momento del año en el cual una persona puede relajarse y desestresarse para poder comenzar luego otra vez con mayores energías. Usualmente, los períodos de vacaciones suceden una o dos veces al año, sin embargo, nada de esto era una realidad para los trabajadores indígenas.

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