Resumen Del Reglamento Federal De Seguridad E Higiene
Enviado por Lanz26 • 7 de Mayo de 2015 • 4.713 Palabras (19 Páginas) • 2.099 Visitas
Reglamento federal de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo
Artículo 1°: Se tendrá vigilancia en todo el territorio para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.
Artículo 2°: Para los efectos de este ordenamiento, se entenderá por:
Actividades peligrosas. Medio ambiente de trabajo.
Centro de trabajo. Microorganismo patógeno.
Contaminantes del ambiente del trabajo. Normas.
Equipo para el transporte de materiales. Programa de seguridad e higiene.
Ergonomía. Secretaría.
Espacio confinado. Seguridad e higiene en el trabajo.
Ley. Servicios preventivos de medicina del trabajo.
Lugar de trabajo. Servicios preventivos de seguridad e higiene.
Material. Sistemas de transporte y almacenamiento de materiales.
Materiales y sustancias químicas peligrosas.
Artículo 3°: La aplicación de este reglamento corresponde a la Secretaría.
Artículo 4°: La Secretaría expedirá las Normas en materia de seguridad e higiene en el trabajo, con base en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Artículo 5°: Las disposiciones de este reglamento deberán ser cumplidas en cada centro de trabajo por los jefes o sus representantes.
Artículo 6°: Las normas deberán justificar que los jefes eviten la creación de riesgo o peligro de vida en el lugar de trabajo.
Artículo 7°: En las normas que expida la Secretaría, se tomarán el tipo y escala de los centros de trabajo. Para determinar el tipo y escala del centro de trabajo se toman los siguientes criterios:
Rama industrial, comercial o de servicios.
Grado de riesgo.
Ubicación geográfica.
Número de trabajadores.
Artículo 8°: El jefe podrá solicitar por escrito el uso de equipo, procesos o tecnologías a la secretaría.
Artículo 9°: La secretaría llevará a cabo estudios e investigaciones para la actualización de normas.
Artículo 10°: La Secretaría expedirá las autorizaciones en materia de seguridad e higiene y revocará las mismas cuando no se cumpla con las disposiciones correspondientes.
Artículo 11°: El cumplimiento de las Normas en los centros de trabajo se podrá comprobar a través de los dictámenes que sean expedidos por las unidades de verificación.
Artículo 12°: La Secretaría llevará a cabo programas de asesoría y orientación para el correcto cumplimiento de la normatividad laboral en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
Artículo 13°: Los jefes están obligados a tener medidas de seguridad e higiene pertinentes de conformidad dispuesto en este reglamento, con el fin de prevenir accidentes.
Artículo 14°: El Jefe tiene la responsabilidad de aplicar exámenes médicos, a los trabajadores expuestos a los agentes físicos, químicos, que puedan alterar su salud.
Artículo 15°: El jefe deberá informarles a los trabajadores los riesgos que se presentan con la actividad laboral que realizarán.
Artículo 16°: Los responsables en los centros de trabajo dedicados a la explotación de minerales, realizarán estudios para valorar los riesgos en los que se exponen los trabajadores.
Obligaciones de los patrones
Artículo 17°: Obligaciones de los patrones:
Cumplir con las disposiciones de este Reglamento.
Contar, en su caso, con las autorizaciones en materia de seguridad e higiene.
Realizar estudios en la seguridad e higiene en el trabajo, para identificar las posibles enfermedades y accidentes en el trabajo.
Conservar las condiciones ambientales del centro de trabajo, para que cada contaminante se establezca en las Normas correspondientes.
Colocar en lugares visibles avisos o señales de seguridad e higiene para prevenir riesgos.
Elaborar el programa de seguridad e higiene y los programas y manuales específicos a que se refiere el presente Reglamento.
Capacitar a los trabajadores sobre la prevención de riesgos y atención de emergencias dependiendo del lugar de trabajo.
Permitir la inspección y vigilancia que la Secretaría, para cerciorarse del cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad e higiene.
Presentar a la Secretaría cuando se requiera, los dictámenes emitidos por las unidades de verificación.
Proporcionar los servicios preventivos de medicina del trabajo que se requiera, de acuerdo a las actividades que se realizan en el lugar de trabajo.
Instalar y mantener en funcionamiento, dispositivos para casos de emergencia y actividades peligrosas.
Dar aviso a la Secretaría de los accidentes de trabajo que ocurran.
Participar en las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Promover en el reglamento interior de trabajo
Las demás previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.
Obligaciones de los trabajadores
Son obligaciones de los trabajadores:
Observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que establece este Reglamento.
Designar a los representantes y participar en la integración y funcionamiento de la comisión de seguridad e higiene del centro de trabajo.
Informar al jefe y a la comisión de seguridad e higiene de la empresa, sobre las condiciones o actos inseguros que observen y de los accidentes de trabajo que ocurran.
Participar en los cursos de capacitación y
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