ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Fuentes De Las Obligaciones


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2013  •  6.211 Palabras (25 Páginas)  •  202 Visitas

Página 1 de 25

INTRUDUCCION

Fuentes de Obligaciones:

Se entiende por fuentes de las obligaciones, todos aquellos hechos susceptibles de ser origen del vínculo obligacional, o de derechos personales, entendiéndose por tales, los que se constituyen entre un sujeto activo o acreedor y uno pasivo o deudor, por el cual éste está obligado al cumplimiento de una prestación, todos aquellos hechos o actos de la vida real que, enfocados desde el punto de vista jurídico, son susceptibles de producir obligaciones.

Su estudio lleva a determinar como una persona teóricamente libre de toda sujeción, puede quedar jurídicamente obligada, es decir convertirse en deudor o acreedor de una obligación.

Su carácter es taxativo porque para que exista una obligación debe estar previamente consagrada en el ordenamiento jurídico positivo. Debe provenir de una fuente reconocida por tal ordenamiento

Esta clasificación de las fuentes de las obligaciones llegó a ser insuficiente a medida que el Derecho Romano se perfecciona. Los jurisconsultos, tratando de determinar las causas de las obligaciones sancionadas por el Derecho, reconocen que se puede estar obligado sin que haya habido contrato ni delito, cada obligación toma en Derecho Romano una fisonomía particular, según la causa que la ha producido. Por eso los jurisconsultos no estudian las obligaciones en sí mismas según sus caracteres generales, sino que se limitan a describir las diferentes fuentes de donde nacen.

Normalmente, cuando el deudor cumple con sus obligaciones, éstas se extinguen; pero el simple cumplimiento no disolvía la obligación, pues ésta era una especie de ligadura que requería un desligarse, en términos inversos a los empleados para obligarse. A esta liberación se le conoce con el nombre de contrarius actus. Por tanto, para que se extinguieran las obligaciones formales debía seguirse un procedimiento inverso al realizado para constituirse.

Así tratándose de un préstamo celebrado por el antiguo contrato del nexum, la extinción de las obligaciones se lograba mediante una acceptilatio (pregunta seguida de una respuesta), así pues, el simple pago no extinguía la obligación; sólo en la época clásica, el Derecho Civil reconoció al pago como modo de extinción de las obligaciones.

Fuentes de Obligaciones:

Se entiende por fuentes de las obligaciones, todos aquellos hechos susceptibles de ser origen del vínculo obligacional, o de derechos personales, entendiéndose por tales, los que se constituyen entre un sujeto activo o acreedor y uno pasivo o deudor, por el cual éste está obligado al cumplimiento de una prestación, todos aquellos hechos o actos de la vida real que, enfocados desde el punto de vista jurídico, son susceptibles de producir obligaciones.

Su estudio lleva a determinar como una persona teóricamente libre de toda sujeción, puede quedar jurídicamente obligada, es decir convertirse en deudor o acreedor de una obligación.

Su carácter es taxativo porque para que exista una obligación debe estar previamente consagrada en el ordenamiento jurídico positivo. Debe provenir de una fuente reconocida por tal ordenamiento.

A. Obligaciones civiles y naturales;

B. Civiles y pretorias

C. Divisibles e indivisibles,

D. Determinadas e indeterminadas,

E. Conjuntas y solidarias,

F. De derecho estricto y de buena fe,

G. Positivas y negativas,

H. Principales y accesorias, y

I. Puras o simples y sujetas a modalidades.

A. OBLIGACIONES CIVILES Y NATURALES:

Las civiles son aquellas que dan acción para exigir su cumplimiento, en cambio, las naturales, son aquellas que no dan acción para exigir su cumplimiento, pero que una vez cumplidas dan derecho para retener lo que se ha dado o pagado en virtud de ellas.

Pero no hay que confundir la obligación natural, con el puro deber moral, por las siguientes razones:

1. La obligación natural puede compensarse. Ej: Primus debe a Secundus 1.000 ases por una obligación civil, y Secundus le debe a primus 500 ases por una obligación natural. La obligación de Primus queda reducida a 500 ases, porque la compensación es un modo de extinguir las obligaciones hasta concurrencia de la menor (la compensación opera cuando dos personas son recíprocamente acreedoras y deudoras y siempre que se trata de obligaciones liquidas o fácilmente liquidables y exigibles).

2. Puede también la obligación natural novarse, esto es, cambiar el sujeto, el objeto o el vínculo de la obligación. (En cambio el deber moral no admite novación. ("La novación", como lo dice nuestro código civil, es la sustitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida").

3. También puede la obligación natural caucionarse, esto es, admite garantía o caución como la prenda, la hipoteca, la fianza, etc.

Como obligación natural, tenemos las siguientes, en las Institutas de Justiniano:

a. Las que existen entre los padres y los hijos de familia; no podía el padre cobrarle al hijo, ni el hijo al padre, pero se facultaba al que recibía para retener lo pagado.

b. Las existentes entre personas sometidas a una misma potestad, Ej: Entre dos hermanos, entre el hijo y la madre, porque ambos se encuentran sometidos a la potestad del pater;

c. La obligación natural establecida por el senado consulto miacedoniano, que determinaba que el hijo de la familia que contraía préstamo no estaba obligado a pagar.

d. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción en diez anos las acciones ejecutivas se convertían en ordinarias y en 20 las ordinarias se convertían en obligaciones naturales, a menos que primitivamente hubiesen sido ejecutivas, porque entonces bastan diez (10) anos mas. Si se exige el cumplimiento de estas obligaciones, el demandado puede excepcionar alegando prescripción, pero si paga, el que recibe esta facultado para retener lo pagado.

e. Las obligaciones que contraía el esclavo por el amo; y

f.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (39.6 Kb)  
Leer 24 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com