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INSTRUCTIVO PARA IMPLEMENTAR EL PROCEDIMIENTO “CONOZCA SU CLIENTE” EN LAS ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA Y CAMBIARIA

darwinchu2 de Marzo de 2014

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INSTRUCTIVO PARA IMPLEMENTAR EL

PROCEDIMIENTO “CONOZCA SU CLIENTE” EN LAS

ENTIDADES DE INTERMEDIACION FINANCIERA Y

CAMBIARIA

Superintendencia de Bancos

Mayo del 2005

2da. Edición (Revisada)

Introducción

La transparencia operativa en las entidades de intermediación financiera y cambiaria,

más que un objetivo debe ser un estándar en el que se desenvuelvan todos los

elementos involucrados.

Dada la naturaleza de los negocios financieros y cambiarios, se hace necesario conocer

la identidad de los clientes con precisión, tanto para cumplir con las leyes, resoluciones

y circulares establecidas al respecto, como para prevenir que personas desaprensivas

utilicen esas entidades para fraudes, lavar activos y financiar actos terroristas. Además,

la competencia en el mercado obliga a ofrecer servicios y productos que satisfagan las

múltiples necesidades de un universo de clientes muy diferenciado, por lo que se

requiere la implementación de sistemas de seguridad más eficientes y efectivos.

La identificación precisa y eficaz de la cartera de clientes de cualquier entidad del

sistema financiero y cambiario, se traduce en una fortaleza y como consecuencia en una

mayor solidez, mejor posicionamiento y nuevas oportunidades que aprovechar. Es

decir, ventajas desde todos los puntos de vista.

La Superintendencia de Bancos ha rediseñado la Segunda Edición del Instructivo para

Implementar el procedimiento “Conozca a su Cliente”, para las entidades de

Intermediación Financiera y Cambiaria, a fin de que unifiquen criterios en la aplicación

de políticas relativas a conocer a las personas o empresas con las cuales operan

negocios, de acuerdo a las leyes y mejores prácticas. Estos procedimientos deberán ser

implementados por todas las entidades que están bajo nuestra supervisión, lo que

implica que se le dará seguimiento a su correcto cumplimiento.

El contenido de este Instructivo está basado en la naturaleza de los clientes, que son los

siguientes:

Persona Física

Persona Jurídica

Persona Física Extranjera

Persona Jurídica Extranjera

Personas Políticamente Expuestas (PPEs)

Organizaciones No Gubernamentales (ONGs)

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Para los clientes que efectúen transacciones por montos considerables, las entidades de

intermediación financiera y cambiaria deben obtener datos referentes a cuatro (4)

aspectos fundamentales, que son los siguientes:

Definición

Información

Documentación

Verificación

Este Instructivo constituye un esfuerzo de la Superintendencia de Bancos para

continuar con el fortalecimiento del Sistema Financiero y Cambiario, dotando a las

entidades que lo componen de criterios uniformes que proveerán más transparencia a

sus operaciones, limitando la incertidumbre y niveles de riesgo, a los que se exponen,

de ser utilizados como medio para el lavado de activos, financiamiento al terrorismo o

cualquier otro tipo de operación ilícita.

Departamento de Inteligencia Financiera

Mayo 2005

2da. Edición (Revisada)

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NATURALEZA DE LOS CLIENTES

1 . P ERSONA FISICA

1.1. Definición

Individuo dotado de Cédula de Identidad y Electoral de nuestro país. La presentación

de este documento es obligatorio para cualquier transacción financiera. En caso de

pérdida, el cliente debe ofrecer el número de la misma y presentar la documentación

que avale esta situación. Además, se recomienda que se le solicite la identificación con

otro documento que podría ser el Pasaporte o la Licencia de Conducir.

1.2. Información (Incluye titular y firmantes)

· Nombre(s) y Apellido(s) tal y como aparece en la Cédula de Identidad y

Electoral.

· Nacionalidad

· Número de la Cédula de Identidad y Electoral

· Número de Pasaporte (Adicional)

· Número de licencia de conducir

· Fecha de Nacimiento

· Sexo

· Estado Civil

· Domicilio

· Ocupación

· Nombre de la Empresa donde trabaja

· Dirección de la Empresa donde trabaja

· Dirección o Apartado Postal

· Números telefónicos

a) Domicilio (de no tener línea propia, obtener un número alterno)

b) Trabajo

c) Fax

d) Localizador o Beeper

e) Celular

· Correo Electrónico

· Referencias del titular y firmantes

a) Bancarias:

i. Mínimo dos (2) o el reporte crediticio emitido por una empresa de

información crediticia debidamente avalada por la Superintendencia de

Bancos.

ii. Pueden ser en originales o en copias, pero se requerirá por lo menos el

nombre de la entidad, el número telefónico y la dirección.

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iii. Si el posible cliente no tiene referencias bancarias que presentar, la

entidad utilizará su buen juicio y demás informaciones a su alcance, para

evaluar al prospecto sin este requisito.

b) Comerciales:

i. Mínimo dos (2) o el reporte crediticio emitido por una empresa de

información crediticia debidamente avalada por la Superintendencia de

Bancos.

ii. Pueden ser en originales o en copias, pero se requerirá por lo menos el

nombre de la entidad, el número telefónico y la dirección.

iii. Si el posible cliente no tiene referencias comerciales que presentar, la

entidad utilizará su buen juicio para evaluar al prospecto sin este

requisito.

c) Personales:

i. Una (1) o el reporte crediticio emitido por una empresa de información

crediticia debidamente avalada por la Superintendencia de Bancos.

ii. Una (1) de persona no pariente

iii. Pueden ser en originales o en copias, pero se requerirá por lo menos el

nombre, número de Cédula de Identidad y Electoral, teléfonos y

domicilio del referido o número de pasaporte, nacionalidad y fecha de

nacimiento.

· Tipo de cuenta

· Propósito del Servicio que anticipa solicitar

· Indicación sobre otros tipos de cuentas bancarias locales o extranjeras, en

caso de que existan:

a) País(es)

b) Banco(s)

c) Nombre(s)

d) Tipo(s)

e) Número(s)

f) Nombre del Oficial de Cuentas Responsable

1.3. Documentación (Incluye titular y firmantes)

· Copia de la Cédula de Identidad y Electoral

a) Para los menores de edad, se deberá presentar copia de su certificado de

nacimiento.

b) La persona, mayor de edad, que se presente como tutor del menor debe

demostrar quien es el padre o la madre, mediante los documentos siguientes:

i. Cédula de Identidad y Electoral

ii. Certificado de Nacimiento del Menor

De los cuales la entidad financiera obtendrá y conservará copias.

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Si la persona mayor de edad no es el padre o la madre del menor, pero es su

tutor, deberá demostrarlo mediante los documentos siguientes:

i. Cédula de Identidad y Electoral con la(s) copia(s) de la(s) Cédula(s) de

Identidad y Electoral de su padre o madre y especificar si tiene algún

grado de consanguinidad con el menor. Además, es recomendable de ser

posible, una carta firmada por sus padres o por uno de éstos,

presentando al tutor.

ii. Documento que avale que es legalmente su tutor.

· Documentos que comprueben su fuente de ingresos.

a) Los empleados del sector público o privado deberán presentar una

certificación de la institución o empresa donde dicen que trabajan, la misma

deberá contener lo siguiente:

i. Tiempo de labor en la empresa

ii. Ingreso anual

iii. Puesto que desempeña

De tener otro(s) empleo(s) deberá presentar la misma documentación, que

avale esta fuente adicional de ingresos.

b) Los jubilados o pensionados, deberán presentar una certificación que

especifique su condición y cuanto devengan al año.

c) Los empleados por cuenta propia, deberán presentar documentos que

comprueben que se dedican a dicha actividad (Registro Nacional de

Contribuyente, RNC y cualquier otro documento válido), y una

comunicación en la que explique en que consiste la actividad que desarrolla,

firmada por el interesado.

1.4. Verificación sobre Información Recibida. (Incluye titular y firmantes)

· Teléfonos : Confirmándolos mediante llamadas.

· Domicilio : Confirmar la veracidad mediante su Cédula de Identidad y

Electoral, en su lugar de trabajo y/o recibos de pagos de servicios de

agua, electricidad y teléfono.

· Trabajo: Confirmar las informaciones de la carta de trabajo

presentada, llamando a ese lugar.

· Referencias Personales: Confirmar mediante llamadas telefónicas.

· Solicitar referencia crediticia a los Centros de Información Crediticia,

debidamente registrados, con el objetivo de apreciar la calidad del cliente.

2 . P ERSONAS MORALES O JURIDICAS

2.1. Definición

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Son las entidades empresariales que operan con capitales organizados de conformidad

con la ley.

2.2. Información (Incluye Propietarios y Directivos)

...

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