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Impuesto A La Renta


Enviado por   •  2 de Julio de 2013  •  1.376 Palabras (6 Páginas)  •  222 Visitas

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Impuesto a la Renta

El Impuesto a la Renta es un tributo que se determina anualmente, que inicia su ejercicio el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre. Grava las rentas que provengan de la explotación de un capital (bien mueble o inmueble), las ganancias de capital y las que provengan del trabajo realizado en forma dependiente e independiente.

Los pagos a cuenta o retenciones que haya realizado durante el año 2011 son adelantos del Impuesto anual y los podrá utilizar como créditos a fin de aminorar (reducir, descontar) el monto del Impuesto que determine en su Declaración Jurada Anual.

Para la determinación del Impuesto a la Renta de Personas Naturales que no realizan actividad empresarial, se ha separado tal determinación de la siguiente manera:

- Rentas de Capital – Primera categoría, tributan de manera independiente y calcula su Impuesto con una tasa de 6.25% sobre la renta neta de primera categoría.

- Rentas de Capital – Segunda Categoría por ganancias de capital originadas por la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley, tributan de manera independiente y calcula su Impuesto con una tasa de 6.25% sobre la renta neta de segunda categoría.

- Rentas del trabajo y de fuente extranjera, tributan con tasas progresivas acumulativas de 15%, 21% y 30%.

Para la determinación del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría deben considerarse todas las rentas o ganancias que provengan de la actividad empresarial, aquellos beneficios empresariales, así como las rentas que se consideren como tales por mandato de la propia Ley del Impuesto a la Renta.

Tratándose de rentas distintas a las de Tercera Categoría, se encuentran obligados a presentarla los contribuyentes que por el año 2011, cumplan con cualquiera de los siguientes supuestos:

Si percibieron Rentas de Primera Categoría:

a) Tengan un saldo a favor del fisco consignado en la casilla 161 del PDT 669 - Persona Natural / Otras Rentas.

b) Arrastren saldos a favor del Impuesto de años anteriores y los apliquen contra el Impuesto Anual de Primera Categoría.

c) Tengan pérdidas tributarias pendientes de compensar al 2010 y las deseen imputar sobre las Rentas Netas de Primera Categoría de 2011.

Si percibieron Rentas de Segunda Categoría por la enajenación de valores mobiliarios:

-Tengan un saldo a favor del fisco consignado en la casilla 162 del PDT 669 – Persona Natural / Otras Rentas.

-Asimismo, se sumarán las rentas obtenidas por la transferencia de valores mobiliarios que constituyan rentas de fuente extranjera, siempre que se encuentren registrados en el Registro Público de Mercado de Valores del Perú y su enajenación se realice a través de un mecanismo centralizado de negociación del país o, que estando registrados en el exterior, su enajenación se efectúe en mecanismos de negociación extranjeros, siempre que exista un Convenio de Integración.

Si percibieron Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera:

a) Tengan un saldo a favor del fisco consignado en la casilla 142 del PDT 669 – Persona Natural / Otras Rentas o en el Formulario Virtual N.° 669 – Simplificado Renta Anual 2011 – Persona Natural.

b) Arrastren saldos a favor del Impuesto de años anteriores y los apliquen contra el Impuesto Anual y/o hayan aplicado dicho saldo contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría durante el 2011.

c) Tengan pérdidas tributarias pendientes de compensar al 2010 y las deseen imputar sobre las Rentas Netas del Trabajo de 2011.

d) Hayan percibido durante el 2011 rentas de Cuarta Categoría por un monto superior a S/. 31,500.

e) Cuando la suma de la Renta Neta del Trabajo más la Renta Neta de Fuente Extranjera supere los S/. 31,500

Recuerde que: NO DEBEN PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA, los contribuyentes que durante el 2011:

• Hayan obtenido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría.

• Hayan alquilado algún bien mueble o inmueble a un valor superior a la renta mínima presunta y que realizaron todos sus pagos mensuales.

• Hayan obtenido Rentas de Segunda Categoría, distinta a la proveniente de la enajenación, redención o rescate de acciones, participaciones y demás valores mobiliarios.

• Los contribuyentes no domiciliados

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