ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Responsabilidad Social Empresarial

jfelipe926 de Noviembre de 2013

3.125 Palabras (13 Páginas)228 Visitas

Página 1 de 13

RSE.- Las líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos

Las líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales forman parte de la «Declaración de la OCDE sobre inversión internacional y empresas multinacionales», siendo una serie de recomendaciones en aras de asegurar una conducta responsable por parte de las empresas en el contexto de su internacionalización o inversión exterior, aunque también pueden orientar perfectamente en un contexto local. Datan de 1976, aunque su última revisión, una de las más importantes que han sufrido, fue publicada en 2011.

Los países suscriptores de las directrices adquieren el compromiso (vinculante) de ponerlas en práctica, lo que se materializa en el fomento de su aplicación por parte de las empresas –por ejemplo mediante su divulgación o como condicionante en el otorgamiento de financiación pública para la internacionalización-, en la creación de los puntos nacionales de contacto (PNC), de los que se hablará más adelante, y, en su caso, en la elaboración de normativa específica. Actualmente son suscriptores los miembros de la OCDE más Argentina, Brasil, Colombia, Egipto, Letonia, Lituania, Marruecos, Perú, Rumanía y Túnez.

Si bien las directrices no son vinculantes directamente para las empresas (a menos que los gobiernos que las suscriban trasladen este compromiso a las empresas vía legislativa), suponen un marco de buena aceptación que se ha mostrado eficaz para la responsabilidad social de las empresas, encajando especialmente en la visión empresarial en relación con otros estándares por su sencillez y flexibilidad. Este autor considera que a día de hoy las líneas directrices de la OCDE junto con los principios rectores de derechos humanos y empresa de Naciones Unidas y declaración de la OIT sobre multinacionales son los elementos clave sobre los que ha de pivotar la RSE en su dimensión internacional. Además, las directrices pueden constituir el gran campo de juego de la sociedad civil en relación con el comportamiento empresarial.

Las Directrices

Como se ha indicado, las directrices son recomendaciones que los gobiernos hacen a las empresas multinacionales y que contienen principios y buenas prácticas conformes con normas internacionales de comportamiento generalmente aceptadas. Su cumplimiento por parte de las empresas es voluntario, si bien algunos de los temas que abordan pueden estar sujetos a normativa nacional local (especialmente en los países OCDE) o a otros compromisos internacionales que sí son vinculantes.

Las directrices se agrupan en los siguientes capítulos, que contienen recomendaciones concretas para las empresas:

● Conceptos y principios.

● Principios generales.

● Publicación de información.

● Derechos humanos.

● Empleo y relaciones laborales.

● Medio ambiente.

● Lucha contra la corrupción, el soborno y la extorsión.

● Intereses de los consumidores.

● Ciencia y tecnología.

● Competencia.

● Fiscalidad.

Conceptos y principios

Este capítulo contiene los puntos básicos de las directrices tanto para las empresas: voluntariedad de su aplicación y cumplimiento en todos los países donde operen, como para los gobiernos de los países que las han suscrito; colaboración internacional para solucionar problemas relacionados con las directrices, promoción de las mismas y establecimiento de un Punto Nacional de Contacto.

Principios generales

Se trata de un capítulo con orientaciones y principios fundamentales para la empresa y de aplicación general y subyacente para el resto de capítulos.

Aborda temas tales como la contribución al progreso económico, social y ambiental, el respeto de los derechos humanos, la estimulación de las capacidades locales, el buen gobierno empresarial, la discriminación, ejercer la diligencia debida (due diligence) basada en el riesgo, impedir o atenuar efectos negativos incluso cuando no sean consecuencia directa de la actividad de la organización (por ejemplo, a través de la cadena de suministro), fomentar el buen comportamiento de colaboradores, comprometerse con la participación de grupos de interés o abstenerse de injerencias en actividades políticas locales.

Estos principios generales reconocen los impactos positivos y negativos potenciales de la actividad empresarial y deberían ser tenidos en cuenta de manera horizontal en la gestión empresarial y en el resto de capítulos cuando éstos sean de relevancia para la situación concreta de la organización.

Publicación de información

Uno de los objetivos que persiguen las directrices es facilitar la comprensión de la actividad de las empresas y su interacción con los grupos de interés (stakeholders), por lo que es necesario actuar con transparencia y establecer una comunicación adecuada con ellos, utilizando los medios más oportunos, desde el uso de las tecnologías de la información a los casos donde sea necesaria una vía más directa y adaptada (comunidades pobres).

Así, las directrices recomiendan a las empresas que garanticen la publicación –en la forma y plazo oportunos- sobre los aspectos relevantes de la misma y de su actividad, de forma desagregada al menos a nivel local, ya que la información consolidada de un grupo multinacional no aportaría gran valor a las comunidades locales que pudieran verse afectadas de forma significativa por el mismo.

Entre otras cosas, las empresas deberían publicar información sobre sus resultados financieros y de explotación, objetivos, participaciones significativas y derechos de voto, políticas de remuneración del consejo y los principales directivos, requisitos de cualificación y designación del consejo, pertenencia de los miembros del consejo a otras sociedades, transacciones con partes vinculadas, riesgos previsibles, políticas de empresa, etc.

Además, las directrices invitan a la publicación de información en ámbitos cuya estandarización se encuentra actualmente en cierto grado de avance, como el ambiental y el social.

Derechos humanos

En relación con los derechos humanos, las directrices se encuentran alineadas con el marco para empresas y derechos humanos de Naciones Unidas «proteger, respetar y reparar» adoptado en junio de 2011, y que constituye una herramienta complementaria bien valorada tanto desde el ámbito empresarial como desde otros ámbitos.

En ambos marcos (directrices OCDE y Naciones Unidas), se reconoce que los Estados tienen el deber de proteger los derechos humanos en su ámbito territorial, y que las empresas deben respetar dichos derechos humanos, independientemente del empeño o voluntad que pongan los Estados en su protección.

Al hablar de derechos humanos habrá que circunscribirse a la Carta internacional de los derechos humanos (comprende la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los principales instrumentos en los que se ha codificado: el Pacto internacional de los derechos civiles y políticos y el Pacto internacional de los derechos económicos, sociales y culturales) y a la Declaración de los principios y derechos fundamentales del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que incluye los ocho convenios fundamentales de la OIT al respecto (Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, Convenio sobre el trabajo forzoso, Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, Convenio sobre la edad mínima, Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, Convenio sobre igualdad de remuneración y Convenio sobre la discriminación).

De acuerdo con ambos marcos, este respeto de los derechos humanos por parte de las empresas debe materializarse mediante la publicación de una declaración del nivel jerárquico más elevado de la empresa, acompañada de las políticas que sean necesarias y del despliegue de procesos de evaluación del riesgo de incidencia, vigilancia, detección y reparación, en su caso, mediante medios legítimos (cooperación con mecanismos judiciales o extrajudiciales).

Empleo y relaciones laborales

En este capítulo, al igual que en el anterior, las directrices contemplan los instrumentos en relación con los derechos fundamentales del trabajo promovidos por la OIT, además de la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social (Declaración de la OIT sobre multinacionales).

Las empresas no deberán violar el marco legal de carácter laboral que les sea de aplicación en cada ámbito geográfico, si bien en todo caso deberán actuar para tratar de asegurar el respeto de determinados aspectos, como son el derecho de asociación, representación y negociación, la eliminación del trabajo infantil y del trabajo forzado, la no discriminación (de cualquier tipo), salarios suficientes para satisfacer las necesidades esenciales de los trabajadores y sus familias, salud y seguridad en el trabajo, empleo de personal local cuando sea posible, etc.

Medio Ambiente

Este capítulo de las directrices tiene en cuenta el desarrollo internacional en relación con la protección del medio ambiente, especialmente la Declaración de Río sobre el medio ambiente y el desarrollo, la Agenda o Programa 21, la Convención sobre acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia en temas medioambientales (convenio de Aarhus) y los desarrollos de ISO (Organización Internacional de Estandarización) en relación con la gestión ambiental de las empresas (ISO 14000),

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (21 Kb)
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com