ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

NULIDAD DE SAT.


Enviado por   •  17 de Mayo de 2016  •  Apuntes  •  1.999 Palabras (8 Páginas)  •  215 Visitas

Página 1 de 8

                              “Año de las Cumbres Mundiales en el Perú”

Referencia Exp. Nro 222-089-00072763

PIT Nro : 7409571 - A-12.

                                                                         Sumilla: FORMULO RECURSO DE RECONSIDERACION CONTRA LA RESOLUCION DE DIVISION Nro 196-036-00012131  DE FECHA 11 DE MARZO DEL 2008

SEÑORES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SAT.

Presente.-

DIDI AUGURIO MAYORCA PEREZ, identificado con DNI Nro 08307036,  con Licencia de Conducir Nro M 0830736, con Domicilio Real sito en: el Jr. Los Economistas , Mz. F 6, , Lote 27, Asociación de Vivienda Ramón Castilla, Distrito de  San Juan de Lurigancho,  Provincia y Departamento de Lima, Ante Usted  me presento y expongo:

  1. PETITORIO:

                      Que, invocando mi Derecho a la Contradicción y en cabal observancia de lo establecido en el DS. Nro 009-2004-MTC y la Ley Nro 27444 que regula el Procedimiento Administrativo General, por convenir a mi legítimo Derecho FORMULO RECURSO DE RECONSIDERACION CONTRA LA RESOLUCION DE DIVISION Nro 196-036-00012131 DE FECHA 11 DE MARZO DEL 2008, QUE DECLARA INFUNDADO EL RECURSO DE IMPROCEDENCIA DE LA PAPELETA DE INFRACCION DE TRANSITO Nro 7409571 - A-12., DE FECHA 23 DE ENERO DEL 2008, por las siguientes consideraciones de Hecho y de Derecho que paso a exponer:

II.        FUNDAMENTO DE HECHO:

1.- Que, es la Policía de Tránsito la que en el día y hora de los hechos  y en el ejercicio de sus facultades y atribuciones comenzó a detener a los vehículos, ordenándoles que se detuvieran para la revisión de los Documentos de conducir pertinentes.

2- Que, con fecha 23 de Enero del 2008, a Horas 20.35 pm,  en circunstancias en que el suscrito circulaba con mi Vehículo Particular de Placa Nro SI 9478, por la Av. Wiesse  a la Altura del Complejo, fui intervenido por el SO PNP.  Julio Acosta, identificado con CIP Nro 30478757, quien de manera arbitraria y unilateral me impuso la Papeleta Sub Materia, argumentando que el suscrito: “No conservaba al conducir su Derecha”. Argumento desde todo de vista cuestionable y absurdo, toda vez de que mi vehículo es de USO PARTICULAR Y NO DE TRANSPORTE PUBLICO, lo cual me permite transitar por ambos carriles tanto el derecho como el izquierdo. DEBO PRECISAR QUE EL SUSCRITO DE MANERA OBJETIVA OBEDECIÓ LA ORDEN DE DETENERSE DE LA POLICIA DE TRANSITO Y CUMPLIO CON MOSTRAR A LA AUTORIDAD LOS DOCUMENTOS QUE ME REQUIRIO, ASI COMO TAMBIEN EL HECHO PUNTUAL Y PRECISO QUE NO COMETI LA INFRACCION MATERIA DE APELACION, PUES MI VEHICULO ES DE TRASPORTE PARTICULAR y me encontraba conduciendo observando las Reglas de Tránsito. Aun más el Policía interviniente me solicitó una dádiva económica con el fin de dejarme seguir mi camino y “arreglarlo todo sin problemas” y como el suscrito no accedió a su requerimiento, en represalia me impuso la Papeleta de manera arbitraria.

2-Que, la Resolución de Gerencia de Asuntos Legales Nro 004-158-00012267 de fecha 6 de Febrero del 2009, desestima la Apelación deducida por el suscrito en base a los siguientes argumentos:

A) Que el suscrito en su Apelación no ofrece una interpretación diferente de las pruebas producidas en primera instancia, ni están sustentadas en cuestiones de derecho LO CUAL ES COMPLETAMENENTE FALSO. En este punto debo precisar de que “el suscrito reconoce de que circulaba por la derecha su vehículo de transporte particular y por ser un vehículo particular y no de transporte público, puedo circular por ambos carriles”, y consecuentemente, la Papeleta sub materia se me estaría aplicando fuera de derecho y en cabal inobservancia del Reglamento de Tránsito.

B) Que, como prueba instrumental de mi Apelación he consignado la Copia Simple del SOAT de mi vehículo que acredita de manera fehaciente e indubitable de que éste es de transporte particular, consecuentemente puedo circular por ambos carriles en cabal observancia del Reglamento de Tránsito.

3- Por lo expuesto precedentemente, pueden Ustedes apreciar de que el suscrito en la realidad de los hechos JAMAS COMETIO LA INFRACCIÓN DE TRANSITO SUB MATERIA, razón por la cual solicito dispongan en vía de RECONSIDERACION DECLARAR LA NULIDAD DE LA PAPELETA SUB MATERIA.

III- FUNDAMENTO DE DERECHO:

El presente Recurso tiene el Amparo Legal en el DS. Nro 009-2004-MTC y la Ley de Procedimientos Generales  N° 27444.

POR TANTO:

Solicito  a Ustedes Señores de la SAT acceder a  mi pedido por ser de justicia.

                                                         San Juan de Lurigancho, 2 de Marzo del 2009.

                                                                                 …………………………….

DIDI AUGURIO MAYORCA PEREZ

               DNI Nro 08307036

                              “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.7 Kb)   pdf (113 Kb)   docx (13.5 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com