Secundaria de Filosofía
rxndyTesis30 de Octubre de 2014
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Profesora de Mediación en el Curso de Especialista en Mediación Familiar de la Universidad de Burgos. Profesora de Secundaria de Filosofía. Mediadora. Autora y coordinadora del programa de Mediación Escolar para Institutos de Secundaria "Escuela de Ciudadanía" de Valladolid.
Resumen: Se sitúa el presente trabajo dentro del campo de estudio de la Mediación. Con él se pretende profundizar en los fundamentos teóricos de una disciplina yainstitucionalizada ydotada de sentido y autonomía propios. La metodología adoptada para tal fin parte de la correspondencia que se revela en losModelos teóricos de mediación entre el concepto de "orden social"y el concepto de "orden como resolución del conflicto". Avala la elección de dicha metodología la creencia en el hecho de queesta correspondenciaescrucial a la hora de comprender la magnitud de las implicaciones de la prácticamediadora. De aquí que su análisisse constituya como la cuestión central en este discurso.Finalmente completa lo expuestola reflexión sobre la utilidad e interés que esta nueva forma autocompositiva de resolución de conflictos pueda tener para nuestras sociedades.
Palabras clave: Mediación, conflicto, orden, modelo teórico, implicaciones.
Abstract: This is an in-depth study within the area of Mediation researching the theoretical basis of an already institutionalized and autonomous practice. The methodology of this essay is based on the relationship between the concept of "social order" and that of "order as dispute resolution". This connection can also be analyzed in the Theoretical Methods of Mediation. The choice of this methodology is supported by the belief in the fact that this relationship is crucial to understanding the magnitude of the implications of Mediation. Our conclusion considers the benefits and downfalls of Mediation to settle conflicts in our societies.
Key words: Mediation, dispute, order, theoretical method, implications.
A Nuria Belloso Martín
La Mediación como práctica profesional está consolidada en un gran número de países. La formación de los mediadores se encuentra ya regulada y se caracteriza por ser cada vez más completa y especializada. La bibliografía ofrecida en este campo crece cuantitativa y cualitativamente día a día.
Sin embargo, dentro de la producción intelectual se echan de menos estudios específicos sobre teoría de la Mediación, máxime cuando esta disciplina se ha constituido sobre las bases de disciplinas como la Filosofía del Derecho, la Etica, la Filosofía, la Psicología, la Antropología y la Sociología. Resulta evidente pues, que tras esta práctica en la que "todo es práctica" laten fundamentos teóricos de gran calado que determinan la Mediación como disciplina y que determinan también la metodología de los propios mediadores.Es por ello que el presente trabajo analiza cómo gestiona los conflictos esta práctica en función de sus bases teóricas.
El concepto de "mediación" ha sido definido por diversos autores y por tanto es difícil acotarlo en una definición que incluya todos los matices y perspectivas que ellos han aportado. Sin embargo sí es posible identificar ciertas características que suelen incluirse en la totalidad de los casos, a saber: que la mediación es un sistema de resolución de conflictos y que en él son los implicados quienes se dan sus propias soluciones ayudados por un mediador. Además se suele añadir que el mediador es un tercero imparcial, debidamente cualificado, que sienta las bases para que las partes enfrentadas encuentren soluciones verdaderamente consensuadas y que lo hagan bajo la perspectiva del "todos ganan" y que su tarea consiste fundamentalmente en conseguir dos objetivos esenciales: por una parte, sustituir la idea de que el conflicto es algo destructivo por la idea de que puede ser un proceso constructivo e incluso positivo[1] y por otra, restablecer la comunicación ya que es la única vía de solución del problema y a la vez el elemento que más se deteriora en un conflicto.
Puesto que en la Mediación son las propias partes o participantes quienes eligen sus soluciones y formulan sus propios acuerdos se enmarca dentro de la llamada vía autocompositiva de resolución de conflictos.
Las diversas formas de resolución de conflictos se clasifican[2] en dos vías atendiendo a quien decida la solución al problema.
La víaautocompositiva se caracteriza porque son las propias partes (auxiliadas o no, por un tercero) quienes protagonizan el acuerdo. También se denomina no adversarial porque en ella las partes no compiten y se busca que todos los implicados ganen. Componen esta vía la Negociación, la Conciliación y la Mediación.
La víaheterocompositiva se caracteriza porque un tercero da la solución a las partes. También se denomina adversarial porque en ella las partes compiten y por tanto siempre hay un ganador y un perdedor. A ella pertenecen el Arbitraje y el Juicio.
Siguiendo a Nuria Belloso, tanto las formas heterocompositivas como las autocompositivas presentan unas ventajas y unos inconvenientes. Se trata de saber extraer el mejor aprovechamiento de cada una de ellas atendiendo a diversas variables, tales como el conflicto que se trate, el procedimiento de gestión del mismo y la autonomía y capacidad de las partes para gestionar su propio conflicto[3]. Dichas variables intervinientes en las diferentes formas de resolución de conflictos se exponen en la siguiente caracterización[4]:
En el Juicio, el poder del juez (que representa al Estado) es absoluto y su decisión es obligatoria y vinculante. Dicha decisión se determina una vez escuchadas a las partes. Es el sistema que se suele tener más presente y eclipsa al resto. El Juicio es un proceso no voluntario, público y en él no se elige al juez (quien además no siempre es un experto en el tema).
En el Arbitraje se da una negociación entre las partes, pero que queda resumida en el "laudo" que dicta el árbitro como solución del conflicto. Este laudo arbitral puede ser de obligado cumplimiento o servir de recomendación para las partes. El Arbitraje es un proceso voluntario, privado y donde no se elige al árbitro (quien necesariamente ha de tener conocimientos sobre el tema).
La Conciliación es, de los sistemas de resolución de conflictos de la vía autocompositiva, el que dota de mayor poder al tercero, ya que como suele estar vinculado al Derecho, el tercero interviene respaldado por la norma. La Conciliación puede ser de carácter extrajudicial si se lleva a cabo fuera de un juicio y el acuerdo al que se llega tiene un carácter transaccional y judicial cuando el acuerdo al que llegan las partes se ve legitimado por el juez y en ese caso el acuerdo adopta el carácter de sentencia. Tanto en un caso como en otro la actuación en la negociación del tercero es prácticamente pasiva pero su poder es decisivo por cuanto vela para que los acuerdos no incumplan la legalidad.
En la Mediación, el "poder" del tercero consiste en actuar como catalizador del acuerdo desde un papel más activo que el del conciliador. Se suele considerar una extensión de la Negociación. Su ámbito de aplicación es muy amplio. Son ejemplos de problemas que se pueden resolver a través esta vía: los acuerdos en materia de herencias, divorcios, las disputas en empresas familiares, en centros educativos (tanto entre el profesorado como entre el alumnado), en instituciones penitenciarias, entre la población inmigrante y la autóctona de un país, etc.
Finalmente en la negociación sólo intervienen los implicados (a veces representados por abogados). Se trata de un proceso de interacción entre dos o más partes que tiene como fin llegar a un acuerdo satisfactorio para todos. Se puede negociar desde dos premisas: si se busca el máximo beneficio posible para cada parte renunciando a lo secundario se trata de unanegociación competitiva y si se buscan los intereses comunes como base de la toma de acuerdos, entonces se trata de una negociación cooperativa.
Una vez definida la Mediación y situada en el conjunto de las formas de resolución de conflictos, el siguiente paso en este camino hacia su fundamentación teórica consiste en analizar cómo entiende esta disciplina el propio concepto de "conflicto"[5].
Desde la Mediación se suele considerar que todo conflicto o disputa es el resultado del intento continuado y frustrado de instaurar un nuevo orden por parte de quienes perciben que sus objetivos son incompatibles entre sí. Esta idea de instauración de un nuevo orden es primordial para comprender la práctica mediadora, ya que el objetivo último de ésta consiste precisamente en canalizar la energía que las partes emplean en este intento esta vez en una dirección adecuada que les permita la consecución de buenos acuerdos y el nuevo orden deseado.
El adjetivo "deseado" aplicado al concepto de "orden" no es exagerado, ya que el orden es el ámbito de la paz; es la condición necesaria, aunque no suficiente para que exista la libertad, el bienestar y la seguridad. La búsqueda de orden es inherente a toda proyección intelectual: la política, la ética, la ciencia, el arte, las representaciones míticas y religiosas. Todas ellas buscan encontrar o construir el orden dentro del caos[6]. En el seno de una relación ordenada el ser humano puede desarrollarse como individuo, proyectando su personalidad, sus deseos, su modo de vida, construir su intimidad; pero precisamente porque es un ámbito de libertad, también cada individuo es libre de constituir su propio orden, su propio microcosmos en el que estructura sus relaciones y fija las normas.
El conflicto
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