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Legislacion Fiscal


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  1.286 Palabras (6 Páginas)  •  300 Visitas

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entiende por retención?

Es toda cantidad ingresada al Estado, a cuenta del impuesto sobre la renta del contribuyente, enterada por un deudor o pagador de enriquecimientos netos o ingresos brutos, en virtud de la realización en el país de alguna de las actividades descritas reglamentariamente.

¿Quiénes son agentes de retención?

El artículo 27 del Código Orgánico Tributario define como agentes de retención a aquellas personas designadas por la Ley o por la Administración Tributaria previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas, intervienen en actos u operaciones en los cuales deban efectuar la retención del tributo correspondiente.

Por lo tanto, agente de retención del impuesto sobre la renta, es aquel deudor o pagador que en virtud de una disposición legal o reglamentaria, está obligado a retener cantidades a cuenta del impuesto y a enterarlas en un banco autorizado.

¿Cuáles son los deberes del agente de retención de ISLR?

1. Efectuar las retenciones del impuesto sobre la renta, en los supuestos establecido en el Reglamento Parcial del Impuesto Sobre la Renta en Materia de Retenciones.

2. Efectuar el enteramiento de las cantidades retenidas, dentro de los plazos y condiciones establecidos por las normas correspondientes.

3. Entregar el comprobante de retención indicando el monto pagado o abonado en cuenta y la cantidad retenida.

4. Entregar a los sujetos retenidos una relación del total pagado o abonado en cuenta y los impuestos retenidos en el ejercicio.

5. Presentar la Relación Informativa de Retenciones de ISLR, en los casos y conforme a lo dispuesto en la Providencia Administrativa N° SNAT/2009/0095 de fecha 22/09/2009.

¿Cuándo se debe realizar la retención de ISLR?

La retención del impuesto deberá practicarse en el momento del pago o abono en cuenta. En virtud de lo establecido en el artículo 82 Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, el abono en cuenta estará constituido por todas aquellas cantidades que los deudores del ingreso acrediten en sus registros contables, mediante asientos nominativos a favor de sus acreedores por tratarse de créditos exigibles jurídicamente a la fecha del asiento.

¿Cuáles son los plazos para enterar el impuesto retenido?

El impuesto retenido deberá enterarse dentro de los diez (10) primeros días continuos del mes siguiente a aquel en que se efectuó el pago o abono en cuenta. Los sujetos calificados como especiales por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), deberán efectuar el enteramiento de las retenciones practicadas en los plazos establecidos en el Calendario de Declaraciones y Pagos de los Sujetos Pasivos Calificados como Especiales. (Providencia Administrativa 0095 G.O.39269 de fecha 22/09/2009.)

¿Las retenciones de ISLR se consideran un anticipo del ISLR del ejercicio?,

¿Cómo se hacen valer?

Sí, las retenciones de ISLR se consideran un anticipo del impuesto, que se rebajará en la oportunidad de hacer la autoliquidación, es decir en la declaración definitiva o en la estimada de rentas.

¿Qué es el AR-I?

El AR-I es el formulario que utiliza el trabajador bajo relación de dependencia, para determinar el porcentaje de retención de impuesto que su agente de retención le aplicará sobre las remuneraciones que le paguen o abonen en cuenta durante el curso del año civil.

¿Quiénes deben presentar el AR-I?

El AR-I debe ser presentado únicamente por las personas naturales residentes en el país que sean beneficiarias de sueldos, salarios o remuneraciones similares y estimen obtener de uno o más deudores un enriquecimiento neto anual superior a 1.000 U.T.

¿En qué momento debe presentarse el AR-I?

El AR-I debe presentarse antes del vencimiento de la primera quincena de cada ejercicio gravable, es decir antes del 15 de enero de cada año civil, y en todo caso antes de hacerse efectiva la primera remuneración del año. En caso de cambio en los datos suministrados en el formulario, se deberá realizar una variación antes de la primera quincena de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, utilizando para ello el mismo formulario AR-I.

¿Ante quién debe consignarse el AR-I?

Las personas naturales bajo relación

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