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PARCIAL FAMILIA- V O F- UNC


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2020  •  Exámen  •  1.004 Palabras (5 Páginas)  •  114 Visitas

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EJERCITACIÓN FAMILIA 2020 | María Grazia Cáceres

NOS EJERCITAMOS PARA EL PRIMER PARCIAL

VERDADERO O FALSO / COMPLETAR FRASES:

  1. El CCyC establece dos RPM. Uno de ellos es supletorio.
  2. Los alimentos derivados de la responsabilidad parental son retroactivos.
  3. La compensación económica (divorcio) es compatible con los alimentos pos divorciales del articulo 434
  4. El divorcio es incausado pero solo puede ser pedido por ambas partes y cuando haya pasado un tiempo determinado
  5. Los obligados a prestar alimentos parentales son: Los progenitores, los ascendientes en línea recta, los hermanos bilaterales y unilaterales y los parientes afines en 1° grado.
  6. La privación de la responsabilidad parental es una sanción y tiene que haber una sentencia judicial. La suspensión opera de pleno derecho mientras subsista la causal
  7. Los progenitores privados de la RP no deben alimentos nunca más al hijo
  8. Las fuentes de filiación son: TRHA – Por naturaleza – Adopción - Afinidad
  9. Los impedimentos dirimentes son: Parentesco – ligamen – crimen – minoría de edad – falta de salud mental transitoria permanente.
  10. Los impedimentos impedientes son aquellos que causan nulidad (relativa o absoluta)
  11. El Regimen de comunidad tiene una serie de artículos inderogables al que llamamos: (complete la frase)
  12. “La existencia del matrimonio si resulta afectada por la incompetencia o falta del nombramiento legítimo de la autoridad para celebrarlo…”.
  13. Los requisitos de existencia del matrimonio son: (Complete)
  14. Los terceros no se verán afectados por la nulidad del matrimonio siempre que: (Complete)
  15. Las fuentes del parentesco son: (Enumere)
  16. Se pueden oponer al matrimonio todas las personas que consideren que hay que hacerlo y por cualquier motivo
  17. Enumere las dos modalidades extraordinarias de celebración del matrimonio: (complete)
  18. El matrimonio se disuelve por: muerte de uno de los cónyuges; sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento; divorcio declarado judicialmente y separación judicial de bienes.
  19. Las convenciones matrimoniales solo pueden ser sobre:
  20. Los frutos civiles de la profesión, trabajo, comercio o industria de uno u otro cónyuge son gananciales siempre que: (complete)

SUERTE: RECUERDE QUE SI NO SALE ALGUNA PUEDE BUSCAR EN SUS APUNTES PARA QUE YA LE QUEDE GRABADA “FUERTE” EN SU CEREBRO. UNO APRENDE MAS CUANDO SE EQUIVOCA, DICEN POR AHÍ….

YA IRE CARGANDOLES MAS 😊 

BESOS Y ABRAZOS DE OSO

 LA PROFE EVA

RESPUESTAS

  1. El CCyC establece dos RPM. Uno de ellos es supletorio. VERDADERO.

  1. Los alimentos derivados de la responsabilidad parental son retroactivos. VERDADERO.
  1. La compensación económica (divorcio) es compatible con los alimentos pos divorciales del articulo 434. FALSO.
  1. El divorcio es incausado pero solo puede ser pedido por ambas partes y cuando haya pasado un tiempo determinado. FALSO.
  2. Los obligados a prestar alimentos parentales son: Los progenitores, los ascendientes en línea recta, los hermanos bilaterales y unilaterales y los parientes afines en 1° grado. FALSO. (falta descendente)
  1. La privación de la responsabilidad parental es una sanción y tiene que haber una sentencia judicial. La suspensión opera de pleno derecho mientras subsista la causal. VERDADERO.
  1. Los progenitores privados de la RP no deben alimentos nunca más al hijo. FALSO. (art. 704)
  1. Las fuentes de filiación son: TRHA – Por naturaleza – Adopción – Afinidad. FALSO. NO es fuente de la filiación la Afinidad.
  1. Los impedimentos dirimentes son: Parentesco – ligamen – crimen – minoría de edad – falta de salud mental transitoria o permanente. VERDADERO.
  1. Los impedimentos impedientes son aquellos que causan nulidad (relativa o absoluta). FALSO. Impedimento Dirimentes.
  1. El Régimen de comunidad tiene una serie de artículos inderogables al que llamamos: RÉGIMEN PRIMARIO: “el conjunto de normas, referidas a la economía del matrimonio que se aplican de forma imperativa a todo régimen matrimonial, de origen convencional o legal y que tienen por objeto tanto asegurar un sistema solidario que obligue a ambos cónyuges a satisfacer las necesidades del hogar y asegure a los acreedores que esas deudas serán solventadas con el patrimonio de los dos esposos, como proteger la vivienda familiar y lo bienes que la componen”.
  1. “La existencia del matrimonio NO resulta afectada por la incompetencia o falta del nombramiento legítimo de la autoridad para celebrarlo, siempre que al menos uno de los cónyuges hubiera procedido de buena fe, y aquellos ejercieran sus funciones públicamente”.
  1. Los requisitos de existencia del matrimonio son:
  1. El pleno, libre- puro y simple consentimiento expresado personalmente por ambos contrayentes;
  2. Acto de celebración ante la autoridad competente para celebrarlo: el Oficial Público del Registro Civil. En otras palabras, la presencia del oficial público es constitutiva del acto de celebración.
  1. Los terceros no se verán afectados por la nulidad del matrimonio siempre que: No se alteran los efectos que el matrimonio haya producido con respecto a los terceros de buena fe. Según el art. 426 CCyC: “La nulidad del matrimonio y la buena o mala fe de los cónyuges no perjudica los derechos adquiridos por terceros, que de buena fe hayan contratado con los cónyuges”. Quedan así protegidos los derechos de quienes hubiesen contratado con los contrayentes creyéndolos válidamente casados.
  1. Las fuentes del parentesco son: TRHA – Por naturaleza – Adopción – Afinidad.
  1. Se pueden oponer al matrimonio todas las personas que consideren que hay que hacerlo y por cualquier motivo. FALSO.
  1. Enumere las dos modalidades extraordinarias de celebración del matrimonio:
  1. Matrimonio a distancia (art. 422 CCyC);
  2. Matrimonio en artículo de muerte (art. 423 CCyC)
  1. El matrimonio se disuelve por: muerte de uno de los cónyuges; sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento; divorcio declarado judicialmente y separación judicial de bienes. FALSO.
  1. Las convenciones matrimoniales solo pueden ser sobre: (enumeración taxativa)
  1. La designación y avalúo de los bienes que cada uno lleva al matrimonio;
  2. La enunciación de las deudas;
  3. Las donaciones que se hagan entre ellos;
  4. La opción que hagan por alguno de los regímenes patrimoniales previstos en el CCyC.
  1. Los frutos civiles de la profesión, trabajo, comercio o industria de uno u otro cónyuge son gananciales [art. 465 inc. d)] siempre que: sean DEVENGADOS durante la comunidad. Y el inc. e) aclara lo devengado durante la comunidad como consecuencia del derecho de usufructo de carácter propio será ganancial.

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