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Parcial 2 derecho penal


Enviado por   •  15 de Agosto de 2016  •  Exámen  •  564 Palabras (3 Páginas)  •  231 Visitas

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PREGUNTA NUMERO 1

RELACION ENTRE TIPO – ANTIJURICIDAD PARA EL POSITIVISMO JURIDICO:

El positivismo jurídico, concibe al tipo como pura descripción de los caracteres objetivos del hecho delictivo, el tipo está separado de la antijuricidad , concebida objetivamente y de la cual solo es un indicio.

RELACION ENTRE TIPO- ANTIJURICIDAD PARA EL NORMATIVISMO:

A diferencia del positivismo jurídico, el tipo pasa de mero indicio de la antijuricidad a ser fundamento de esta ( antijuricidad tipificada ) y se propugna la admisión de elementos de elementos subjetivos del injusto. La consecuencia de ello es la aceptación de causas supralegales de justificación.

PREGUNTA NUMERO 2

  • FASE INTERNA DE LA ACCION EN LA CONCEPCION CAUSAL:

Para esta concepción, entiende a la acción puramente causal de la voluntad respecto del movimiento  exterior realizado por el agente, desvinculada del contenido de esa voluntad, toma en cuenta la actuación exterior de la voluntad. En lo que respecta a la fase interna, el causalismo reduce la fase interna al impulso voluntario.

  • FASE INTERNA DE LA ACCION EN LA CONCEPCION FINALISTA:

Para la concepción finalista, la fase interna transcurre en la esfera del pensamiento.

La concibe como anticipación (o proposición) del fin que el autor quiere realizar, seguida de la elección de los medios para su realización y la consideración de los efectos concomitantes que van unidos a los factores causales elegidos.

PREGUNTA NUMERO 3

LOS ELEMENTOS NORMATIVOS DEL TIPO:

Estos elementos no son perceptibles por medio de los sentidos y solo se pueden captar por un “acto de valoración “.

Según la distinta naturaleza de la valoración se puede clasificar en :

  • Valoraciones jurídicas : algunos tipos contienen referencias a conceptos jurídicos , de los cuales se puede distinguir :
  1. Las valoraciones de índole jurídico que adelantan sistemáticamente la antijuricidad del hecho al momento del examen de su tipicidad y son incompatibles con la concurrencia de causas de justificación.
  2. Las valoraciones sobre determinadas cuestiones jurídicas que no deciden sobre la antijuricidad del hecho, razón por la cual es factible la subsistencia de la tipicidad penal pese a la concurrencia de alguna causa de justificación.
  • Valoraciones culturales: tipos que contienen elementos con significación cultural.
  • Valoraciones científicas: Algunos tipos que requieren juicios de índole científica por parte de profesionales de la salud.

PREGUNTA NÚMERO 4:

La enfermera es autora de  omisión. Se le puede atribuir la muerte del paciente (omisión impropia), ya que la enfermera tiene una especial relación de resguardo con el paciente (posición de garante), y contaba con el poder de evitar la lesión, en este caso la muerte del paciente suministrándole los medicamentos.

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