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MARCHAS Y CONTRAMARCHAS DE LA REFORMA JUDICIAL

JUNY201324 de Julio de 2013

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I. MARCHAS Y CONTRAMARCHAS DE LA REFORMA JUDICIAL

Los países latinoamericanos, casi sin excepción han incursionado en importantes procesos de reforma de sus instituciones judiciales. Pese a ello, es claro después de años de inversión e intervención, que continua prevaleciendo un déficit de eficiencia en la operatividad de la justicia, que se refleja sobre todo, en la vieja, pero invencible mora judicial. Y aunque éste sea el mal endémico más generalizado, otros problemas continúan impidiendo la tutela del servicio judicial como servicio público satisfactorio para los ciudadanos.

Sin embargo, pese a las carencias y deficiencias que aun prevalecen en el servicio judicial y a los obstáculos encontrados en el recorrido de la reforma, hoy podemos afirmar que el escenario de los Poderes Judiciales de la región latinoamericana ha variado en algún grado en los últimos años: se han constituido y desarrollado las Escuelas Judiciales; se han afinado los procesos de selección y nombramiento de la judicatura; se ha incursionado en varios países en la fórmula de los denominados Consejos de la Magistratura para resolver algunos de los problemas del gobierno judicial; se han creado las defensorías públicas o al menos existe la cimiente de esa entidad imprescindible en la consolidación de los estados de derecho; y se ha propiciado el fortalecimiento o la creación del Ministerio Público, con motivo de la reforma orientada a superar el proceso de corte inquisitivo y escrito de persecución penal e instaurar el sistema acusatorio y la oralidad en los juicios, reforma que han emprendido la mayoría de los países de la región.

También han existido diversos proyectos de inversión para mejorar la gestión judicial, esto es, atacar la ineficiencia de la estructura organizacional y de la tramitación de los procesos judiciales, mediante la incorporación de criterios organizacionales y valores de la nueva gestión pública, como el de racionalización y economías de escala, eficiencia y servicio público; en un afán de romper la frontera de producción estructural, que como señalaba Douglas North, se encuentra muy por debajo de las capacidades de producción técnica en nuestra región.

Surgen así un conjunto de transformaciones con ritmos e intensidades diferentes. Puerto Rico y otros países del Caribe anglófono, con mayor influencia del common law receptaron desde hace varios años la profesionalización de los administradores en las Cortes, incorporando con ello criterios y prácticas gerenciales en la organización judicial, mucho más fácilmente que en los otros países latinoamericanos. En estos países, el proceso ha sido diferente y con niveles de complejidad aún no resueltos.

Las estrategias orientadas a mejorar las formas de gestión judicial han sido diversas y han variado con el transcurso del tiempo, observándose recientemente un enfoque que la integra con otros planteamientos, tales como el cambio cultural y organizacional que impone la reforma al proceso penal. Aunque no podemos distinguir etapas nítidas de desarrollo en stricto sensu, en el devenir que ha caracterizado la gestión judicial en el proceso de reforma, sí podemos diferenciar diversos enfoques, desde uno particularmente ingenuo, donde el énfasis se puso en la introducción de tecnología (instalación de computadoras en los despachos) sin otras acciones concomitantes; pasando luego a una apuesta más racional de profesionalizar la gestión incorporando especialistas en administración y gerencia en el quehacer de la administración de justicia; hasta el surgimiento de los llamados despachos corporativos o megadespachos, que son formas novedosas de organizar la oficina judicial, los cuales incorporan a su vez la profesionalización de los administradores y el soporte de los sistemas de información, experiencias que se encuentran en desarrollo en países como Colombia, Ecuador, Costa Rica o Chile; los cuales tomaron como modelos de referencia experiencias de organización judicial de países como Canadá, Alemania o el País Vasco en España.

Se logra con esta experiencia en desarrollo, el agrupamiento de oficinas judiciales y servicios comunes con criterios de economías de escala, lo que ha constituido una verdadera ruptura del paradigma organizacional, que tradicionalmente divide el servicio judicial de juzgados o tribunales en un archipiélago de oficinas pequeñas, con servicios que se multiplican por cada uno de ellos.

Con las lecciones aprendidas y la incorporación de profesionales en administración, las nuevas alternativas de organización se empiezan recientemente a combinar con las transformaciones que demanda la gestión judicial en el proceso de la reforma procesal, propiciándose cambios de cultura y organización más adecuados a las nuevas necesidades. A su vez, se desarrollan sistemas de información para la gestión judicial, que posibilitan a los operadores un mejor control de la tramitación y a los ciudadanos el acceso a la información del avance de los procesos judiciales; así como el acceso a otra información jurídica relevante, tal como la jurisprudencia y la legislación vigente, otorgando instrumentos importantísimos para la seguridad jurídica y el ejercicio de la profesión, en un esfuerzo de transparencia, sin precedentes en la administración de justicia de nuestros países

Pese a estos avances, que por lo demás no son homogéneos, ni están generalizados en el conjunto de los países de la región, existe la percepción de que las reformas han sido muy lentas o mucho menores a la inversión realizada; o que las reformas se han estancado y tienden a languidecer; o que solo han removido algunos obstáculos; o bien, que apenas están comenzando pese a los años transitados y a la inversión realizada; o que se exageraron promesas y se inflaron expectativas. Lo cierto es que unos y otros coinciden que es aún muy compleja y amplia la tarea pendiente.

II. ENTRE EL ENSANCHAMIENTO DE ATRIBUCIONES Y LAS DIFICULTADES DE LA REFORMA JUDICIAL.

Ya sea por el remozamiento, que de uno u otro aspecto han tenido los sistemas de justicia; o por un interés antes inédito, que no trascendía más allá de los casos de la página roja, la administración de justicia viene siendo auscultada con mayor detenimiento por los medios de comunicación. Pero además, la necesidad de fortalecer la gobernabilidad de las frágiles democracias latinoamericanas, propició el redescubrimiento de la importancia de la justicia para el desarrollo.

Una vez enfocada la atención en los sistemas de justicia, los economistas señalaron que la acción del mercado no produce competencia ni equidad, sin un sistema normativo que promueva la competencia y un sistema judicial que ampare la equidad, la confianza y la previsibilidad jurídica. La convergencia de estos factores, ha propiciado en gran medida la reversión de la subvaloración que sufrió la administración de justicia en el pasado y cuyas consecuencias condicionan aún, la operatividad de la justicia en el presente.

Pero también, el nuevo protagonismo de la justicia, es resultado de la convergencia de otros factores, vinculados además de los cambios políticos y de mercado, a cambios sociales y culturales.

“En primer lugar, ocurre que el sistema legal en su conjunto ha crecido espectacularmente, abarca más temas, afecta a más personas, reconoce nuevos derechos, crea nuevas obligaciones y acrece en consecuencia las funciones de la justicia. En segundo lugar ha surgido una nueva cultura cívica-jurídica de reclamación, afirmación y defensa de los derechos individuales (unos derechos que no hacen sino desarrollarse y expandirse). En tercer lugar lo que suele designarse como “judicialización de la vida pública” ha alterado significativamente el tradicional cambio de acción de los tribunales de justicia, ampliándolo a cuestiones y ámbitos que solían ser “territorio político”. Finalmente, el reconocimiento de la importancia que una justicia que funcione adecuadamente tiene para la buena marcha de la vida económica sitúa a los tribunales de justicia en una perspectiva hasta ahora inédita, al tiempo que refuerza su relevancia social.”

La confluencia de todos estos factores, origina por una parte, fuertes presiones por redefinir el papel de la justicia; y por otra, el fenómeno de la visibilización de la justicia en la dinámica de las sociedades contemporáneas.

Las tendencias apuntan hacia un fortalecimiento del judicial que le permita cumplir las nuevas responsabilidades, contribuyendo con la construcción de sistemas de gobierno más equilibrados, que tengan capacidad para enfrentar ese espectacular proceso de ensanchamiento o extensión del sistema jurídico y las presiones de la globalización y la internacionalización de la economía; esto es, cumplir su papel en la conformación de los Estados de Derecho, pero como algo más que el mero control de legalidad para los negocios, sino como el garante eficaz de los derechos individuales de todos los ciudadanos, ya que como lo señalaba Tocqueville:

“La fuerza de los tribunales ha sido, en todos los tiempos, la mayor garantía que se puede ofrecer a la independencia individual, pero eso es especialmente cierto en los siglos democráticos; en ellos los derechos y los intereses particulares estarán siempre en peligro si el poder judicial no crece y no se extiende a medida que las condiciones se igualan”.

En el contexto de ese desafío, hemos constatado que la reforma judicial no es fácil, ni técnica ni políticamente; pero en particular nos ha

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