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PROCESO ABREVIADO LABORAL.

gianfranco95Apuntes27 de Agosto de 2016

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“AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU”

UNIVERSIDAD CONTINENTAL

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FACULTAD: DERECHO

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“PROCESO ABREVIADO LABORAL”

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MATERIA:              Derecho Procesal Laboral        

DOCENTE:             Gigliola Yokoyama Consiglieri

 

AUTORES:             

Acevedo Vilcahuaman José Carlos

Beltrán Guevara Giancarlo Wilfredo

                                 Chávez Huacaychuco Ingrid                              

                                 Flores Rodriguez Gianfranco Ricardo

                                 Torpoco Pacheco María Isabel

                                                                                                                                                           CICLO:                     Noveno

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HUANCAYO – PERÚ

2016

DEDICATORIA

Esta monografía va dedicada a nuestros docentes que nos brindaron sus conocimientos durante cada día de clases  para apasionarnos aún más en nuestros nobles estudios de la abogacía.

INTRODUCCIÓN

El derecho procesal laboral es una rama del Derecho que se ocupa de los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sean entre empresario y trabajadores sobre el contrato de trabajo y derechos provenientes de éste o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración.

La Nueva Ley Procesal de Trabajo constituye un cambio favorable al sistema judicial del país, en efecto los empleadores y trabajadores se ven beneficiados porque el proceso es corto, rápido, simple, primando la oralidad.

Es en base a estas características que fundamentan el nuevo proceso laboral es que se han generador distintos procesos que cautelaran diferentes intereses y peculiaridades que determinaran el uso de determinados procedimientos que permitirán resolver los conflictos socio laborales.

Por una cuestión de delimitación de nuestro trabajo, a analizar, en esta ocasión, las principales características del PROCESO ABREVIADO LABORAL. Para eso, determinaremos cuáles son las materias que se analizarán en este procedimiento; también, intentaremos ubicar qué principios fundamentan la existencia de este tipo de procesos; y, finalmente, cuál es el desarrollo de este proceso configurado en la NLPT.

ÍNDICE

PORTADA

DEDICATORIA

INTRODUCCIÓN

ÍNDICE

CAPITULO I

GENERALIDADES SOBRE EL PROCESO ABREVIADO LABORAL

1.1.        MATERIAS DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL…………………..……….05

1.1.1.        CRITERIOS MATERIAL……………………………………………………………..05

1.1.2.        CRITERIO CUANTITATIVO…………………………………………………………06

1.2.        PRINCIPIOS QUE FUNDAMENTAN EL PROCESO ABREVIADO LABORAL..06

1.2.1.        EL PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN………………………………………...….07

1.2.2.        EL PRINCIPIO DE CELERIDAD……………………………………………………07

CAPITULO II

DESARROLLO DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL

2.1.        TRASLADO Y CITACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA……………………………….08

2.2.        AUDIENCIA ÚNICA…………………………………………………………………..08

.

CAPITULO III

ETAPAS DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL

3.1.        ETAPAS DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL…………………………..…..10

3.2.        ETAPAS DE LA AUDIENCIA ÚNICA……………………………………………….11

CAPITULO IV

PROCESO ABREVIADO LABORAL COMO UNA VIA IGUAL DE SATISFACTORIA QUE EL PROCESO DE AMPARO

4.1.      RESPECTO A LA REPOSICION COMO PRETENSION PRINCIPAL…………..14

  1. EL PROCESO ABREVIADO COMO VIA PROCEDIMENTAL DE NATURALEZA JUDICIAL……………………..………………………………………………...........16
  2. EL PROCESO ABREVIADO LABORAL ES UNA VIA PROCEDIMENTAL ESPECIFICIA……………………………………..……………………...................16
  3. EL PROCESO ABREVIADO LABORAL ES UNA VIA PROCEDIMENTAL IGUALMENTE SATISFACTORIA……………..………..……………………….…16
  1. PRETENSIONES RELATIVAS A LA VULNERACION DE LIBERTAD SINDICAL……………………………………………………………………………..18
  2. DECLARACION DE IMPROCEDENCIA…………………………………………..19

CONCLUSIONES

FUENES DE INFORMACIÓN

CAPITULO I

 GENERALIDADES SOBRE EL PROCESO ABREVIADO LABORAL

 

El proceso abreviado se caracteriza por reducir la duración de actos procesales innecesarios, por lo que se concentra los mismos en base al principio de economía procesal y otros principios que se desarrollaran durante la exposición del presente trabajo. De esta manera, el proceso laboral abreviado en la NLPT busca resolver el conflicto jurídico laboral en el menor tiempo posible, invocando al principio de celeridad.

La celeridad mayor está prevista para los procesos sobre libertad sindicar o reposición y los de cuantía menor (50URP). En estos casos procederá el proceso abreviado.[1]

A diferencia de lo que sucede con el proceso ordinario laboral que se encuentra estructurado por audiencias, una de conciliación y otra de juzgamiento, además el proceso abreviado laboral se estructura bajo una audiencia única que comprende cinco etapas: conciliación, confrontación de posiciones, actuaciones probatorias, alegatos y sentencia.[2]

Podemos identificar que el proceso abreviado laboral, regulado en el Capítulo II del Título II de la NLPT se encuentra diseñado como un procedimiento específico para atender la pretensión de reposición del trabajador.

  1. MATERIAS DEL PROCESO ABREVIADO LABORAL:

El proceso abreviado laboral puede ser iniciado ante el Juez Especializados de Trabajo o ante el Juez de Paz Letrado Laboral. Podemos señalar que existen dos criterios para determinar la materia a tratar dentro de este proceso laboral, siendo estos:

1.1.1.         CRITERIO MATERIAL.- Es asi que en el artículo 2° de la NLPT señala que el juez especializado de trabajo conocerá, a través del proceso abreviado “LA REPOSICION CUANDO ESTA SE PLANTEA COMO PRETENSION PIRNCIPAL UNICA” y “LAS PRETENSIONES RELATIVAS A LA VULNERACION DE LA LIBERTAD SINDICAL”.[3]

Esta distribución como podemos ver, guiada por un criterio material, y por qué ambos asuntos guardan tal trascendencia que requiere tutela expeditiva y breve.

1.1.2.         CRITERIO CUANTITATIVO.- El artículo 1° inciso 1) señala que los juzgados de paz letrados laborales conocen “El proceso abreviado laboral, las pretensiones referidas al cumplimiento de obligaciones de dar no superiores a cincuenta (50) Unidades de Referencia Procesal (URP) originadas con ocasión de la prestación personal de servicios de naturaleza laboral, formativa o cooperativista, referidas a aspectos sustanciales o conexos, incluso previos o posteriores a la prestación efectiva de servicios”.

Como podemos apreciar el legislador ha considerado que el incumplimiento de obligaciones laborales, valoradas en una cuantía poco elevada, debe ser discutido en un proceso de corto trámite.

Si superase dicho monto, el procedimiento a iniciarse no sería el proceso abreviado laboral, sino el proceso ordinario laboral y, además, el juez no serían el Juez de Paz Letrado Laboral, sino el juez  especializado de trabajo.

PROCESO ABREVIADO LABORAL

JUEZ ESPECIALIZADO LABORAL

La reposición cuando esta se plantea como pretensión principal y única.

Pretensiones relativas a la vulneración de la libertad sindical

JUEZ DE PAZ LETRADO LABORAL

Pretensiones referidas al cumplimiento de obligaciones de dar no superiores a 50 URP originadas con ocasión de la prestación personal de servicios de naturaleza laboral, formativa o cooperativista, referidas a aspectos sustanciales o conexos,

Incluso previos o posteriores a la prestación efectiva de servicios.[4]

PROCESO ABREVIADO LABORAL

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