TRANSFORMACION DEL PROCESO INQUISITIVO Y ACUSATORIO.
valdesvaldes01Apuntes24 de Noviembre de 2016
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TRANSFORMACION DEL PROCESO INQUISITIVO Y ACUSATORIO
INQUISITIVO | ACUSATORIO | |
era la fuerza del Estado | es la persona contra el estado | |
de manera secreto y escrito | MIXTO | esta parte del presupuesto de la inocencia |
las pruebas eran obtenidas por el M.P. o el policía | busca un equilibrio | el estado es el encargado de demostrar la culpabilidad |
se buscaba el bien común | se termina en agarrando del sistema anterior inq. | las pruebas se desahogan ante el juez |
no estaba regulada la selectividad | el juez debe cerciorarse de juntar las piezas para decidir cuál es la verdad | busca el bien común de la persona |
la medida era prisión preventiva | busca que la selectividad sea regulada | |
el juez investiga y la oralidad en el expediente no existe. | la medida eran los riesgos procesales: que no huya, no daño a testigos ni a la victima | |
protegido por la oralidad contradicción publicidad inmediación. |
ANTERIORMENTE EL PROCEDIMIENTO PENAL ERA: un conjunto de actividades que formaban un conjunto de normas que funcionaban para reglamentar la sociedad.
Proceso penal procedimientos penales y el código procesal penal se ven desde la perspectiva: Estructural. Burocrática y como forma de cultura.
Hay cuatro etapas del proceso penal:
- Sangre venganza privada me haces te hago.
- Venganza pública: es la que es regulada parecida al ojo por ojo y diente por diente.
- Humanista: el mal sea igual retribuido al que se hace y la científica.
¿Qué valores deben prevalecer en el sistema penal?
- La libertad y la verdad art 20 constitucional. Procurar la reparación del daño.
¿Qué es un sistema penal inquisitivo y que diferencia medular tiene?
- Inquisitivo: el que investiga acusa juzga una persona presunta reside en una sola persona que es la que acusa y emite el veredicto la idea es la ACUSACIÓN
- Acusatorio: investiga la acusación a juzgar y recae en diferentes personas: el juez control juez tribunal de juicio oral y juez de ejecución de pena. La idea es la reparación del daño pronta solución al problema y tiene que contar con elementos más validos.
Salidas alternas al juicio: no todos los casos deben llegar a juicio y se debe llegar a un acuerdo y asegurar la reparación del daño que no llegaron a juicio.
- En el sistema acusatorio el que investiga no puede producir prueba.
- La primera declaración es la que se toma debido a que se considera que no es premeditada más bien es espontanea.
- El papel del juez era que tenía que investigar porque en caso de duad tenia que absolver.
- El derecho penal y procesal no es preventivo realmente se encarga del proceso.
- El juez no puede ser el acusador.
ANALISIS ALARTICULO 20 CONSTITUCIONAL
- El proceso penal será acusatorio y oral. (principio del proceso penal) Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración continuidad e inmediación.
- Objeto del proceso penal será:* Esclarecimiento de los hechos *Proteger al inocente* Culpable no impune * Daños se reparen.
- Inmediación judicial = audiencia = presencia de un juez.
- Prueba = audiencia de juicio = desahogo previo.
- Oralidad = un juez = desconocimiento previo = contradictorio y oral.
- Carga de la prueba = corresponde a la parte acusadora.
DEFINICIONES
Derecho procesal penal: es el conjunto de normas jurídicas reguladas del proceso penal mas ampliamente se considera que comprende también las normas referentes a la creación y regulación de los órganos estatales que intervienen en el proceso penal.
Procedimiento penal se le conoce así a las etapas y los pasos dentro de ellas que debe seguir a la causa judicial incausada por la comisión de un delito tipificado en el código penal para investigar si ocurrió como ocurrió y quien lo cometió y para arribar una sentencia condenatoria o absolutoria del acusado.
Procesos penales: Son los procedimientos de carácter jurídico que se lleva a abo para que un órgano estatal aplique una ley de tipo penal en un caso especifico las investigaciones están orientadas a la investigación la identificación y el eventual castigo de aquellas conductas que están tipificadas como delito por el código penal.
LOS GRANDES ESTUDIOS DEL DERECHO PENAL SON
Teoría de la ley penal: surge atreves del tiempo y el espacio evolucionista y analiza.
Teoría del delito: habla sobre la manifestación de concurso de delitos
Ideal o formal: cuando con una sola conducta se producen varios resultados típicos unidad de acción y pluralidad de resultados
Real o material: cuando con varias conductas se producen diversos resultados. Pluralidad de acción y pluralidad de resultados.
Teoría del delincuente: estudia el comportamiento del delincuente
Teoría de la pena. Trata de las medidas de seguridad y del derecho del estado de imponer penas.
Prueba anticipada: antes de la intermedia esta prueba es analizada por el juez para evitar que la persona no presente esa prueba para defender a un tercero. solo fiscal está autorizado
Procedimiento abreviado: es la forma de terminar pronto al aceptar la responsabilidad de su culpa. NO es un derecho del imputado es un derecho exclusivo del M.P. Por que el estado tiene la acción punitiva para la persona entonces no pueden rechazarlo porque iría en contra del todo el procedimiento.se hace antes de la etapa intermedia.
Las disposiciones son de: Orden publico y: Observancia general que son normas para establecer los hechos por medio de: los principios del proceso acusatorio de igualdad entre la ley igualdad entre partes previo y debido proceso presunción de inocencia y presunción de doble enjuiciamiento.
Las disposiciones del debido proceso las encontramos a partir del artículo 13 constitucional 23,102 En lo cual en el articulo 13 nos habla sobre la garantía de igualdad.
Núcleo duro =todos los procesos…juicio previo = garantía audiencia.
Tribunal =competencia imparcial…procedimientos ir retroactivos
Las garantías adicionales al proceso son características del juicio previo.
El derecho de defensa imputado/detenido = pedir vinculación a proceso medidas cautelares pedir en el proceso.
Constitución contiene lo mas mínimo sobre el proceso penal.
La oralidad consta de argumentar y las partes en la audiencia exponen lo contenido a la carpeta el juez jamás llega a tener la carpeta.la resolución debe de ser de alta calidad es el acto donde las partes ponen sus pretensiones el juez toma la decisión en cambio inquisitivo se basaba en el expediente sellos y firmas y el juez basaba en las pruebas del inquisitivo.
Prueba ANTICIPADA: cuándo el testigo no puede estar presente más sin embargo viola varios principios como la contradicción
El juicio es una competencia entre las partes.
Alegato de orejas: es donde el juez se basaba a solo oír a una de las partes sin la otra presente
Delito y la culpa ya no se pueden ver en la apelación debido a que se daban problemáticas por el procedimiento abreviado.
DERECHOS DEL IMPUTADO: se le denomina así a quien sea señalado por el m.p. Como posible autor o participe de un hecho que la ley señale como delito.
Ser tratado como inocente, saber porque me detuvieron, a que mi detención en un recinto policial no dure más de 24 hrs, a informar a un familiar que fui detenido , a que un juez revise como fui detenido, a guardar silencio, a que me traten dignamente a recibir visitas a pedir que se investigue los hechos por los que se me acusa .
La presunción de inocencia es toda una serie de reglas
Trato procesal:
- Se manifiesta como "regla de trato procesal" o "regla de tratamiento" del imputado, este derecho establece la forma en la que debe tratarse a una persona que está sometida a proceso penal. Dicha manifestación ordena a los jueces impedir en la mayor medida posible la aplicación de medidas que impliquen una equiparación de hecho entre imputado y culpable que suponga la anticipación de la pena.
- Extra procesal:
- Implica la obligación que tiene el estado de no generar una actuación indebida de la policía que pueda manipular la conducta la credibilidad y los antecedentes de las partes.
Estándar prueba: 2 normas:
1.-esta relacionada con las condiciones que tiene que satisfacer la prueba a cargo para considerar que es suficiente las condiciones para condenar
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