LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL
walter069Apuntes21 de Marzo de 2019
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LA ORGANIZACIÓN EN LAS
INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO: CARGOS Y FUNCIONES
AUTORIDADES
Gobernador/a de la Provincia
Vicegobernador/a
Ministro/a de Educación
Subsecretario/a de Educación Técnico Profesional
Asociaciones gremiales que participaron de las reuniones de consulta.
UDA CHUBUT
Un especial agradecimiento a las instituciones y docentes de Educación Técnico Profesional, que con su participación directa compartieron generosamente su saber, experiencia y compromiso con el equipo hacedor del presente ejemplar.
ÍNDICE
Presentación | 7 |
Resolución N° | 9 |
Consideraciones Generales | 13 |
Objetivos y Alcances | 15 |
Organización del Documento | 17 |
Título I: Instituciones de Educación Técnica | 19 |
Título II: Instituciones Agrotécnicas | 39 |
57 | |
| |
Título V: Cargos Comunes a la Educación Secundaria | 87 |
PRESENTACIÓN
La presente publicación, LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO, tiene como objeto central establecer las disposiciones normativas y estratégicas que ordenan la actividad de las funciones del equipo de gestión, docentes y cargos que forman parte de la estructura de las Instituciones de Educación Técnico Profesional del Ministerio de Cultura y Educación de La Pampa de Nivel Secundario.
Este documento, aprobado por Resolución N° ¿ del Ministerio de Educación, dispone para éstas Instituciones, modelos organizativos que instituye para cada rol o puesto de trabajo, su misión y funciones acordes a lo que exige la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26058, la Ley de Educación Provincial Nº ? y el marco normativo vigente a la fecha de aprobación.
Se pretende que cada uno de los actores institucionales como parte activa de la Institución, se apropie de este material y que éste se constituya en una herramienta que oriente, delimite y motive su actividad, permitiendo aportar con sus acciones al crecimiento de nuestras instituciones educativas, como así también al enriquecimiento personal y profesional de todos los involucrados.
Es importante señalar que el contenido de este documento es el resultado de una etapa de mucho trabajo e investigación a cargo de un grupo de técnicos comprometidos con la Educación Técnico Profesional de la provincia de La Pampa; como así también es el resultado de experiencias compartidas, consultas y debates con las instituciones educativas y las personas que allí forman parte.
Estas instancias fueron especialmente conformadas para la organización y diseño del mismo y potenciaron un trabajo de participación activa en su elaboración. Además de los actores ya mencionados, formaron parte de las instancias de consultas las distintas áreas del Ministerio de Cultura y Educación y las Asociaciones Gremiales a través de las mesas participativas como ejercicio democrático.
¡Se espera que este instrumento se incorpore a la cotidianeidad institucional y, al mismo tiempo, se constituya en una herramienta que aporte al arduo trabajo de cada uno de ustedes, que su devenir no se detenga en este paso y que, superándose los desafíos venideros, su concreción sea efectiva y exitosa!
Prof. Walter Muzzio
NOTA ACLARATORIA
Es intención de éste Profesor utilizar un lenguaje que asegure la no discriminación de género. Por consiguiente y con el fin de evitar la sobrecarga gráfica, se ha optado por emplear el masculino genérico clásico, en el entendido de que todas las menciones en tal género representan siempre a hombres y mujeres.
RESOLUCIÓN
CR, de Marzo de 2019
VISTO:
El Expediente Nº ?, caratulado “MINISTERIO DE EDUCACIÓN - SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - S/ APROBACIÓN DEL DOCUMENTO SOBRE LA ORGANIZACIÓN EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO Y CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL”; y
CONSIDERANDO:
Que los objetivos enunciados en la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26058 refieren a la necesidad de alcanzar mayores niveles de equidad, calidad, eficiencia y efectividad de la Educación Técnico Profesional a través del fortalecimiento y mejora continua de las instituciones, en el marco de políticas nacionales y estrategias de carácter federal que integren las particularidades y diversidades jurisdiccionales;
Que en el marco de lo prescripto por la Ley de Educación Provincial Nº ?, en el capítulo VII, establece que las acciones relativas a la Modalidad Educación Técnico Profesional deberán cumplir con las especificaciones reguladas por la Ley Nº 26058 y sus reglamentaciones y reafirma que dicha modalidad de la Educación Secundaria es responsable de la formación de técnicos medios en áreas ocupacionales específicas y de la formación profesional a través de procesos educativos sistemáticos y permanentes;
Que la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 47/08 establece que, dado el carácter profesionalizante de la Educación Técnico Profesional, es condición principal impulsar modelos innovadores de organización y gestión para la adecuación y cumplimiento a nivel institucional de los objetivos y propósitos de la Ley Nº 26058 y que a la vez garanticen la identidad y especificidad de las instituciones de Educación Técnico Profesional;
Que las Escuelas Técnicas y Agrotécnicas de la Provincia del Chubut, requieren una organización institucional y curricular que dé respuesta a finalidades formativas que le son propias: formación integral de los estudiantes y resguardo de su carácter propedéutico; formación vinculada con un campo ocupacional amplio y significativo y formación vinculada con el ejercicio responsable de la ciudadanía y del quehacer profesional;
Que sumado a estos conceptos la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 84/09 afirma que la obligatoriedad de la escolaridad secundaria exige adecuar la organización institucional, revisar y modificar el modelo pedagógico, la organización de los espacios y tiempos, las formas de agrupamiento de los estudiantes, requiere revisar los modos de organización del trabajo para recrear un proceso de enseñanza inclusiva que implique expectativas positivas de los docentes respecto de su tarea y del compromiso de los jóvenes con el aprendizaje;
Que a partir de la sanción de la Ley de Transferencias de Servicios Educativos Nacionales a la Provincia del Chubut;
Que a partir del año 1993, conviven en las instituciones de la Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario de nuestra Provincia y Centros de Formación Profesional: el Reglamento del Consejo Nacional de Educación Técnica -CONET-,, una variedad importante de plantas orgánicas institucionales con variaciones en la denominación de los cargos para cumplir idénticas funciones en las distintas Instituciones;
Que el Equipo Técnico dependiente de la Subsecretaria de Educación Técnico Profesional ha realizado un trabajo articulado con los Equipos de Gestión y Docentes de todas las instituciones de la modalidad;
Que las instituciones han presentado aval sobre el documento presentado;
Que ha tomado intervención la Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Educación.
POR ELLO:
El/a MINISTRO/a DE EDUCACIÓN RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébanse las Misiones y Funciones de los docentes que ocupan cargos en las Instituciones de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, que se establecen en el documento “La Organización en las Instituciones de Educación Técnico Profesional de nivel Secundario”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.-
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