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Principios Constitucionales En El Derecho Fiscal


Enviado por   •  28 de Enero de 2015  •  1.909 Palabras (8 Páginas)  •  526 Visitas

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INTRODUCCION

El derecho fiscal se encarga de regular las normas jurídicas que van a regir la implementación del poder tributario que faculta al estado para el cobro de aportaciones de las personas tanto físicas como morales para solventar el gasto público.

La fundamentación constitucional de la obligación tributaria entre el Estado (sujeto activo) y los contribuyentes (sujeto pasivo) se encuentra instituido en el artículo 31 fracción IV, donde además de señalar la existencia de un deber también incluye los derechos y limitaciones para la aplicación del mismo, para lo cual es necesario realizar un análisis de los principios que lo sostienen y que servirán como base para resolver los litigios generados al momento de aplicar las normas a un acto jurídico tributario en concreto.

ARTICULO 31 FRACCION IV CONSTITUCIONAL APARTADO II “DE LOS MEXICANOS”

“Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.

Principios constitucionales

El principio de reserva de ley, estriba en que constitucionalmente se reserva al legislador ordinario para prever lo conducente y satisfacer el gasto público, con lo que solo mediante ley en sentido formal y material el estado a través del órgano competente podrá imponer cargas a los particulares a títulos de tributos, pudiendo ello variar en el entendido de la reserva puede ser en forma absoluta o relativa respecto de un determinado sector.

Proporcionalidad y Equidad en el tributo

El principio de proporcionalidad se encuentra relacionado económica del contribuyente; pagara más quien tenga más. Para que un gravamen sea proporcional se requiere que el hecho imponible del tributo establecido por el estado refleje una autentica manifestación de capacidad económica del sujeto pasivo.

El principio de equidad se traduce en igualdad ante la ley de todos los sujetos pasivos de la relación jurídica tributaria (contribuyente).

Saldaña Magallanes Alejandro A. Curso Elemental Sobre Derecho Tributario. Recuperado de http://books.google.es/books?id=Ma7YJ8tL-ncC&pg=PA144&dq=derecho+tributario+mexicano&hl=es&sa=X&ei=sSDDU97HBsjm8QHP2oDICg&ved=0CCkQ6AEwAQ#v=onepage&q=derecho%20tributario%20mexicano&f=false

PRINCIPIOS TRIBUTARIOS CONSTITUCIONALES

La constitución otorga la facultad de establecer contribuciones a los poderes legislativos tanto federal como locales; esta potestad se encuentra limitada por los principio de justicia tributaria (proporcionalidad y equidad), legalidad y destino del gasto público, establecidos en el artículo 31 fracción iv constitucional.

Justicia tributaria (proporcionalidad y equidad)

La proporcionalidad consiste en que el sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria contribuya al gasto público en función de su respectiva capacidad contributiva, debiendo aportar una parte adecuada de sus ingresos, utilidades, rendimientos, o la manifestación de riqueza agravada. Para que un gravamen sea proporcional debe existir congruencia entre la capacidad económica y la capacidad contributiva.

El primero tiene correspondencia con el haber patrimonial de la persona, de tal manera que todos los ingresos que obtiene de traducen en capacidad económica y la capacidad contributiva se relaciona con el haber patrimonial calificado establecido mediante reglas del derecho fiscal.

El principio de equidad consiste en tratar igual a los iguales y desigualdad a los desiguales; la equidad se refiere a la equidad jurídica, ente la ley; a iguales supuestos de echo deben corresponder idénticas consecuencias jurídicas.(Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Pleno, Tomo VII, enero de 1998, p.5, Tesis P/J 4798;IUS: 196936.Recuperado en Julio del 2014 http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2377/5.pdf

)

Principio de legalidad

Se refiere a que los elementos esenciales de las contribuciones como son sujeto, objeto, base, tasa y época de pago, se establezcan de forma expresa en una ley en sentido formal y material.

Principio de destino al gasto público

El importe de las contribuciones recaudadas se destina a la satisfacción de las necesidades colectivas o sociales, o a los servicios públicos; el estado debe garantizar en beneficio de la colectividad.

Este principio tiene como finalidad que toda contribución se aplique al gasto público que el estado realiza para beneficio de sus gobernados. (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Novena Época. Segunda Sala. Tomo XXI, enero de 2003.p 605. Tesis 2° IX/2005.IUS: 179575.Recuperado en Julio del 2014 http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2377/5.pdf )

EXPLICACION DEL ARTICULO 31 FRACCION XI DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AMAIRANI DEL ANGEL SOTO

El derecho fiscal o tributario es el encargado de regular la facultad que posee el Estado para implementar el cobro de las aportaciones que las personas tanto físicas como morales tienen por obligación para contribuir con los gastos públicos del Estado, que se encuentra plasmado en el artículo 31 fracción IV de la constitución:

“Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación,

como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que

residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan

las leyes”. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

. (5 de Febrero de 1917).

Una de las formas por las que el Estado va a obtener esas contribuciones al gasto público de las personas físicas y morales será mediante los impuestos que expide el poder legislativo dentro de la ley fiscal.

La primera parte de la fracción IV de este articulo <<así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan>> hace referencia a la existencia de diversos impuestos, comenzando por los impuestos

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