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TEMA 1: FUENTES DE DERECHO.


Enviado por   •  26 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  573 Palabras (3 Páginas)  •  144 Visitas

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TEMA 1: FUENTES DE DERECHO

  1. La constitución

Las fuentes del derecho se pueden definir como los modos de creación del derecho escrito. En derecho financiero no hay unas fuentes especificas, por lo tanto se aplican las mismas fuentes que a las demás ramas del derecho.

El art 7 de las LGT “Ley General Tributaria”, señala que las fuentes del derecho financiero y tributario son las siguientes:

-La Constitución: Tiene dos características: es de aplicación directa y y tiene eficacia derogatoria.

-Las tratados internacionales

-Normas de Derecho Europeo

-Leyes

-Reglamentos

En cuanto a los valores superiores del ordenamiento jurídico art 1.1 CE “libertad, justicia, igualdad y pluralismo político” y los principios constitucionales  financieros art 31.1 CE.

Los valores superiores encarnan los criterios mas elevados y de mayor contenido axiológico (axioma: proposición tan evidente que no hace falta demostrarla) que resultan aplicables a una parcela del derecho según la Constitución.

Los principios  constitucionales financieros, también tienen un importante contenido axiológico pero en un grado inferior a los valores superiores.

  • Ingresos (art 31.1):

·Principio de capacidad económica: consiste en aplicar una regla básica en el reparto de la carta tributaria que establece el legislador teniendo en cuenta las circunstancias que revelen los presupuestos de los contribuyentes. Ej: si una persona aparece como titular de una casa tiene que pagar impuestos bienes e inmuebles. Pero no siempre ser titular de una vivienda no significa tener capacidad económica porque puedes estar embargado.

Se aplica un principio de normalidad, aunque la ley puede aplicar excepciones como la del embargo.

STC 14 de julio de 1994, el principio de capacidad económica exige grabar la riqueza real y presunta, pero prohíbe grabar rentas inexistentes.

· Principio de progresividad: consiste en quien tenga una riqueza mayor le corresponde pagar progresivamente mas, por lo tanto a medida que aumenta la riqueza de cada sujeto aumenta su gravamen progresivamente. Ej: si la renta de un sujeto es 10 y le corresponde pagar un 2%. Y otro sujeto que tenga una renta de 20 le corresponde pagar un 6%. Nuestro sistema tributario, es una sistema tributario progresivo en general, pero hay excepciones, por ejem: el impuesto del IVA 21%, da igual comprarte un libro de 30 Euros, que un libro de 130000 Euros.

· Principio generalidad: todos los españoles estamos obligados a pagar, todos los españoles contribuirán, y este principio prohíbe los privilegios, pero hay exenciones.

· Principio de iguales: tratar igual a los iguales, y tratar desigual a los desiguales. Ej: tenemos un sujeto A y otro  B. A tiene una renta de 200000 Euros y esta casado y tiene 10 hijos, y B tienen una renta de 200000 Euros, pero no tiene nada. Habría que dar unos tratos distintos A y  a B ya que no son iguales.

·Principio de no confiscatoriedad: los impuestos y los tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) nunca pueden ser confiscatorios, es inconstitucional.

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