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TMERT en chile , Prevencion de riesgos y salud ocupacional

francisco romanEnsayo3 de Septiembre de 2018

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Índice

Definición        2

Antecedentes recientes        3

Acciones implementadas por el sector Salud        3

Decreto Supremo Nº594        4

Norma Técnica de Identificación y Evaluación de Riesgos        4

Factores de Riesgo        5

Norma Técnica De Identificación Y Evaluación De Factores De Riesgo De Trastornos Musculoesqueléticos Relacionados Al Trabajo (Tmert): Lista de Chequeo        7

Medidas de Control de Riesgos        10

Protocolo de Vigilancia para Trabajadores Expuestos a TMERT        11

Modelo de aplicación Protocolo de Vigilancia de TMERT. (Ficticio).        14

Bibliografía:        18

Definición

Un trastorno musculoesquelético es una lesión física originada por trauma acumulado, que se desarrolla gradualmente sobre un período de tiempo como resultado de repetidos esfuerzos sobre una parte específica del sistema musculoesquelético. También puede desarrollarse por un esfuerzo puntual que sobrepasa la resistencia fisiológica de los tejidos que componen el sistema musculoesquelético.

Se reconoce que la etiología de las TME es multifactorial, y en general se consideran cuatro grandes grupos de riesgo:

  • Los factores individuales: capacidad funcional del trabajador, hábitos, antecedentes, etc.
  • Los factores ligados a las condiciones de trabajo: fuerza, posturas y repetición.
  • Los factores organizacionales: organización del trabajo, jornadas, horarios, pausas, ritmo y carga de trabajo.
  • Los factores relacionados con las condiciones ambientales de los puestos y sistemas de trabajo: temperatura, vibración, entre otros.

Son frecuentes y potencialmente discapacitantes, y aún así prevenibles.

Existen manifestaciones variadas y específicas: : enfermedades de músculos, tendones, vainas tendinosas, síndrome de atrapamiento nerviosos, alteraciones articulares y neurovasculares.

La Ley 16.744, establece las funciones en salud ocupacional y prevención tanto de la autoridad sanitaria, como de las instituciones administradoras del seguro de la ley, y del empleador.

Antecedentes recientes

En el año 2014, se diagnosticaron 1889 casos de enfermedades profesionales de tipo músculo-esqueléticas, de las cuales su frecuencia fue mayor en hombres (52%) que en mujeres (48%).

Los segmentos hombro, codo, mano, muñeca, representan el 49% de los casos del total de enfermedades profesionales que se presentaron en la Superintendencia de Seguridad Social el año 2014.

Los rubros productivos donde se encuentra la mayor cantidad de expuestos en niveles altos de riesgo de TME son: servicios, industrial metalúrgica, pesca (procesamiento), construcción. (Estudio MINSAL 2013).

Acciones implementadas por el sector Salud

  1. El Decreto Nº 4 del Ministerio de Salud publicado el 22 de febrero del 2011, modificó el D.S. 594/99 ”Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” incorporando los factores de Riesgo de Trastornos Musculo-Esqueléticos de Extremidades Superiores.
  1. Por Resolución Exenta Nº 503 del 03 de Agosto del 2012, se aprueba el Protocolo de Vigilancia elaborado por el Ministerio de Salud para Trabajadores Expuestos a Factores de Riesgo de Trastornos Musculo-Esqueléticos de Extremidades Superiores Relacionadas con el Trabajo (TMERT-EESS).

Este protocolo de vigilancia busca la estandarización de criterios y procedimientos para el ingreso de trabajadores expuestos a programas de vigilancia ambiental y de la salud a los organismos administradores de la Ley 16.744, así como la prevención en los lugares de trabajo. Está en etapa de implementación desde el año 2012.

  1. Por Resolución Exenta Nº 804 del 26 de Septiembre del 2012, se publica la Norma Técnica de Identificación y Evaluación de Factores de Riesgo de TMERT-EESS.

Decreto Supremo Nº594

“Artículo 110 a.1: El empleador deberá evaluar los factores de riesgo asociados a trastornos musculoesqueléticos de las extremidades superiores presentes en las tareas de los puestos de trabajo de su empresa, lo que llevará a cabo conforme a las indicaciones establecidas en la Norma Técnica que dictará al efecto el Ministerio de Salud mediante decreto emitido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República". (22 de Febrero del 2011).

Los factores de riesgo a evaluar son:

     - Repetitividad de las acciones técnicas involucradas en la tarea realizada en el puesto de trabajo.

     - Fuerza ejercida por el trabajador durante la ejecución de las acciones técnicas necesarias para el cumplimiento de la tarea.

     - Posturas forzadas adoptadas por el trabajador durante la ejecución de las acciones técnicas necesarias para el cumplimiento de la tarea. “

“Artículo 110 a.2: Corresponde al empleador eliminar o mitigar los riesgos detectados, para lo cual aplicará un programa de control, el que elaborará utilizando para ello la metodología señalada en la Norma Técnica referida.”

 “Artículo 110 a.3: El empleador deberá informar a sus trabajadores sobre los factores a los que están expuestos, las medidas preventivas y los métodos correctos de trabajo pertinentes a la actividad que desarrollan. Esta información deberá realizarse a las personas involucradas, cada vez que se asigne a un trabajador a un puesto de trabajo que implique dichos riesgos y cada vez que se modifiquen los procesos productivos o los lugares de trabajo.

La información a los trabajadores deberá constar por escrito y contemplar los contenidos mínimos establecidos en la referida Norma Técnica del Ministerio de Salud, dejando constancia de su realización. “

   

Norma Técnica de Identificación y Evaluación de Riesgos

Ha sido elaborada y diseñada para el cumplimiento de la obligatoriedad referida en el punto 9, artículos 110 a, 110 a.1, 110 a.2 y 110 a.3 del D.S. Nº 594 sobre Factores de Riesgo de Lesiones musculoesqueléticos de Extremidades Superiores.

Su objetivo es detectar factores de riesgo presentes en los ambientes laborales y contribuir en la vigilancia de los trabajadores expuestos.

Está dirigida al empleador, quien debe realizar realizar la identificación y evaluación de factores de riesgos de trastornos musculoesqueléticos para determinar los niveles de riesgo a los que se encuentran expuestos los trabajadores.

El empleador puede asesorarse de: Departamento de Prevención de Riesgos (16.744), Comité Paritario de Higiene y Salud, Monitor de Seguridad en Higiene y Salud o de algún Profesional Capacitado en Ergonomía.

Factores de Riesgo

  1. Factores Físicos:
  • Repetitividad: Hace referencia a cuando los ciclos de trabajo duran  hasta 30 segundos (alta repetitividad) y/o cuando dentro del ciclo de trabajo el 50% de las acciones son similares. Es uno de los factores de riesgo de mayor importancia en la generación de lesiones.
  • Postura forzada: Hace referencia a las distintas posiciones de los segmentos y articulación necesarios para realizar una tarea.

Siendo dañinas las posiciones no naturales fuera de los rangos funcionales de cada articulación, así también aquellas naturales que se mantiene por periodos de tiempo muy largos , junto a las que resultan de muy alta repetitividad.

  • Fuerza: Se refiere al esfuerzo físico necesario para realizar una tarea o acción

Al ser un factor específico para cada cuerpo se utiliza la tabl de Borg, que nos permite valorar la percepción de fuerza realizada

 [pic 4]

Ilustración N°1. Escala de Borg y contracción Voluntaria Máxima 

Siendo riesgoso el uso de fuerza cuando, se superan las capacidades propias de cada persona, se realizan esfuerzos cíclicos y si no contamos con descansos suficientes.

  • Factor ambiental: frío y vibración.

El frío se considera un riesgo en condiciones de trabajo al aire libre cuando nos encontramos con temperaturas iguales o inferiores a 10°C, siendo este riesgo agravado por la presencia de viento y/o lluvia

Por vibraciones se entiende el movimiento oscilatorio de las partículas de los cuerpos sólidos. (Art. 83, D.S.Nº594), encontrando sus límites máximos de exposición y su evaluación conforme a lo establecido en el D. S. Nº 594 de 1999,es importante notar que la exposición habitual a este tipo de vibraciones puede implicar alteraciones musculoesqueléticas conducentes a un importante número de patología

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