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PROCESO DE FORMACION DOCENTE EN VENEZUELA


Enviado por   •  14 de Octubre de 2015  •  Ensayos  •  2.619 Palabras (11 Páginas)  •  363 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR

INSTITUTO PEDAGÓGICO RURAL “GERVASIO RUBIO”

SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO.

SUBPROGRAMA DE DOCTORADO EN EDUCACIÓN

FORMACIÓN DOCENTE EN VENEZUELA. DESAFÍOS DEL SIGLOS XXI          

 Ensayo

Autora: Rita Mora de Dukon

San Cristóbal, Noviembre de 2014

 FORMACIÓN DOCENTE EN VENEZUELA. DESAFÍOS DEL SIGLOS XXI          

 Ensayo

Autora: Rita Mora

 La formación  docente forma parte de un contexto muy amplio, en la que convergen múltiples  factores:   políticos, económicos, sociales, culturales e ideológicos. Desde esta perspectiva es también una  demanda del estado. Por tal motivo la formación docente es parte de un entramado, cultural histórico y político, en la cual este estado admite la importancia del docente, su protagonismo y su necesidad para el logro del progreso de un país.

Este proceso formativo debe partir de una clara concepción del hombre y del mundo, de la sociedad, del régimen político, en este aspecto este ensayo aspira reflexionar al siguiente respecto: ¿El Estado venezolano ha respondido con respecto a la formación del docente frente a los desafíos del siglo XXI? En tal sentido, se analizará los aspectos políticos, legales y  curriculares. Se  aspira que estudiar esta secuencia se explique si respondemos a las necesidades en la formación del profesorado y sus implicaciones.

   En Venezuela a finales del siglo pasado, específicamente en las dos últimas décadas, se aprueba dos documentos que regirá la formación docente. Ellos son: la resolución  N°12 (1983), en el cual se asume a la carrera docente como un proceso continuo de formación, que persigue mejorar la preparación del docente en servicio y mantenerlo en constante crecimiento personal y profesional con el propósito  de elevar la calidad de vida de la educación venezolana. En cuanto a la estructura curricular para ese momento histórico se organiza en cuatro componentes; Formación general, formación pedagógica Formación especializada y práctica profesional.

 En este mismo orden, otro documento político lo constituye la resolución N° 1. De fecha  15 de enero de 1996, lo dicta el Ministerio de Educación siendo el ministro de este Despacho Antonio Luis Cárdenas. Esta resolución en su parte expositiva considera los siguientes aspectos: (a) La formación docente es elemento clave para la educación de calidad. (b) El Ministerio de Educación es el responsable de asegurar la preparación de  los profesionales que demanda el sistema educativo venezolano. (c) Por la dinámica educativa del país, se toma en cuenta la experiencia de las instituciones de educación superior para la administración de los lineamientos de la resolución 12 (d)  Existe un creciente déficit de profesionales docentes para atender las necesidades de crecimiento de educación preescolar y básica. (e) Necesidad de revalorizar la dignidad y respeto de la docencia como profesión para asegurar adecuadas oportunidades de actualización y mejoramiento permanente del docente en servicio.

Sin duda alguna estos dos instrumentos de orden legal, se constituyen un importante papel político para el logro de una calidad educativa en el país, a través de la creación de un instituto para la formación docente, la creación de aulas para promocionar la educación infantil y cubrir la demanda matricular de la grupo etaria para la educación preescolar y básica, este aspecto fue respaldado entre algunas  acciones.

Más adelante la fundamentación legal del proceso de formación docente se apoya en nuestro país  en la Constitución Nacional (CRBV, 1999), La ley orgánica de Educación (LOE,2009), y reglamentos.

Fundamentos legales de la formación docente en Venezuela. Están definidos en la CBRV (1999), los artículos 103 y 104. La Educación como derecho humano y un deber social fundamental. Le adiciona que es democrática, gratuita y obligatoria. Es indeclinable en todos sus niveles y modalidades y como instrumento del conocimiento científico, humanista y tecnológico. Es un servicio público fundamentado en el respeto a todas las corrientes pensamiento, con la finalidad para desarrollar el potencial creativo de cada humano y el pleno ejercicio  de su personalidad.

Art. 103  Toda persona tiene derecho a la educación. Integral, de calidad, permanente y en igualdad de condiciones y oportunidades.  La educación es obligatoria en todos sus niveles

Art. 104. La educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad académica. Estado estimulará su actualización permanente y les garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera docente…En un régimen de trabajo y  nivel de vida acorde con su elevada misión. El ingreso promoción y permanencia en el sistema educativo, serán establecidos por la ley y responderán a criterios de evaluación y méritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza académica.  

         En cuanto al segundo documento la LOE (2009), es importante señalar en el  Capítulo IV.  Lo atinente a la Formación y Carrera Docente. Incluido en este documento en los art. 37  al 40,  y prescriben: Art. 37 Es función del estado venezolano la formulación, regulación seguimiento y control de las políticas de formación docente. Este proceso se regirá por una ley especial que al efecto se dicte.

 Art. 38. La formación permanente es un proceso integral, continuo que mediante políticas, planes, programas y proyectos actualiza y mejora el nivel de conocimientos y desempeño de los docentes. La formación permanente deberá garantizar el fortalecimiento de una sociedad crítica, reflexiva y participativa en el desarrollo y la trasformación social del país.

Art. 39 Política de formación permanente.  El Estado a través de los subsistemas de educación básica, y de educación universitaria diseña, dirige, administra y supervisa la política de formación permanente para los responsables y corresponsables de la administración educativa y para la comunidad educativa. Con el fin de lograr de lograr la formación integral como ser social, para la construcción de la nueva ciudadanía, que promueve los valores consagrados en la constitución Nacional, y desarrolla potencialidades y actitudes para aprender propicia la reconstrucción e innovación del conocimiento, de los saberes y de la experiencia, fomenta la actualización el mejoramiento de ciudadanos, fortalece la familia, y propicia la participación de comunidades organizadas en la planificación y organización de programas sociales en la comunidad.

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