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Propiedad


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2012  •  2.139 Palabras (9 Páginas)  •  421 Visitas

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Propiedad:

La Propiedad abarca, entre otros, el uso y goce de los bienes, definidos como cosas materiales apropiables o como objetos intangibles, así como todo derecho que pueda formar parte del patrimonio de una persona. Asimismo, la Corte ha protegido, a través del artículo 21 convencional, los derechos adquiridos, entendidos como derechos que se han incorporado al patrimonio de las personas. Respecto a los derechos adquiridos, cabe resaltar que éstos constituyen uno de los fundamentos del “principio de la irretroactividad de la ley, es decir, que la nueva ley no tiene la virtud de regular o afectar las situaciones jurídicas del pasado que han quedado debidamente consolidadas, y que resultan intangibles e incólumes frente a aquélla, cuando ante una determinada situación de hecho se han operado o realizado plenamente los efectos jurídicos de las normas en ese momento vigentes”. Por último, resulta necesario reiterar que el derecho a la propiedad no es absoluto y, en ese sentido, puede ser objeto de restricciones y limitaciones, siempre y cuando éstas se realicen por la vía legal adecuada y de conformidad con los parámetros establecidos en dicho artículo 2179.

La Propiedad es que esta garantía se construye sobre una paradoja. Por una parte, la inclusión de la propiedad dentro de las tempranas declaraciones de derechos y dentro de las listas de derechos constitucionalmente protegidos se dio a partir de la preexistencia de una entidad asegurable denominada “propiedad”. Por otra, esta entidad que es protegida desde los inicios del constitucionalismo, va a recibir una específica carga y elaboración conceptual sólo después de su recepción constitucional. Durante el siglo XIX sufrirá una serie de embates de parte del pensamiento político, y en el siglo XX, de parte de la actividad legislativa, siendo objeto en el proceso histórico de tales controversias y transformaciones que cabe plantearse en retrospectiva la pregunta de cuál habrá sido originalmente el objeto protegido o, de manera más precisa, el objeto de la protección constitucional a la propiedad.

A su vez la propiedad describe al derecho o facultad de los seres humanos para tomar posesión de una determinada cosa. La propiedad puede abarcar tanto a algo que está enmarcado en los límites de la ley (como una vivienda o un coche) o de un atributo o cualidad individual (como lo puede ser la simpatía, el talento, el respeto, etc.).

Entendido desde el plano jurídico, propiedad es la noción que engloba al poder directo que se puede lograr en relación a un bien. Este poder concede a su dueño o titular el derecho o la capacidad de disponer sin restricciones del objeto adquirido o apropiado, teniendo como limitaciones aquellas que imponga la ley.

Propiedad en lo Social:

Es por ello que se tornaba fácil determinar que era propiedad Social como todo concepto construido con bases científicas de trayectoria; finalmente la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 en su artículo 115 señaló:

“Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes”

Ante el carácter constitucional de la propiedad, se terminaba por consolidar el concepto que habiendo sido transformado lentamente a lo largo del tiempo, permitía a los estudiosos del tema indagar con profundidad en otras facetas de la propiedad, porque su consagración era indiscutible científicamente. No obstante, en el plano de la sociedad, se manifestaban desde mucho antes al año 99, problemas en el ámbito de las violaciones que a la propiedad, empezaron a hacer un grupo de personas y que al no adaptarse la ciencia del Derecho a la Protección de la Propiedad, fueron creando silenciosamente, los postulados de carácter meta jurídico ya señalados, que más tarde redefinieron a la propiedad, pero sin darse cuenta el Legislador y el Ejecutivo que el problema no se encontraba en el concepto, sino en los modos de protección que la misma necesitaba. Y es allí donde se llega a un tema de conflicto que revoluciona el postulado solido y sencillo de la propiedad, como lo son: “las invasiones a la propiedad”. Podría dedicar todo un articulo, al análisis del nuevo enfoque que las expropiaciones están teniendo en el país; o profundizar en el tema de las invasiones; no obstante para analizar dichos conceptos, debe dejarse claro el nuevo concepto de propiedad, que esta rigiendo en el ámbito de las practicas de tipo administrativo que está, teniendo el Gobierno Venezolano. Para hablar del nuevo concepto de propiedad debemos recurrir nuevamente al no aprobado Proyecto de Reforma Constitucional del año 2007, donde al hablar de Reformar el criterio constitucional de propiedad se afirmaba lo siguiente: “Anteproyecto Reforma Constitucional Artículo 115: Se reconocen y garantizan las diferentes formas de propiedad. La propiedad pública es aquella que pertenece a los entes del Estado; la propiedad social es aquella que pertenece al pueblo en su conjunto y las futuras generaciones, y podrá ser de dos tipos: la propiedad social indirecta, cuando es ejercida por el Estado a nombre de la comunidad, y la propiedad social directa, cuando el Estado la asigna, bajo distintas formas y en ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal, o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana; la propiedad colectiva es la perteneciente a grupos sociales o personas, para su aprovechamiento, uso o goce en común, pudiendo ser de origen social o de origen privado; la propiedad mixta es la conformada entre el sector público, el sector social, el sector colectivo y el sector privado, en distintas combinaciones, para el aprovechamiento de recursos o ejecución de actividades, siempre sometida al respeto absoluto de la soberanía económica y social de la Nación; y la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo, y medios de producción legítimamente adquiridos.

Propiedad en lo Jurídico:

En los últimos tiempos, instituciones jurídicas como la propiedad, han sido protagonistas de grandes transformaciones, que sin lugar a dudas por la evolución de las sociedades, deben llevarse

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