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GRANDES DIVISIONES DEL DERECHO


Enviado por   •  11 de Octubre de 2016  •  Síntesis  •  1.279 Palabras (6 Páginas)  •  1.109 Visitas

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GRANDES DIVISIONES DEL DERECHO

1.- La semántica jurídica.

En este primer apartado Carlos Arellano nos habla de la palabra filosofía y nos dice que proviene del griego denominada en el idioma latín philosophia  que significa “ciencia que trata de la esencia, propiedades, causas y efectos de las cosas naturales”.

Así también nos dice que hay una segunda acepción ya que la filosofía hace referencia al “conjunto de doctrinas que con ese nombre se aprenden en los institutos, colegios y seminarios”, también habla de un enfoque especial que es la filosofía del derecho y dentro de la filosofía del derecho hay una rama llamad sistemática jurídica y esta ramificación tiene por objeto ordenar coherentemente las normas jurídicas y así permitir que las normas de conducta humana , bilaterales, heterónomas, externas y coercibles se entiendan mejor por las personas.

Después Arellano nos habla de 2 grandes divisiones que existen en el derecho que son el Derecho público y el Derecho privado donde el antiguo jurista romano Ulpiano definía el derecho público de la siguiente manera: “es derecho público el que se refiere al estado de la cosa romana”. A su vez para Ulpiano el Derecho privado se define como: “el que pertenece a la utilidad de cada individuo”.

Después de esa gran división del Derecho se hace una subdivisión de diferentes materias del derecho donde se consideran ramas del Derecho público las siguientes disciplinas: Derecho constitucional, Derecho penal, Derecho administrativo, Derecho procesal.

Así mismo se consideran ramas del derecho privado, entre otras, el Derecho civil y Derecho mercantil, pero dentro de ese ámbito de la Sistemática jurídica, clasificadora del derecho en grandes divisiones, es valido pensar que no solo existe una gran división del derecho entre derecho público y derecho privado, sino que también existen, otras grandes divisiones del Derecho, a las que pretendemos hacer referencia y que, en nuestro concepto, son las siguientes:

  1. Derecho científico y derecho normativo.
  2. Derecho interno y derecho internacional.
  3. Derecho sustantivo y derecho adjetivo.
  4. Derecho teórico y derecho practico.
  5. Derecho tutelar  y derecho no tutelar.
  6. Derecho estatal y derecho paraestatal.
  7. Derecho vigente, derecho natural y derecho positivo.
  8. Derecho federal y derecho local.
  9. Derecho comparado.
  10. Derecho uniforme.
  11. Derecho comunitario.

2.- Derecho público y Derecho privado.

En este apartado el autor nos habla de los términos del derecho publico y del derecho privado ya que en un primer termino aparece la distinción romana que hace alusión al interés que se presenta en la relación jurídica. Si el interés es colectivo, dentro de la relación jurídica, nos hallaremos dentro del Derecho publico y si dicho interés es individual, en la correspondiente relación jurídica, nos hallaremos dentro del derecho privado.

También nos habla que hay un segundo termino que es el doctrinal, se estima que si el estado interviene en una relación jurídica estamos frente al derecho publico, mientras que si no interviene en ella es derecho privado y hace referencia también que no podemos aceptar esta postura doctrinal, ya que, en ocasiones el estado interviene, en la relación jurídica, dotado de soberanía, con facultades supraordenadas, mientras que, otras veces, actua como un particular, o sea, de manera subordinada.

A continuación hay un tercer termino que el que aceptamos en donde se toman en consideración dos diversos planos en los que los sujetos de la relación jurídica se desenvuelven bajo la perspectiva de esos planos. Los planes existentes son. A) El plano supraordenado y B) El plano subordinado.

Las relaciones jurídicas, entre los sujetos que se hallan en plano subordenado, como entidades soberanas, y los sujetos que se encuentran en plano subordinado, como entidades no soberanas.

Arellano Garcia nos define distintos conceptos entre ellos:

Derecho publico que es el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones supraordenadas de coordinación entre entidades soberanas.

Derecho privado es el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones subordinadas de coordinación entre entidades no soberanas.

Las ramas del derecho podrían ser de Derechi publico o Derecho privado cuando la mayor parte de sus normas jurídicas propias de cada derecho a que hicimos referencia anteriormente.

3. Derecho científico y derecho normativo

En este subtema se habla sobre que el derecho puede ser contemplado como ciencia del derecho o como un conjunto de normas jurídicas. Cuando es considerado como ciencia del derecho esta sujeto a la consideración de los estudiosos del derecho, elaboradores de doctrina jurídica y esta conformado por un conjunto de principios científicos. A su vez, el derecho normativo es un conjunto de normas jurídicas de las cuales los catedráticos pueden hacer aportaciones trascendentes.

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