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PARCIAL DE CRIMINOLOGIA


Enviado por   •  14 de Enero de 2015  •  Prácticas o problemas  •  3.688 Palabras (15 Páginas)  •  170 Visitas

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0II PARCIAL DE CRIMINOLOGIA

¿Qué lleva a un sujeto a cometer un delito?

El iter criminis o camino del delito son las diferentes fases que atraviesa una persona desde que en su mente se produce la idea de cometer un delito hasta que efectivamente lo lleva a cabo. Lo importante de estas fases es diferenciar cuál de ellas es relevante para el Derecho Penal. Diferenciamos por tanto dos fases: fase interna y fase externa del camino del delito.

Fase Interna:La fase interna del delito es la que sucede en la mente del autor y no puede, en ningún caso, ser objeto del Derecho penal, porque es necesaria la exteriorización mediante acciones u omisiones de ese hecho delictivo. Todo ello se basa en el principio cogitationis poenam nemo patitur, aforismo latino que significa que con el mero pensamiento no es posible delinquir.

Fase Externa: En cuanto a la fase externa es la materialización de la idea, y que ya si puede en esta fase intervenir el Derecho Penal. El problema en este caso es determinar a partir de qué momento nos encontramos ante una acción u omisión punible, y para ello la doctrina ha diferenciado dos grandes grupos, los actos preparatorios y los actos ejecutivos.

Actos preparatorios: En esta fase el autor del delito se provee de los materiales o conocimientos necesarios para llevar a cabo su delito. Los actos intermedios se consideran un momento intermedio entre la fase interna y la ejecución del delito y pueden ser considerados punibles. Tienen tal consideración los siguientes:

Conspiración: se trata del concierto entre dos o más sujetos para ejecutar un delito y resolución ejecutable

Proposición: se trata de un acto preparatorio en su modalidad de resolución manifestada, que implica una ausencia de actos ejecutivos. Se le denomina a este actor preparatorio inducción frustrada o tentativa de inducción.

Provocación para delinquir: se trata de procurar la perpetración de un delito. En este caso, el provocador no necesariamente ha de tomar parte directa y materialmente en el acto, solo se exige que intente determinar en otros la ejecución de un hecho delictivo.

Actos ejecutivos: En cuanto a los actos ejecutivos: el principio es contrario, es decir, que todos los actos son punibles. Se han utilizado varias teorías para diferenciar los actos preparatorios y los actos ejecutivos:

1. Teorías subjetivas: serían aquellas para las cuales lo determinante es la opinión del autor sobre su plan criminal.

2. Teoría objetivo-material: según esta Teoría, los que se encuentra unidos a los actos ejecutivos de manera que son parte de aquellos.

Los actos ejecutivos, en definitiva son aquellos en que el sujeto comienza la ejecución del delito, independientemente que se termine o no produciendo, es decir que sea consumado (parcial o totalmente) o que se quede en tentativa de delito.

Delito consumado: Cuando el delito se desarrolla y produce sus efectos en forma integral.

Delito frustrado: Tiene lugar cuando alguien ha realizado, con el objeto de cometer un delito, todo lo necesario para consumarlo y, sin embargo, no lo ha logrado por circunstancias ajenas a su voluntad. Se diferencia de la tentativa de delito en que, en este caso, el fracaso en la obtención del resultado delictivo se debe a la voluntad del sujeto activo.

La Tentativa: puede ser de dos tipos, acabada (donde el sujeto realiza todos los actos para la comisión del delito), como inacabada (en la que el sujeto realiza solo una parte de los actos). La diferencia entre estas dos clases de tentativa deviene con respecto a la determinación de la pena, es decir, en el plano práctico

ESCUELAS SOCIOLÓGICAS

Escuela social: Esta apoyada por el filósofo Emile Durkheim, esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica. Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en especial en Lacassagne, son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal". Para la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo, y no el de la igualdad del contrato.Esta escuela introduce el estudio de la motivación en el delincuente y hace la medición punitiva con base en factores objetivos y subjetivos. La responsabilidad penal es individual, pero requiere una depuración de las fuerzas sociales. Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.La escuela social fue la primera en hacer la distinción entre lo patológico y lo no patológico, con énfasis en lo no patológico. El mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de "función social del derecho", en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad.

Escuela Anómica:Su fundamento teórico está basado en la anomia, situación en la cual el desarrollo social desborda al control institucional. El presupuesto operandi está fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a socializarla.La finalidad del sistema jurídico está basado en el hallazgo del nivel natural en la meritocracia. El enfoque es sociológico y se dirige a la contracultura, pero no a la cultura. Solo el proletario aparece representado en las estadísticas de criminalidad. Desde luego la escuela anómica no hace caso omiso de la motivación en el delincuente, pero, en verdad, tampoco hace de este aspecto su principal punto de meditación, puesto que la motivación importante no está en el individuo sino en la sociedad.

Escuela Ecológica:Su fundamento teórico es el que la formación de la sociedad es orgánica y no contractual. El presupuesto operandi está basado en la desigualdad material y muy grande división del trabajo. Su responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y grupal. El hallazgo del equilibrio biótico-social es la finalidad del sistema jurídico.El principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chicago y producto de las inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.

Bonificaron geográficamente las áreas de estudio, donde más haya desorganización más delincuencia habrá. La delincuencia comienza en el centro de las ciudades y se disuelve en las afueras, se refiere como tal a la administración de las zonas geográficas. Ejm: Los operativos policiales en el centro de las ciudades.

Para esta escuela los factores que van a influir en el desarrollo de la delincuencia están en el medio ambiente.

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