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LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL

walter069Apuntes21 de Marzo de 2019

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LA ORGANIZACIÓN EN LAS

INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO: CARGOS Y FUNCIONES


AUTORIDADES

Gobernador/a de la Provincia

Vicegobernador/a

Ministro/a de Educación

Subsecretario/a de Educación Técnico Profesional


Asociaciones gremiales que participaron de las reuniones de consulta.

UDA CHUBUT

Un  especial  agradecimiento  a  las  instituciones  y  docentes  de  Educación  Técnico Profesional, que con su participación directa compartieron generosamente su saber, experiencia y compromiso con el equipo hacedor del presente ejemplar.


ÍNDICE

Presentación

7

Resolución N°

9

Consideraciones Generales

13

Objetivos y Alcances

15

Organización del Documento

17

Título I: Instituciones de Educación Técnica

19

Título II: Instituciones Agrotécnicas

39

57

  • Escuelas de Biología Marina, Pesca y Acuicultura

Título V: Cargos Comunes a la Educación Secundaria

87


PRESENTACIÓN

La presente publicación, LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO, tiene como objeto central establecer las disposiciones normativas y estratégicas que ordenan la actividad de las funciones del equipo de gestión, docentes y cargos que forman parte de la estructura de las Instituciones de Educación Técnico Profesional del Ministerio de Cultura y Educación de La Pampa de Nivel Secundario.

Este documento, aprobado por Resolución N° ¿ del Ministerio de  Educación, dispone para éstas Instituciones, modelos organizativos que instituye para cada rol o puesto de trabajo, su misión y funciones acordes a lo que exige la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26058, la Ley de Educación Provincial Nº ? y el marco normativo vigente a la fecha de aprobación.

Se pretende que cada uno de los actores institucionales como parte activa de la Institución, se apropie de este material y que éste se constituya en una herramienta que oriente, delimite y motive su actividad, permitiendo aportar con sus acciones al crecimiento de nuestras instituciones educativas, como así también al enriquecimiento personal y profesional de todos los involucrados.

Es importante señalar que el contenido de este documento es el resultado de una etapa de mucho trabajo e investigación a cargo de un grupo de técnicos comprometidos con la Educación Técnico Profesional de la provincia de La Pampa; como así también es el resultado de experiencias compartidas, consultas y debates con las instituciones educativas y las personas que allí forman parte.

Estas instancias fueron especialmente conformadas para la organización y diseño del mismo y potenciaron un trabajo de participación activa en su elaboración. Además de los actores ya mencionados, formaron parte de las instancias de consultas las distintas áreas del Ministerio de Cultura y Educación y las Asociaciones Gremiales a través de las mesas participativas como ejercicio democrático.

¡Se espera que este instrumento se incorpore a la cotidianeidad institucional y, al mismo tiempo, se constituya en una herramienta que aporte al arduo trabajo de cada uno de ustedes, que su devenir no se detenga en este paso y que, superándose los desafíos venideros, su concreción sea efectiva y exitosa!

Prof. Walter Muzzio


NOTA ACLARATORIA

Es intención de éste Profesor utilizar un lenguaje que asegure la no discriminación de género. Por consiguiente y con el fin de evitar la sobrecarga gráfica, se ha optado por emplear el masculino genérico clásico, en el entendido de que todas las menciones en tal género representan siempre a hombres y mujeres.


RESOLUCIÓN

CR,  de Marzo de 2019

VISTO:

El Expediente Nº ?, caratulado “MINISTERIO DE EDUCACIÓN   - SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - S/ APROBACIÓN DEL DOCUMENTO SOBRE LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO Y CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL”; y

CONSIDERANDO:

Que los objetivos enunciados en la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26058 refieren a la  necesidad  de  alcanzar  mayores  niveles  de  equidad,  calidad,  eficiencia  y  efectividad  de  la Educación Técnico Profesional a través del fortalecimiento y mejora continua de las instituciones, en el marco de políticas nacionales y estrategias de carácter federal que integren las particularidades y diversidades jurisdiccionales;

Que en el marco de lo prescripto por la Ley de Educación Provincial Nº ?, en el capítulo VII, establece que las acciones relativas a la Modalidad Educación Técnico Profesional deberán cumplir con las especificaciones reguladas por la Ley Nº 26058 y sus reglamentaciones y reafirma que dicha modalidad de la Educación Secundaria es responsable de la formación de técnicos medios en áreas ocupacionales específicas y de la formación profesional a través de procesos educativos sistemáticos y permanentes;

Que la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 47/08 establece que, dado el carácter profesionalizante de  la  Educación Técnico Profesional, es  condición  principal impulsar modelos innovadores de organización y gestión para la adecuación y cumplimiento a nivel institucional de los objetivos y propósitos de la Ley Nº 26058 y que a la vez garanticen la identidad y especificidad de las instituciones de Educación Técnico Profesional;

Que  las  Escuelas Técnicas y Agrotécnicas de  la  Provincia del Chubut, requieren una organización institucional y curricular que dé respuesta a finalidades formativas que le son propias: formación integral de los estudiantes y resguardo de su carácter propedéutico; formación vinculada con un campo ocupacional amplio y significativo y formación vinculada con el ejercicio responsable de la ciudadanía y del quehacer profesional;

Que  sumado  a  estos  conceptos la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 84/09 afirma que la obligatoriedad de la escolaridad secundaria exige adecuar la organización institucional, revisar y modificar el modelo pedagógico, la organización de los espacios y tiempos, las formas de agrupamiento de los estudiantes, requiere revisar los modos de organización del trabajo para recrear un proceso de enseñanza inclusiva que implique expectativas positivas de los docentes respecto de su tarea y del compromiso de los jóvenes con el aprendizaje;

Que a partir de la sanción de la Ley de Transferencias de Servicios Educativos Nacionales a la Provincia del Chubut;

Que a partir del año 1993, conviven en las instituciones de la Modalidad de  Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario de nuestra Provincia y Centros de Formación Profesional: el Reglamento del Consejo Nacional de Educación Técnica -CONET-,, una variedad importante de plantas orgánicas institucionales con variaciones en la denominación de los cargos para cumplir idénticas funciones en las distintas Instituciones;

Que el Equipo Técnico dependiente de la Subsecretaria de Educación Técnico  Profesional ha realizado un trabajo articulado con los Equipos de Gestión y Docentes de todas las instituciones de la modalidad;

Que las instituciones han presentado aval sobre el documento presentado;

Que ha tomado intervención la   Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Educación.

POR ELLO:

El/a MINISTRO/a DE EDUCACIÓN RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébanse las  Misiones  y Funciones de los  docentes que ocupan cargos en  las Instituciones de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, que se establecen en el documento “La Organización en las Instituciones de Educación Técnico Profesional de nivel Secundario”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.-

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