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Modelo reclamo


Enviado por   •  20 de Agosto de 2018  •  Documentos de Investigación  •  881 Palabras (4 Páginas)  •  347 Visitas

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MODELO DE RECLAMO PARA SEDAPAL

SUMILLA  : Presento reclamo por cobro excesivo de consumo.

SEÑOR GERENTE DE SEDAPAL S. A.

NOMBRE _____________________________________identificado con D.N.I No. __________, con domicilio real en _________________________________________________________________, a usted atentamente digo:

Que al amparo del Art. I, inc. 7 de la Ley No. 27444 (Ley de Procedimiento Administrativo General)

“La presente Ley será de aplicación para ………………  las demás entidades y organismos, proyectos y programas del Estado, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto se consideran sujetas a las normas comunes de derecho público……”,

así como a lo señalado en el Art. IV, inc. 1.1, 1.2 (Principio de legalidad y Principio del debido procedimiento)  interpongo reclamo por excesiva facturación, en razón a los siguientes fundamentos que paso a señalar:

  1. Que, de conformidad a lo descrito en el Artículo 10.1 “Problemas relativos a la facturación” de la Resolución Nº 066-2006-SUNASS-CD y modificatorias, señala:

“El reclamo comercial relativo a la facturación, deberá ser presentado ante la EPS dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de vencimiento de la facturación o de producido el hecho que lo motiva. Toda ampliación del reclamo posterior a la presentación inicial por cualquier concepto o meses reclamados, se aceptará hasta los cinco (5) días hábiles posteriores a la presentación del reclamo”.

  1. Estando que el reclamo presentado corresponde al mes de enero 2018 - recibo números _______________– por el monto de S/. ____________ Soles Peruanos y al mes de _________________ del presente año – recibo No. ______________– por el monto de S/. ___________________ Soles Peruanos respectivamente, se encuentran dentro del plazo del periodo de reclamo.
  1. Que, la facturación reclamada se encuentra prescrita en el Art. 88 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 088-2007-SUNASS-CD, donde al haber superado la diferencia de facturación constituye el mismo en atípico dado que supera en más del 200% el histórico de lectura y facturación; situación atípica que se presentó en el mes de Marzo (____________), Abril (__________), Septiembre (____________), Diciembre (________________) del año 2017 y en los meses de Enero (_________________) y Febrero (________________) del año 2018, valores que no corresponden al comportamiento de consumo promedio que se ha venido desarrollando durante la mayoría de los meses del año 2017, hechos que representan un cobro indebidamente excesivo.

Art. 88.1. Las EPS realizarán un permanente control de calidad de las facturaciones basadas en diferencia de lecturas, detectando aquellas que resulten atípicas, a efectos de descartar deficiencias en la lectura o la presencia de factores distorsionantes del registro de consumos.

Se considera como diferencia de lecturas atípica, aquella que supera en más del 100% al promedio histórico de consumo del usuario y sea igual o mayor a dos (02) asignaciones de consumo.

  1. Que, de acuerdo a lo señalado por el Reglamento y comprobar fehacientemente lo atípico de la facturación la misma que supera más del 100% es de aplicación a lo señalado por el artículo 89 de la mencionada norma:

“Artículo 89°.- Determinación del Volumen a Facturar por Agua Potable.-

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