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El Despido Laboral


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2013  •  877 Palabras (4 Páginas)  •  255 Visitas

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EL DESPIDO LABORAL

1. Causa justa de despido

El trabajador que labore 4 o más horas diarias sólo podrá ser despedido por causa justa debidamente comprobada.

La causa justa debe estar relacionada con la capacidad o conducta del trabajador (Art. 22º).

2. Causas justas de despido relacionadas con la capacidad

• Detrimento de la facultad física o mental del trabajador.

• Rendimiento promedio deficiente.

• Negativa injustificada a someterse a examen médico (Art. 23º).

3. Causas justas de despido relacionadas con la conducta

• Comisión de falta grave.

• Condena por delito doloso.

• Inhabilitación judicial o administrativa del trabajador por más de 3 meses (Art. 24º).

4. Imputación de faltas

En los casos en que se impute falta grave relacionada con la capacidad del trabajador, el empleador deberá concederle 30 días al trabajador para que éste demuestre su capacidad o corrija su deficiencia(Art. 31º, 1er párrafo).

5. Investigación de faltas

Mientras se investigan los hechos imputados como falta grave, el empleador podrá exonerar al trabajador de la asistencia, reconociéndole el derecho de defensa y demás beneficios (Art. 31º, 2º párrafo).

6. Faltas graves

Las faltas graves que dan lugar a despido justificado son las siguientes:

a) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral; la reiterada resistencia a las órdenes relacionadas con las labores; la reiterada paralización intempestiva de labores y la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo o del Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial, aprobados o expedidos, según corresponda, por la autoridad competente que revistan gravedad;

La reiterada paralización intempestiva de labores debe ser verificada fehacientemente con el concurso de la Autoridad Administrativa de Trabajo, o en su defecto de la Policía o de la Fiscalía si fuere el caso, quienes están obligadas, bajo responsabilidad a prestar el apoyo necesario para la constatación de estos hechos, debiendo individualizarse en el acta respectiva a los trabajadores que incurran en esta falta;

b) La disminución deliberada y reiterada en el rendimiento de las labores o del volumen o de la calidad de producción, verificada fehacientemente o con el concurso de los servicios inspectivos del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, quien podrá solicitar el apoyo del sector al que pertenece la empresa;

c) La apropiación consumada o frustrada de bienes o servicios del empleador o que se encuentran bajo su custodia, así como la retención o utilización indebidas

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