La Moral Y El Derecho
yeandra18 de Mayo de 2013
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Introducción
En toda comunidad de seres libres los individuos necesitan márgenes de conducta (moral y legal) para garantizar la convivencia, la armonía social, la paz y (aunque para algunos sea paradójico) la libertad y el bien común. Ya sea a través de un ordenamiento a través de una ética, o a la norma jurídica, pues como lo vemos en la cotidianeidad, el comportamiento de los hombres en la vida social, está sometido casi siempre y al mismo tiempo, a la acción directiva de normas morales y de normas jurídicas. Por otra parte, en la gran mayoría de los casos, la orientación que ambas regulaciones pretenden imprimir en las conductas es totalmente coincidente, ya que según lo que expondremos ambas tienen en esencia un carácter educativo que permite en el hombre la virtud y en la sociedad el bien común. Sin embargo, son entendidos como realidades distintas, y que según algunos teóricos, separados y contradictorios y de esta manera deben continuar.
Suele confundirse la Moral con el Derecho, la norma jurídica con la norma moral, por aparentemente tener los mismos intereses. El tema del tratamiento de los conceptos de derecho y moral a tenido un especial lugar en la filosofía desde la antigüedad, sin embargo, no es sino, ya avanzada la Edad Moderna, donde la distinción teórica entre Derecho y Moral, no sólo se consolidó, sino que fue explícitamente formalizada, manteniéndose hasta hoy en su enunciado esencial de la explicación.
1. Derecho
“Ius” es la palabra en latín que hace referencia al Derecho. La palabra Derecho deriva de la voz latina "directum", que significa "lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma".
Desde el tiempo de los romanos, la palabra Derecho ha adquirido ciertas variaciones en su significado y se han agregado una serie de elementos. Esto se puede observar en las definiciones siguientes, una de la época del imperio romano y otra más moderna:
• Definición Romana
“Ius est ars boni et aequi” (El derecho es el arte de lo bueno y de lo justo). (Juvencio Celso)
• Definición Moderna
"El Derecho es la recta ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema racional de normas de conducta declaradas obligatorias por la autoridad competente por considerarla soluciones justas a los problemas de la realidad histórica”. (Castán Tobeñas ).
2. Clasificación del derecho
Las clases del Derecho están divididas por varios autores de una manera poco uniforme y muy arbitraria a su concepto y punto de vista. No existe una regla clara de esta división. Así también, los diferentes países y culturas tienen muy diferentes acepciones del derecho y sus divisiones.
2.1 Derecho Objetivo
Norma o conjunto de normas que por una parte otorgan derechos o facultades y por la otra, correlativamente, establecen o imponen obligaciones.
2.2 Derecho Subjetivo
La facultad que tiene un sujeto para ejecutar determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber.
2.3 Derecho privado
Facultades que se ejercen en las relaciones de los particulares entre sí. (Derecho Civil, Derecho Mercantil, Derecho Procesal (Civil Y Mercantil)).
2.4 Derecho público
Conjunto de facultades que se hacen valer frente al estado y representan una serie de limitaciones que el estado se impone a sí mismo. (Derecho Penal, Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Tributario Y Derecho Procesal (Penal, Constitucional, Administrativo, Tributario)).
2.5 Derecho sustantivo
Se refiere al conjunto de normas que establece los derechos y obligaciones de los sujetos que están vinculados por el orden jurídico establecido por el estado.
Ejemplos de derecho sustantivo:
• Normas que declaran la mayoría de edad.
• Derechos del acreedor.
• Obligaciones de deudor.
2.6 Derecho adjetivo
Por su parte lo integran aquellas normas también dictadas por el órgano competente del estado que permitan el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes que se establecen con el derecho sustantivo.
Ejemplo derecho adjetivo:
• Derecho a seguro social.
• Derecho a la salud.
2.7 Derecho vigente
Se refiere al conjunto de normas dictadas por el poder público a través del órgano competente, que son declaradas de obligatorio cumplimiento en un país determinado y en una cierta época.
3 Moral
La palabra moral proviene del vocablo latino “mores” y significa costumbre. Fueron las primeras normas que conocieron los romanos, llamadas “mores maiorum”, o costumbres de los antepasados.
La moral es la suma total del conocimiento que se adquiere sobre lo más alto y noble, y que una persona respeta en su conducta. Las creencias sobre la moralidad son generalizadas y codificadas en una cierta cultura o en un grupo social determinado, por lo que la moral regula el comportamiento de sus miembros. Por otra parte, la moral suele ser identificada con los principios religiosos y éticos que una comunidad acuerda respetar.
4 Relación entre Moral y Derecho
Existen varias teorías que explican está relación. Las principales son:
- Teoría De La Identidad Entre Moral Y Derecho
Es la que considera que el derecho se identifica con la Moral. Prevaleció esta opinión en los pueblos primitivos donde existía una costumbre indiferenciada compuesta de normas obligatorias, mal definidas en su naturaleza, que englobaban en un conjunto Moral, Derecho y Religión. Por ejemplo: “El libro de los muertos” en Egipto, “El código de Manú” en la India, etc.
- Teoría De La Dependencia Total Del Derecho Respecto A La Moral
Según esta opinión, la Moral se extiende a todos los actos del hombre, mientras que el Derecho abarca únicamente los actos que se relacionan con sus semejantes y que son indispensables para obtener una vida social organizada y progresiva. Por lo tanto todo el Derecho forma parte de la Moral, aunque esta tenga zonas fuera de aquel. Esta teoría, después de algunos precedentes, queda plasmada en la Edad Media con S. TOMAS DE AQUINO: La Moral trata de la bondad de los actos libres del hombre en general y tiene por objeto todas las virtudes; en cambio, el Derecho tiene por objeto una sola de las virtudes englobadas en la idea de bondad: la justicia. Por lo tanto, la Moral es más amplia que el Derecho, pues comprende las obligaciones del hombre consigo mismo, con sus semejantes y con Dios, mientras que el Derecho rige solamente las relaciones entre los hombres, y no todas ellas, pues hay muchas que no pertenecen a la justicia metafísica de las costumbres que se divide en dos grandes disciplinas, Moral y Derecho, entre las que existen las siguientes diferencias:
a) EI Derecho rige los actos exteriores, sin atender a los motivos; la Moral se dirige directamente a nuestra libertad y exige que la intención del acto sea buena;
b) EI Derecho procede de un orden jurídico exterior a nosotros y por lo tanto es "heterónomo" ya que el legislador y el obligado por la norma son personas distintas; en cambio, la Moral proviene del imperativo categórico de la conciencia de cada cual. o sea, de un mandato interior: así resulta que somos a la vez legisladores y obligados por la norma, por lo cual la Moral es "autónoma"; finalmente, como Thomasio,
- Teoría De La Dependencia Parcial Del Derecho Respecto A La Moral
Ocupa un puesto intermedio entre las dos anteriores. Hay una zona en que la Moral y Derecho se confunden, pero hay vastos sectores en que ambas disciplinas se separan. Según esta opinión, el Derecho depende de la Moral en sus materias básicas, en sus principios fundamentales que Ie son comunes con ella, por ejemplo, no matar, no hurtar, cumplir los contratos celebrados legalmente, alimentar a los hijos, etc.; pero no depende en sus aspectos técnicos o adjetivos que ordinariamente son materias 0 reglamentaciones practicas indiferentes a la Moral y solo competen a la técnica Jurídica. Por ejemplo, el exigir tres testigos para el testamento solemne cerrado, las formalidades de Registro Público para constituir válidamente una hipoteca, fijar en diez días hábiles el plazo de contestación de la demanda ante un tribunal, etc., son problemas adjetivos de pura técnica jurídica que escapan al campo de la Moral y que podrían legislarse de otra manera.
Generalmente, moral y derecho coinciden. Así la moral nos dice que no debemos matar o robar, y el Código Penal sanciona con pena de prisión a quien mata o roba. Por esa causa, es común que las personas no conozcan el Código Penal, y sin embargo no lo violen, pues actúan de acuerdo a su bien formada conciencia (generalmente no se mata o no se roba, no por no ir a la cárcel, sino porque se siente que está mal, y son conductas éticamente reprobables) pero en otros casos, como la moral no es única y puede variar de un individuo a otro, surgen dilemas. Los casos que planteamos son indiscutibles, nadie puede creer que matar o robar no deberían ser conductas punibles, pero otra cosa sucede si nos adentramos en legislar sobre el aborto o el consumo de drogas, o el divorcio. Hay conciencias formadas por influencia
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