Politica criminal.
Estuardo GarciaEnsayo17 de Mayo de 2016
3.003 Palabras (13 Páginas)1.027 Visitas
POLÍTICA CRIMINAL
- INTRODUCCIÓN
La expresión política criminal se emplea desde el siglo XVIII en varios sentidos y bajo concepciones, de muy difuso contenido que le han lleva- do a perder su carácter semántico (modelo de política criminal). En nuestros días, predomina un concepto que le asigna la función de establecer un estándar (deber ser), para configurar la legislación y jurisprudencia penal, con el objeto de propender a la eficaz protección de la sociedad.
Su configuración en nuestro país, no se aleja de este errático divagar que entre aciertos y fracasos condicionan al sistema en general. Así no nos ha de extrañar como hasta antes de la reforma, se limitaba al establecimiento de ciertas estrategias en forma de modelos rústicos que, (en México fue con Porfirio Díaz que se habló por primera vez de este tema), dada su falta de sistematicidad y coherencia con los principios rectores del Estado, se confrontan flagrantemente, dando pauta para asistir al triste espectáculo de reiteradas y graves violaciones a los derechos humanos en nuestros días, lo que devalúa nuestro sistema político al punto de desnaturalizarle en su substancia, desatendiendo sus obligaciones internas y los compromisos suscritos con la comunidad internacional.
- POLÍTICA CRIMINAL CÓMO POLÍTICA PÚBLICA
Para mejor comprender la importancia que tiene la política criminal en la sociedad, diremos que ésta comparte como sustrato base, el de ser una política pública referida a un ámbito determinado del conflicto social y opera cuando el Estado decide como alternativa otorgarle al fenó- meno específico la categoría de delito y a la persona que lo comete, la calificación de delincuente.
El Estado debe desarrollar otras estrategias para su superación, sea mediante directrices políticas generales (mega políticas públicas) dirigidas a los sistemas educativos, de salud, de vivienda, de empleo, etcétera, o mediante acciones específicas para el caso dado y particular (política pública referida a un rubro). En el primero de ellos, esto es, en los casos en que las directrices generales, sistémicas y abstractas están dirigidas a la sociedad en su conjunto como manifestación acreditada del poder público, diremos que estamos frente a una política pública del mismo orden y en el segundo, solo a acciones asiladas con las mismas características, pero enfocadas por el Estado para un caso específico y determinado. Así la política pública, comprende a la política criminal y la circunscribe al orden de los fenómenos criminales.
Siguiendo lo hasta aquí expuesto, debemos tener presente que en la actualidad existen dos acepciones de la política pública, 17 una como ciencia y otra, como instrumento del poder político
a través del cual materializa su ejercicio. Sus características, en tanto ciencia según Harold Laswell redundan en que tienen distintas orientaciones por ser multidisciplinarias y multimetódicas; están orientadas hacia problemas reales y específicos; y su enfoque debe trazar un mapa contextual que incluya diversas etapas (proceso, opciones, y resultados), con el fin de integrar los conocimientos técnicos obtenidos de la práctica, refundirlos e incorporarlos como nuevo conocimiento para la adecuada toma de decisiones por parte del Estado.
Si bien es cierto, hoy existe un significado diferenciado del concepto de las políticas públicas, ya que no es un término preciso o acabado, que resulte identificable para todos. Incluso no se traduce de la misma manera en todos los idiomas.
Sin embargo, asumiendo esta problemática, proponemos para los fines del trabajo indicar que la política pública “Es la actividad, enfocada en definir y diseñar la intervención del Estado frente a cuestiones social- mente problematizadas, orientada por las directrices de la justicia, la equidad, la seguridad y el bien común, para procurar la convivencia social pacífica”.
Al conformar la estrategia general, con la que el poder estatal enfrentará el fenómeno del delito, supra determina a los órganos del sistema, sus atribuciones y las competencias que para tal actividad se requieren, sirviendo de guía para dirigir la reacción de mayor gravedad que un Estado puede intentar contra sus ciudadanos.
En este contexto, las políticas públicas son instrumentos del Estado, que le sirven para adoptar las mejores decisiones, para la resolución de conflictos socialmente problematizados23 y tienen como objetivo, acercar el apoyo científico a las actividades de gobernar, para optimizar el ejercicio del poder y los recursos de que se dispone. Sirven a este objeto tanto su:
- Enfoque: filosófico, jurídico, económico, político, etcétera.
- Método: Las políticas públicas, al igual que el derecho comprenden una diversidad de métodos y acorde con el tipo de Estado se habrá de precisar el mismo.
- Multidisciplina: Tienen un gran alcance ya que se relaciona con di- versas disciplinas, las cuales, dependiendo el rubro adoptará otras orientaciones cognitivas.
Podemos aseverar entonces que, la implementación de una política pública, incluida la de orden criminal, supone por un lado, un Estado cuyo sistema político es altamente competitivo, con participación ciudadana, transparencia y con mecanismos de rendición de cuentas efectivos y por otro, la vinculación directa de tales directrices, con el sistema económico y jurídico en que se pretende incrustarles (economía de libre mercado, economía socialista y economía mixta).
El proceso evolutivo y la nueva lógica del constitucionalismo en México, nos dirige correctamente para establecer un modelo
de Estado social y democrático de derecho, lo característico de este modelo, es la vinculación entre los contenidos sociales, los concernientes pluralismos, los mecanismos de rendición de cuentas, la transparencia, la participación ciudadana, etc. Estas características son importantes para el ejercicio de los Derechos que corresponden a la sociedad, cuando ejerce un efectivo control vertical sobre los órganos de poder, de manera general es posible aseverar que un Estado que prescinde de estos elementos tiende a la adopción de argumentos dogmáticos para ejercer su autoridad.
- MÉTODO, FUNCIONES, FINES Y LÍMITES DE LA POLÍTICA CRIMINAL
Si seguimos la lógica de lo hasta aquí planteado, habremos de advertir que los modelos de política criminal, le otorgan un valor particular al sistema dogmático, el cual, no es ajeno a su significado metodológico y en consecuencia la idea de funcionalidad, se aproxima insoslayable- mente a lo estructural, derivándose de ello un sistema con base en el estructural–funcionalismo.
En consecuencia esa construcción cultural, formalizada por un cúmulo de discursos y convenciones dogmáticas, define también sus fines, pero no considera que la sistemática se retrotraiga al análisis de sus consecuencias, en aras de implementar métodos integrales de investigación, medidas cautelares, salidas alternas del proceso, mecanismos alternativos de solución de conflictos, una etapa integral de ejecución de la sanción penal, medios de defensa, etcétera, que representen mayores beneficios para la sociedad.
Es claro, que el método sociológico, permite abordar desde diversos ángulos el estudio de los problemas sociales y, si tenemos en cuenta, la idea básica que nos proporciona el funcionalismo, como sistema metodológico de investigación científica, en relación al método de investigación sociológica, se puede observar, según dichos postulados, que las investigaciones sociales no deben contenerse con el análisis causal
Que explican o determinan los fenómenos objeto de análisis, sino que también deben plantearse, las funciones, fines y límites que se desprenden del propio efecto.
Si seguimos este método, advertiremos, que es aquí donde se refleja la necesidad insoslayable de diseñar las funciones, fines y límites de la política criminal orientada por el respeto de las garantías individuales y los derechos humanos, bajo una mirada amplia e integral de la sociedad.
Lo cual implica que el estudio de la sociedad resulte más completo si se subsume en la lógica de los fines de un Estado social y democrático de derecho, y ello es totalmente contrario, a lo que normalmente ha operado en la ciencia penal.
No debemos olvidar que el problema que subyace en la regulación del proceso penal, es el conflicto existente entre el Ius puniendi y la libertad de los ciudadanos. El proceso penal debe constituir una verdadera garantía, que busque un equilibrio entre ambos. Ello significa el reconocimiento de las garantías y derechos humanos del
ciudadano, pilar del Estado social y democrático de derecho.
En el que sus funciones obedezcan a una actividad coherente, continua y especial, determinadas por los fines en los que encuentran su justificación. Este conjunto de actos y actividades, propios del Estado, de- ben supeditarse a aquellos cometidos, metas u objetivos que, como ya habíamos mencionado, pretenden garantizar: el respeto por los derechos Humanos, la seguridad, la justicia, la equidad y el bien común.
...