ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Manejo De Materiales


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2014  •  2.423 Palabras (10 Páginas)  •  208 Visitas

Página 1 de 10

Manejo de Materiales

Introducción

En el caso del autotransporte, existe una NOM de observancia general, la cual es la NOM-068-SCT-2-2000, denominada “Transporte terrestre-servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga y transporte privado-condiciones físico-mecánicas y de seguridad para la operación en caminos y puentes de jurisdicción federal”

En esta norma se establecen algunos criterios para el manejo de la carga por cuanto al estado de los utensilios y artefactos para sujetarla.

Asimismo, es de observancia general en el autotransporte la NOM-012-SCT-2-2008 sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal. Esta norma se ha descrito en algunos de sus elementos en lo referente al transporte terrestre.

Normatividad y recomendaciones aplicables para su manejo seguro y eficiente de los siguientes productos:

NOM-012-SCT-2-2008

SOBRE EL PESO Y DIMENSIONES MÁXIMAS CON LOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LAS VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL

Que para mejorar los niveles de seguridad tanto en la vida como en los bienes de las personas que utilizan los caminos y carreteras de jurisdicción federal, así como disminuir los daños a la infraestructura del país, es necesario establecer las características y especificaciones en cuanto al límite máximo de peso y dimensiones que deben observar los vehículos de autotransporte que circulan por los caminos y puentes que forman parte de las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, de acuerdo con las características físicas y especificaciones técnicas de la infraestructura carretera nacional.

CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES.

La presente Norma fue elaborada con fundamento en las condiciones de la infraestructura carretera nacional, la seguridad vial en las carreteras y tomando en cuenta las características y especificaciones del parque vehicular existente, por lo que no necesariamente es concordante con ninguna norma internacional.

13. TRANSITORIOS.

PRIMERO.- Se abroga la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-1995, sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1997, y sus ratificaciones de conformidad con las revisiones quinquenales, que establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás disposiciones administrativas y técnicas que se opongan a la presente Norma.

SEGUNDO .Se autoriza a las configuraciones vehiculares tipo T3-S2-R4 y T3-S2-R3, circular exclusivamente en caminos tipo “ET” y “A”, con un peso adicional de 4,5 t al peso bruto vehicular máximo de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 6.1.2.2, por un período de 5 años.

TERCERO.- Esta Norma Oficial Mexicana incluyendo sus artículos transitorios, será evaluada por parte de Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre en un plazo de 3 años a partir de su entrada en vigor.

CUARTO.- Se otorga un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente Norma, para que todos los transportistas cuyas unidades y configuraciones vehiculares se encuentren dentro de los supuestos mencionados en el numeral 6.4, referente a casos de conectividad, tramiten y obtengan los permisos especiales correspondientes, o en su caso, la Secretaría emita el dictamen para los servicios de pasaje y turismo. Durante este plazo, los vehículos de carga podrán circular presentando la solicitud de permiso con sello de acuse de recibo de la Dirección General de Autotransporte Federal; los vehículos de autotransporte de

pasaje y turismo, podrán circular en las condiciones en que lo vienen realizando, hasta que la Secretaría emita el dictamen al que deben de sujetarse.

Las autorizaciones que se hayan otorgado con fundamento en el tercer párrafo del artículo 6° del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, seguirán vigentes en los términos otorgados.

QUINTO.- Las carreteras que sean objeto de reclasificación, una vez que sean reclasificadas, se determinará cuales pueden adicionarse al Anexo 1, relativas al tema de conectividad, en los demás casos se requerirá solicitar autorización y la Secretaría determinará de manera fundada y motivada su otorgamiento o no.

SEXTO.- Todos los vehículos que se encuentran en operación, así como los que se den de alta a partir de la entrada en vigor de la presente Norma, deberán cumplir con las disposiciones que en ella se contienen.

SÉPTIMO.- La Norma Oficial Mexicana entrará en vigor 60 días naturales después de su fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación

Sujeción y estibamiento de la carga

El estibamiento y sujeción de la carga representa una actividad de planeación especializada que debe de tomar en cuenta tanto las propiedades de las cargas como las características de los vehículos de transporte. Para las operaciones en tierra, también se deben aplicar técnicas de planeación, en cuyo contexto se denomina arrumaje de la carga en las áreas de almacenes, mismo que se realiza también tomando en cuenta las propiedades de la carga. El manejo de la carga en los puertos marítimos requiere de la elaboración de un “Plano de estiba de la carga a embarcar”, el cual sirve por igual para la descarga.

En el campo, otro término con que se conoce al de sujetar la carga es trincar la carga, y esta operación la llevan a cabo el personal denominado estibadores.

Para la sujeción de la carga en el autotransporte, existe el “Proyecto de Norma 077 Sobre la sujeción de la

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (16.6 Kb)  
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com