Negociacion Internacional Ambiental
ralao30 de Enero de 2013
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INTRODUCCION
Muchos de los conceptos y definiciones de negociación internacional evidencian una característica de falta de ejercicio e imposición de poder en estas, a pesar de las frecuentes proposiciones e intervenciones de las teorías realistas, en donde al fin y al cabo una de las partes negociadoras de una u otra forma tienen mejores mecanismos de obtener los resultados buscados de esa negociación.
En este trabajo no buscamos entrar en controversias respecto a la diferenciación entre negociación y ejercicio del poder como preceptos antagónicos, sino más bien determinar si en las negociaciones la simple presencia de poderío, logra alguna influencia, sutil o no, en la solución del conflicto.
Por otro lado, pretende de una u otra forma, establecer si en las negociaciones la parte con menos poder acepta propuestas en virtud de que es lo mejor que puede obtener, a pesar de que no es precisamente lo que quiere o necesita, o por el contrario, si existen posibilidades de que el negociador con alguna desventaja pueda obtener los objetivos ante contrapartes de mayor poder.
En principio, los actores que se tomaran en cuenta serán países y gobiernos, en virtud de que el tema del poder es más manejable entre este tipo de actores y además porque el caso a analizar es una negociación internacional entre países.
Este trabajo tiene entre sus fines primordiales, mostrar si existen posibilidades de negociación internacional bilateral entre estados, sin que medie manipulación o algún tipo de imposición del poderío de un participante sobre otro.
Determinaremos los antecedentes, los elementos y la situación generadora del conflicto entre Brasil y Uruguay por la Usina termoeléctrica de Candiota.
La inquietud surge en cuanto Brasil con un poderío muy superior establece una negociación con su vecino Uruguay que podríamos considerar un país comparativamente más restringido en cuanto a niveles de poder y hegemonía en la región.
Dado que acuerdos ambientales transfronterizos análogos como los tomados por Canadá y Estados Unidos con respecto al tratamiento que se le daría a la preservación ambiental de los Grandes Lagos, que en su momento fueron duramente criticados, debido a que se consideró que Estados Unidos impuso su condición de potencia y logró acuerdos que le favorecen en cuanto al no cumplimiento de las obligaciones contraídas con el beneplácito (o con la resignación) de su contraparte Canadá, se considerada la asimetría de poder entre la negociación del caso escogido en función de determinar si la negociación entre Brasil y Uruguay se vió afectada por este tipo de elemento.
En cuanto al término poder, nos referimos a este no solo como poder militar, sino a la superioridad comparativa de cualquier índole que potencialmente pueda ejercer directa o indirectamente presión sobre la parte negociadora con menos poder, logrando de esta forma incidir en mayor o menor grado en la toma de decisiones y de acuerdos.
Los actores principales de la negociación serán entonces Brasil y Uruguay, y se parte de criterios donde se considera al primero con un poder relativo mayor que Uruguay, por lo que potencial e implícitamente puede imponer sus propuestas ejerciendo esas ventajas de poder.
Se presentaran diversas facetas del proceso de negociación del conflicto entre ambos países, donde el centro de la discusión es la contaminación ambiental generada por la Usina o planta productora de termoelectricidad, instalada en la región fronteriza de Candiota, Brasil, en el marco de la diferencia de poder entre esos dos países.
Brasil tenía la posibilidad de simplemente rechazar cualquier acuerdo o de negociar según un planteamiento de ganar-perder, por lo que consideramos importante considerar la posición de fondo de este país.
Este trabajo mostrará tanto los antecedentes del caso como la situación en la que se desenvuelve cada uno de los actores previo, durante y posterior a la negociación.
Se tomarán en cuenta los diversos factores que afectan tanto a los actores como a la negociación en sí misma y trataremos de hacer referencia a algunos de sus tipos. También nos referiremos a los intereses en juego de cada uno de los actores.
Por último, argumentaremos el alcance de algunos objetivos así como las respectivas conclusiones y recomendaciones.
A) ANTECEDENTES.
Como antecedente análogo al caso en estudio en este trabajo mencionamos el caso de negociación Internacional por contaminación ambiental de los Grandes Lagos que se dio entre Canadá y Estados Unidos, principalmente por las presiones de diferentes grupos sociales del Canadá.
De esta negociación surgieron varios acuerdos, el primordial, el conocido como el Acuerdo sobre la calidad del agua de los Grandes Lagos (1972, 1978 –revisiones 1983, 1987). Estos acuerdos han sido duramente criticados por diversos autores como SCHROEER, W. LUZMA FABIOLA NAVA afirmando la manipulación ejercida en la negociación en el caso particular de los Estados Unidos, ya que los acuerdos tomados reflejaban únicamente las intenciones del gobierno y no imponían ninguna obligación legal a los particulares, al sector privado o a las otras instancias gubernamentales. La aplicación satisfactoria de un acuerdo depende entonces de las leyes federales promulgadas y aplicables a nivel nacional y de las disposiciones que apliquen los Estados federados. Dicho de otra manera, los acuerdos bilaterales, tomados no son restrictivos de la actividad privada e industrial que quedaron sujetas a las decisiones de los Estados federados y los municipios implicados quienes al final son los que debían aplicar leyes y reglamentos regulatorios. Sin embargo en Canadá, los acuerdos bilaterales en materia ambiental si estaban reforzados por un acuerdo federal y provincial con las provincias implicadas, es decir, Ontario y Québec. Particularmente, estas dos provincias canadienses son responsables de la gestión de los recursos hídricos de los Grandes Lagos poniendo en práctica, según sus propios marcos legales, disposiciones legales a particulares e industriales para el cuidado y la preservación de las aguas de los Grandes Lagos.
De esta forma, lo acordado quedo en el aire para Estados Unidos y no ocurrió lo mismo para su contraparte Canadá, lo que evidencia una asimetría de poder imperante que de una u otra forma benefició a Estados Unidos, ya que la solución del conflicto quedo supeditada a un factor político e institucional, más allá de la política ambiental internacional del presidente George Bush dado el poder del ejecutivo en el contexto doméstico estadounidense.
En el caso que nos atañe, se trata también de contaminación ambiental transfronteriza que fue denunciada por diferentes actores sociales del sector fronterizo del Uruguay que consideraban que la Usina Termoeléctrica Presidente Medici ubicada en la región fronteriza brasileña les estaba produciendo pérdidas en la economía agropecuaria de la región y contaminación de las aguas y las tierras circundantes.
Los alambrados se herrumbraban, el ganado perdía peso, el follaje de los árboles se quemaba y las enfermedades respiratorias entre los pobladores de Cerro Largo, Uruguay se encontraban en ascenso, ese era el panorama en el departamento fronterizo a fines de los 80 y principios de los 90 y parte de los indicios que iniciaron los reclamos.
Se da así una negociación internacional entre dos países fronterizos, Brasil, uno de los países más poderosos de América Latina y Uruguay un país pequeño y de con menos poder de sur América.
El proyecto termoeléctrico se ubica en la zona fronteriza de Brasil, en el Estado de Rio Grande del Sur, aproximadamente a 40 kilómetros de Uruguay.
La referida planta termoeléctrica tiene sus antecedentes en 1950 con las primeras investigaciones para la explotación del carbón para ser utilizado como materia prima para generar energía eléctrica.
Casi diez años después entra en operación la primera parte del proyecto conocida como Candiota I.
La planta termoeléctrica Presidente Médici (UTPM) Candiota II fue fundada posteriormente, esta operaba a través de la combustión del carbón que se extrae de la zona el cual produce el vapor para movilizar las turbinas que a su vez producen la electricidad. La construcción de esta planta se realizó en dos partes, la primera que se inauguró en 1974 y otra que entró a operar en 1986. Actualmente, para mediados de este año 2010 se tenía prevista la inauguración de la etapa III de la planta.
En el proyecto se establecieron diversos parámetros medioambientales, dedicándole al ecosistema de la región atención especial por la compañía. Al iniciar sus funciones se estableció que todos los procedimientos de monitoreo y control de los puntos clave para la preservación del ambiente fueron debidamente observados.
La empresa Estatal de Energía eléctrica (CEEE) de Brasil fue la fundadora del proyecto, pero a partir de 1997 pasó a ser parte, como un aporte de capital al patrimonio, de la Compañía de Generación Térmica de Energía Eléctrica (GTEE) empresa federal que pertenece a la federal Electrobras, que es una empresa de capital abierto controlada por el gobierno de Brasil.
En la década de 1980, varios políticos y organizaciones no gubernamentales uruguayos, así como la prensa y algunas personas locales comenzaron a sospechar que esta planta estaba provocando la contaminación y la lluvia ácida. Más tarde, con el objetivo de resolver el problema, los gobiernos de Brasil y Uruguay entraron en un proceso de negociación. Como resultado, se firmó en 1990 Acta de la Yaguarón, un documento que marcó
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