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Libreto audiencia procedimiento laboral

farudsamarioTrabajo6 de Marzo de 2018

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 (las partes procesales permanecen fuera de la sala, hasta tanto no las llame la/el secretario/a, quien deberá ir hasta la puerta e indicarles cómo se ubicarán, además de solicitarles los documentos)

Por favor solicito a las partes procesales que pasen a la sala…la parte actora se ubicará en la parte derecha y la parte demandada en la parte izquierda.

Muy buenas tardes, señoras y señores, les solicito a los defensores técnicos, por favor presentarme sus correspondientes credenciales y los documentos de identificación de los y las comparecientes.

 (luego de recibir los documentos y dar las gracias la/el secretario se dirigirá hasta su escritorio…para iniciar la lectura-explicación de los protocolos que se deben desarrollar durante la audiencia) nota: deberá tener a la mano los documentos q posteriormente le solicitará el juez durante la audiencia.

Muy buenas tardes, nos encontramos en el juzgado cuarto municipal de pequeñas causas laborales de Manizales hoy 20 de octubre de 2017 en el proceso radicado bajo el número 00061 de 2017.

 La secretaría del juzgado procede a instruir a las partes intervinientes y público presente en esta sala sobre el comportamiento que deben seguir durante el desarrollo de la audiencia.

La audiencia será presidida por el juez cuarto municipal de pequeñas causas laborales de Manizales doctor Farud Fontanilla Palmera cuyas órdenes deberán ser acatadas sin perjuicio de las objeciones e impugnaciones que nuestro ordenamiento jurídico consagre como procedentes:

  • Todos los asistentes deberán guardar silencio, compostura y respeto por el estrado judicial, los intervinientes en la diligencia y la concurrencia en general.

  •  las partes, sus apoderados judiciales y testigos sólo podrán hacer uso de la palabra o retirarse de la sala antes de terminar la audiencia cuando el juez así lo autorice.
  • Las impugnaciones deben ser presentadas inmediatamente se han notificadas en estrados las Providencias judiciales so pena de la preclusión de la oportunidad independientemente que se continúe en audiencia.
  • Todos los presentes en este Recinto deben mantener apagado los radios, teléfonos celulares, Beeper o cualquier otro aparato que puedan afectar la grabación que se realiza.
  •  Interferir con los instrumentos electrónicos utilizados por el juzgado, desviar la concentración y la diligencia o interrumpir la audiencia.
  •  Está prohibido el consumo de alimentos, cigarrillos y bebidas diferentes al agua en esta sala de audiencia.

 

  •  En la sala de audiencia no está permitido dormir, ni las manifestaciones de respaldo o rechazo a las intervenciones de las partes y las argumentaciones de sus apoderados o las decisiones del juez.

  •  las partes y sus apoderados deberán respetar el turno y el tiempo estipulado para el uso de la palabra, sin perjuicio de la claridad de sus argumentos, utilizando un lenguaje adecuado y respetuoso con los demás intervinientes.

  •  Como señal de respeto al Estrado judicial, las partes deben ponerse de pie a la entrada y salida del recinto, por parte del Juez.

En este momento entra a presidir la audiencia el juez cuarto municipal de pequeñas causas laborales de Manizales el Dr. Farud Fontanilla Palmera.

(Al ingreso del juez, todos los participantes y visitantes que se encuentren en la sala se colocaran de pie) nota: permanecerán de pie hasta que el juez les indique sentarse.

Gracias, muy buenas tardes, pueden sentarse.  en sala de audiencias del juzgado cuarto municipal de pequeñas causas laborales de Manizales, siendo las 2 y 10 de la tarde del día 20 de octubre de 2017, día y hora señalados para la celebración de la presente, procede este despacho a llevar a cabo audiencia obligatoria de:

  1. Contestación de la demanda
  2. Conciliación
  3. Decisión de excepciones previas
  4. Saneamiento
  5. Fijación del litigio
  6. y etapa de juzgamiento

Entre el proceso instaurado por la señora Manuela contra la administradora colombiana de pensiones radicado con el número 1241 del 2016. Para hacer efectiva esta grabación, el despacho a fin de dejar constancia de la asistencia de las partes y sus apoderados solicita en forma clara, nombre completo, número de identificación, dirección actual y la calidad en la que actúan, comenzando con la parte demandante y continuando con la parte demandada.

(Escena en silencio 6’’ aprox. …momento de dialogo secreto como decidiendo quien inicia entre la actora y su apoderado) nota: inicia la presentación la actora.

Mi nombre completo es Manuela así estoy en mi cédula, mi número de documento es (identificación ciudad exp)   mi dirección es (nomenclatura y barrio)  

(Continua presentación del apoderado luego de autorización para hablar del juez)

Mi nombre es Marcela Patiño Peña identificada con cédula de ciudadanía No 1053775273 de Manizales tarjeta profesional 245 539 del consejo superior de la judicatura, recibo notificaciones en la carrera 22 número 23-21 oficina 810 del edificio del comercio de esta ciudad y al correo marpa@gmail.com actuó en representación de la señora Manuela

(Continua presentación del apoderado de la parte demandada sin autorización para hablar del juez)

Buenos días mi nombre es Katy Elizabet Morales Bautista identificada con número de cédula 1053829478 de Manizales, tarjeta profesional 220120 del Consejo superior de la judicatura, para efectos de la notificación la recibo en la carrera 44 número 40 edificio Sanyo oficina 214, actuando como apoderada judicial de la entidad demandada Colpensiones según poder sustituido a mi persona por el Doctor Eduardo Maya quien recibió poder conferido por la doctora Cecilia Forero Mendoza gerente Nacional de defensa judicial de Colpensiones, solicito respetuosamente se me reconozca personería jurídica.

 

(al revisar el expediente la juez se pronuncia, mientras quien solicita la personería aporta el poder acercándose al estrado). Nota: El juez debe contener una o varias carpetas para revisar documentos)

Revisado el expediente observa el despacho que a folio 20 del mismo obra poder conferido por la doctora Cecilia Forero Mendoza al doctor Eduardo Maya quién se identifica con número de cédula 75032122 de Pereira y tarjeta profesional número 107771 del Consejo superior de la judicatura para actuar en representación de Colpensiones quien a su vez sustituye el mandato en la doctora Katy Elizabeth Morales Bautista, revisado el poder y la sustitución del mismo constata el despacho que cumple con los requisitos contemplados en el artículo 73 del código general del proceso por lo tanto este despacho resuelve reconocer personería jurídica a la doctora Katy Elizabeth Morales Bautista, identificada con número de cédula 1053829478 de Manizales y tarjeta profesional número 220120 del Consejo superior de la judicatura para actuar en representación de la administradora colombiana de pensiones. La sustitución de poder será incorporada al plenario en un folio útil, la anterior decisión queda notificada a las partes en estrado notifíquese y cúmplase.

 en este momento de la diligencia….

(cuando parece q se acepta lo que dice el juez, el apoderado demandante interrumpe a la juez solicitando la revisión de los documentos). Nota: El juez accede diciendo:

 Se le otorga traslado al apoderado judicial de la demandante para que revise el poder y la sustitución

(se dirige el apoderado demandante al estrado a recibir el poder llevándolo consigo a su escritorio-lo revisa de pie). Nota: dura aproximadamente 1’ y 15’’revisando, luego los devuelve.

En este momento de la diligencia se le otorga el uso de la palabra a la apoderada judicial de la entidad demandada para efectos que proceda a dar contestación a la demanda.

Colocar texto de respuesta de apoderada demandada…arreglar texto con video

Encontrar dame la oportunidad legal me permita darle contestación a la demanda ordinaria integrada por el señor la señora Manuela contra la administradora colombiana de pensiones colpensiones en los siguientes términos y consideraciones naturaleza jurídica de la entidad a la que representó la administradora colombiana de pensiones colpensiones es una empresa industrial y comercial del estado de orden nacional con personería jurídica autonomía administrativa y patrimonio independiente vincular mísero percepción social organizada como entidad financiera de carácter especial cuyo objeto consiste en la administración Estatal de régimen de prima media con prestación definida el domicilio de colpensiones de conformidad con el artículo 155 de la ley 1150 de 2007 la ciudad de Bogotá y la representación legal hacerse doctor Mauricio Olivera González en cuenta los hechos el hecho primero es cierto según copia cédula de ciudadanía puerta de segura solución 0 38 96 de 2008 mediante la cual se reconoce pensión de vejez a la demandante helechos segundo cielo según resolución 0 38 96 de 2008 mediante la cual se reconoce pensión de vejez al lado mandante derechos del cielo parcialmente cierto es cierto en cuenta que mi representada no reconoce incremento pensional del 14% la demandante neoclasicista tal derecho y como lo afirman apoderado de la parte demandante cuarto no le cuesta mi representada qué ceño jacop Zabaleta sea compañero permanente a demandante o que depende económicamente de esta noche tenemos algo que resulte probado en el proceso quinto No le gusta mi representada que el señor el Señor En la facu Zabaleta no trabaje no posee ingresos económicos propios o que depende económicamente de la demandante no sé tenemos algo que resulte proviene el proceso helechos sexto séptimo y octavo de cero según resolución 2014 del de piso 68020 29 21 apartamento con la demanda derecho novela es cierto súper anexo en cuanto a las declaraciones en cuanto a las pretensiones declaraciones de la demanda con fundamento en lo expuesto me pongo a todas y cada una de ellas por cara pierde sustento legal ni lógico dado carácter no las hiciste ni la razón en derecho Gru fundamentos de sustento niego primero Se pone colpensiones reconocimiento de régimen de transición toda vez que el mismo fue consagrado me fue reconocida la pensión de vejez a la demandante mediante resolución 0 38 96 de 2008 no siendo objeto de debate entre el presente litigio segundo se pone colpensiones reconocimiento incremento pensional de 14% y paga retroactivo por este mismo concepto por no poder estar a tu lado con fundamento en establecidas en 1915 el 2011 el tribunal superior de manizales sala laboral segundo incremento de 14% derecho principal mucho menos accesorias Derechos kinder a subir las costas del proceso razones de derecho y fundamentos jurídicos fundamentos la defensa de mi representada en base no establecido en los artículos 34 42 189 de la ley 100 del 93 sentencia no 2015 del 2011 el tribunal superior de manizales sala laboral sentencia t 369 2015 honorable corte constitucional sobre el incremento pensional en diferentes circulares internas y externas de la administradora colombiana de pensiones colpensiones que el artículo 21 del decreto 758 1990 no fue tenido en cuenta con la entrada en vigencia la ley 100 de 1993 a un gallo con la expedición del acto legislativo 01 de 2005 se estableció entre otras extinguir el régimen de transición con el artículo 36 de la ley 100 mundo todas las normas que tenemos remitía por disposición legal ahora bien respecto a la tercerización de derogado sólo que se declara probado que la señora aura Fuentes no convencionales para hacer el incremento pretendido toda la gente 369 2015 en honorable corte constitucional establece Los siguientes requisitos primero que se la pensión mínima segunda era cargo cónyuge o compañero permanente terceros interdependencia económica de este último no recibir ingreso alguno en conclusión el legislador acostar a los incrementos señalados vocoder y retención y colaboración a núcleos familiares que sólo tienen como ingreso económico una pensión mínima encaminada efectivizar sus derechos fundamentales a la vida lineal mínimo vital y toda vez que mi representada no vulnera los derechos de la señora puente pues reconoció pensión de vejez en forma Me permito proponer las siguientes excepciones de fondo y de la obligaciones según se puede apreciar el proceso lo solicitado en la demanda que desea ser legal todas las canciones que se solicita fundamentarse una normativa derogada buena fe se puede durar señora general de la entidad demandada que esta última obra de buena fe todo es que reconoció el conocimiento Poner a secar en pretérito los derechos fenecidos por la interposición de la acción durante el tiempo señalado por la ley según lo establecido en el artículo 151 del código procesal del trabajo y seguridad social como declaratoria de otras instituciones solicitó que sean probados hechos que constituyan una selección cecil para conocerla oficial conformidad con lo dispuesto en el artículo 306 del procedimiento civil y 145 del código procesal del trabajo y seguridad social como petición especial Sólo tener por contestada en tiempo y forma la demandé tal sentencia definitiva declarando su lugar la demanda con especial con encuestas para la parte demandante Cómo prueban sólo pido respetuosamente decir basta de la demandante a fin de que se practique interrogatorio de parte se me permita contrainterrogar a los tiros de la parte demandante en este término finalizó la contestación de la demanda

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