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Efectos de la obligación


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2012  •  Ensayos  •  1.088 Palabras (5 Páginas)  •  437 Visitas

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Efectos de la obligación

El efecto principal de la obligación es colocar al deudor en la necesidad de cumplir con la prestación debida y en otorgar al acreedor los medios legales para procurar que el deudor lo haga, esto es promover una demanda judicial.

Efectos según el cumplimiento o incumplimiento voluntario de las obligaciones. Incumplimiento involuntario.

Según el código civil las partes intervinientes de un contrato no solo están en la obligación de cumplir lo expreso en el sino en todas las consecuencias que derivan de los mismo contratos, sin embargo existen situaciones en el que la persona a la que se le imputa a un daño no queda obligada a la reparación del daño, no queda sujeta a la responsabilidad civil.

Clasificación

Causas que eliminan la culpa

Circunstancia que destruyen la relación de la causalidad.

• Causas que eliminan la culpa.

• Consiste en aquellas situaciones en las cuales la conducta desarrollada del presunto agente no es culposa y al faltar un elemento fundamental a la responsabilidad esta no puede configurarse. Dentro de estas circunstancias se señalan:

La ausencia de culpa:

Existe ausencia de culpa en el caso concreto planteado desarrollo siempre una conducta prudente, discreta y cuidadosa adecuada a la circunstancia en la que se encontraba, no incurriendo en ninguna situación de negligencia o imprudencia.

Conducta objetiva licita:

Comprende aquella situación en el que un daño es causado por una conducta de agentes que está autorizada o permitida por el ordenamiento jurídico positivo.

Legítima defensa:

Los elementos de la legitima defensa en materia civil son los mismo elementos fijados por el ordenamiento penal , en su art 65 del código penal , a) Agresion ilegitima por parte de la victima , b) Necesidad del medio empleado por el agente , impedir o repeler la agresión .

Caso fortuito y fuerza mayor:

Caso fortuito y fuerza mayor, los hechos, obstáculos o causas que impiden al deudor el cumplimiento de la obligación reciben en doctrina la denominación genérica de ¨causa extraña no imputable¨ y configuran el incumplimiento involuntario por parte del deudor, quien queda exonerado del deber de cumplir la prestación (deber de prestación) y de la responsabilidad civil que el incumplimiento de la prestación pueda acarrearle.

Hecho o Acto del Estado (Hecho del Príncipe)

Cuando la ecuación económico-financiera del contrato administrativo se altera por un acto imputable al Estado, da lugar al denominado hecho del príncipe.

El acto lesivo emanado de cualquier órgano o repartición estatal, sea o no de la autoridad pública que celebró el contrato, habilita al contratista para requerir una reparación integral, invocando para ello la teoría del hecho o acto del Estado.

Hecho del Tercero. Perdida de la Cosa Debida. El Hecho del Acreedor y La Culpa de la Víctima.

.- El tercero y el acreedor

Cuando el pago es realizado por el solvens, el acreedor no tiene más remedio que aceptar el pago siempre y cuando sirva para extinguir la obligación y para no concurrir en mora accipendi, aunque pueda oponerse en casos excepcionales, en los casos que el acreedor se niegue el tercero puede consignar el bien (Art. 1283 del C.C.).

El tercero y el deudor

Los distintos efectos que se atribuyen al pago por tercero vienen determinados por la actitud que pueda adoptar el deudor ante este pago. El deudor puede aprobar o conocer el pago, también puede ignorarlo; según

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