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PreguntAS GENERADORAS


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2013  •  2.187 Palabras (9 Páginas)  •  448 Visitas

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TUTORIA # 1

PROCESO EVOLUTIVO DE LA SLUD OCUPACIONAL A TRAVES DE LA HISTORIA DE LA HUMANIDAD, LA ESTRUCTURA JERARQUICA DEL SISTEMA NORMATIVO EN COLOMBIA, LA CREACION DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, SU CONFORMACION Y FORMAS DE PRONUNCIAMIENTO

1. CUAL HA SIDO EL PROCESO EVOLUTIVO DE LA SLUD OCUPACIONAL A TRAVES DE LA HISTORIA DE LA HUMANIDAD A NIVEL MUNDIAL Y A NIVEL COLOMBIANO?

Según referencias de la Organización Panamericana de la Salud (31) se hace mención en el siglo IV A.C a Hipócrates de Cos quien habla de las enfermedades que presentan los llamados “trabajadores de las canteras” que eran los mineros de ese entonces.

Luego, en la era cristiana Plinio el Viejo, describió las enfermedades pulmonares entre los mineros y los envenenamientos por azufre y zinc, acuñando la denominación de “enfermedades de los esclavos” para referirse a dichas alteraciones. En el siglo II Galeno detalla las enfermedades ocupacionales entre los trabajadores del mediterráneo.

Ya en el siglo XVI, George Agrícola, médico y naturalista sajón, en su principal obra, el tratado “De la Re Metálica” (De la Cosa Metálica) la cual fue publicada póstumamente en 1556, menciona las enfermedades que afectan a los mineros como la Neumoconiosis. En ese mismo siglo, Paracelso escribe la primera monografía “Vonder Birgsucht Und

Anderen BergranK Heiten”, que relaciona la acción de las sustancias usadas en el trabajo y la enfermedad en el trabajador, describe la toxicidad del mercurio y sus principales síntomas (31).

Con el surgimiento de la Revolución Industrial, después de la mitad del siglo XVIII, es el momento histórico en el que más vivamente se puede vislumbrar el impacto en la salud humana de las condiciones de trabajo en las cuales se desenvuelven los trabajadores, por lo que emerge una preocupación esencial por indagar acerca de las enfermedades del trabajo y la toxicología (60). Aparece el tratado “De Morbis Artificum Diatriba” (Tratado de las Enfermedades de los Artesanos), formulado en 1700 por Ramazzini, donde se revisan 52 oficios distintos, analizando sus riesgos y medidas de prevención. Es en este tratado donde por primera vez se menciona el significado económico de la salud (61).

Básicamente esta obra se orienta por una pregunta simple pero fundamental que el autor recomienda tener en consideración: ¿Cuál es tu ocupación? (31) El primer estudio en el campo de la medicina ocupacional que se pudiera etiquetar de epidemiológico fue publicado en 1775 por Sir Percival, que llamó la atención sobre la elevada ocurrencia del cáncer de escroto entre los deshollinadores (60).

García (21), afirma que en el discurso de la medicina anterior al siglo XVIII no se establece un nexo claro entre salud y trabajo y sólo en el capitalismo la medicina relacionará estos dos conceptos. Con todo esto, Cristina Laurell (62) asevera que la medicina ha abordado esta relación de forma empírica que no permite un análisis de la esencia de la díada trabajo-salud, ni tampoco identificar lo que determina el surgimiento, 32 el desarrollo, la transformación o la desaparición de conceptos médicos relacionados con el trabajo.

En el siglo XIX, ocurren importantes cambios en la dinámica del mundo del trabajo, que aunque no corresponden de manera directa con la historia de la salud ocupacional si dan cuenta de transformaciones en la relación ser humano-trabajo y con implicaciones significativas en su salud. Esta etapa, cuya irrupción en el escenario de la historia tiene por prólogo las revoluciones europeas de 1848, la publicación del Manifiesto Comunista y los prolegómenos de los Estatutos de la Asociación Internacional de Trabajadores,

corresponde a la vigencia del movimiento obrero organizado como portador y protagonista de un proyecto social alternativo al orden vigente. Para ese movimiento “el trabajo es la única fuente de toda riqueza, que si no revierte en beneficio de quienes la producen es sólo porque les es expropiada por los capitalistas. El obrero con conciencia de clase puede vivir en ese contexto como artífice del progreso y, si está desposeído, no es por una calamidad, sino por una injusticia” (8).

Entrando a los albores del siglo XX, y con ocasión del “Tratado de Versalles” en su fracción XIII, se orienta la medicina ocupacional a la prestación de primeros auxilios y hospitalización especializada, siendo estos acuerdos la antesala de la creación de la Organización Internacional del Trabajo (63) como el estamento internacionalmente reconocido que se ocupa de los asuntos relacionados con el trabajo y las relaciones laborales.

El siglo XX se muestra como aquél en el cual se configuran logros significativos en la seguridad de los lugares de trabajo y de la salud ocupacional con reducciones substanciales de los accidentes de trabajo, atribuidos a riesgos de exposición laboral. Evans (64), demuestra un ejemplo de esta tesis al indicar que en un condado de

Pensilvania, en 1907, murieron 526 trabajadores, de los cuales 195 trabajan en acerías, mientras que en 1997, apenas fallecieron 17 trabajadores de la industria del acero, en todo los Estados Unidos.

Según De Souza (65), en el transcurso de los últimos dos siglos, los aspectos de la salud y la seguridad del trabajo han sido influenciados por innumerables factores económicos, políticos y sociales entre los cuales se destacan, entre otros, la estructura macroeconómica, el nivel de industrialización, la organización (y volumen) de las empresas y el grado de desenvolvimiento (socio-económico y cultural). Un asunto que se vuelve en primordial es el de elucidar cuáles son las transformaciones que se han dado lugar en el mundo del trabajo y en la disciplina de la salud ocupacional en el marco de las tendencias globalizantes

2. CUAL HA SIDO EL PROCESO EVOLUTIVO DE LA LEGISLACION LABORAL Y SOBRE SALUD OCUPACINAL EN COLOMBIA?

En Colombia Rafael Uribe, en 1910 plantea el debate alegado por qué razón si al soldado herido en una batalla se le da una pensión por que no debe dársele otra igual al trabajador lesionado en su batalla diaria por el sustento.

En 1935 se implanta una legislación laboral avanzada, que sin embargo, se interesa más por el aspecto de indemnizaciones que de prevención de los accidentes.

El aspecto preventivo se ha desarrollado posteriormente y ha tenido especial impulso con la fundación del consejo colombiano de seguridad industrial en 1954.

Actualmente en Colombia hay las siguientes entidades interesadas por la seguridad industrial, trabajado activamente en prevención de accidentes:

• Ministerio de la protección social

• Instituto de Seguros Sociales

• Administradora de Riesgos Profesionales

• Sena

• Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo

• Instituto Colombiano de Normas Técnicas

En el año 1979 se expiden en el país reglamentos definidos en cuanto a la obligación legal de hacer seguridad y desarrollar programas de salud ocupacional. La Ley 9 de 1979 llamada Código Sanitario Nacional, y las resoluciones 2400, 2406, 2413 y 01405 conforman lo que se ha denominado “Estatuto de Seguridad e Higiene Industrial”. Dicha Ley contempla en general aspectos sobre conservación de la salud ocupacional y la prevención de accidentes. El código es el marco general y en él se otorga facultades al Ministerio de Salud para que a través de la división de control de accidentes y Salud Ocupacional, se expidan las reglamentaciones complementarias y se vigile y controle su cumplimiento.

3. CUALES SON LOS FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DEL TRBAJADOR Y LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA?

Según la Constitución Política de Colombia los fundamentos relacionados con el trabajo y la salud ocupacional son los siguientes:

1. Artículo 11: El derecho a la vida es inviolable.

2. Artículo 12: Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

3. Artículo 13: Todas las personas nacen libres e iguales ante la Ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismos derechos.

4. Articulo Toda las personas tienen derechos al libre desarrollo de su personalidad.

5. Artículo 17: Se prohíbe la esclavitud, la servidumbre.

6. Artículo 18: Se garantiza la libertad de conciencia.

7. Artículo 20: Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones.

8. Artículo 21: Se garantiza el derecho a la honra.

9. Artículo 23: Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular.

10. Artículo 24: Todo Colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional.

11. Artículo 25: El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.

12. Artículo 26: Toda persona es libre de escoger profesión u oficio.

13. Artículo 28: Toda persona es libre.

14. Artículo 39: Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado.

15. Artículo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.

16. Artículo 53. El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:

Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

17. Artículo 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.

18. Artículo 55. Se garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley. Es deber del Estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo.

19. Artículo 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador.

20. Artículo 57. La ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas.

FUNDAMENTOS LEGALES DE LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA

 Legislación Colombiana vigente en Riesgos Profesionales1.

 Normas Técnicas Colombianas (NTC) en Salud Ocupacional

5. CUAL ES LA UBICACIÓN JERARQUICA DE LAS NORMAS COLOMBIANAS EN LA PIRAMIDE DE KELSEN?

Bien, es hora de revisar en el texto básico la teoría de la pirámide de Kelsen.

Para fundamentar un poco más los principios de constitucionalidad de la ley y de supremacía constitucional es necesario referirnos a lo manifestado por Kelsen, el cual señalaba a la Constitución como la norma positiva de mayor jerarquía, la cual se encuentra en la cúspide de la pirámide jurídica y de la cual se deriva el fundamento de validez del resto de normas que se encuentran por debajo de ella.

Hans Kelsen, trató al sistema de normas jerarquizadas como una pirámide de varios pisos, como ejemplo tomemos este gráfico bajado de Internet7

.Este sistema jerarquizado que muestra la supremacía de la Constitución, fue dada por Kelsen bajo cuatro aspectos:

a) La relación existente entre la norma que regula la creación de otra y esta misma norma, puede presentarse como un vínculo de supra y subordinación, siendo estas figuras del lenguaje de índole espacial.

b) La norma que determina la creación de otra, es superior a ésta; la creada de acuerdo con tal regulación, inferior a la primera.

c) La unidad de éstas hallase constituida, por el hecho de que la creación de una norma –la de grado más bajo- se encuentra determinada por otra -de grado superior-.

d) Lo que constituye la unidad del sistema es precisamente la circunstancia de que tal regres sus termina en la norma de grado más alta, la norma básica, que representa la suprema razón de validez de todo el orden jurídico.

ESTRUCTURA JERÁRQUICA DEL SISTEMA NORMATIVO EN COLOMBIA.

• Régimen en pensiones

• Atención en salud

• Riesgos Profesionales

6. CUALES SON LOS ANTECEDENTES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO OIT, QUE ORGANOS LA CONFORMAN, QUE FUNCION CUMPLEN ESTOS ORGANOS Y COMO ESTAN CONFORMADOS?

La finalidad de la OIT es promover oportunidades para que los hombres y las mujeres puedan conseguir un trabajo decente en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana.

Estas normas de la OIT adoptan la forma de Convenios o recomendaciones internacionales de trabajo.

Los primeros son tratados internacionales sujetos a la ratificación de los estados miembros de la organización.

Las recomendaciones son instrumentos no obligatorios que sirven de orientación en la materia, en los ámbitos político, legislativo y practico.

Colombia, desde el año 1919, es miembro de la OIT.

Los convenios ratificados por Colombia se clasifican por los siguientes temas:

• Derechos humanos fundamentales

• Empleo

• Administración de trabajo

• Condición de trabajo

• Seguridad social

• Trabajo de menores

• Categorías especiales de trabajadores

TRASLADOS O CONVENIOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR EL ESTADO COLOMBIANO, QUE PROTEGEN EL TRABAJO Y LA SALUD OCUPACIONAL.

• Comunidad Andina de Naciones (CAN)

• Organización Internacional del Trabajo (OIT)

• Organización Mundial de la salud (OMS)

• Organización Internacional de Exploración Geofísica (IAGC)

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