ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Teoria De La Ley Y Las Personas

Franramoss6 de Noviembre de 2012

18.386 Palabras (74 Páginas)905 Visitas

Página 1 de 74

Teoría de la ley y las personas :)

UNIDAD I: INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL.

Concepto derecho privado: Conjunto de normas que rigen las relaciones de los particulares entre si, en una situación de igualdad.

Características:

-Común: Se aplica a la totalidad de los ciudadanos, de las cosas o de las relaciones jurídicas sin importar las circunstancias especiales. Ej: el derecho civil constituye el derecho privado común y general.

-Especial: En cuanto se aplica a ciertas personas atendiendo sus especiales circunstancias o bien algunas cosas o relaciones jurídicas, están inspiradas en el mismo principio que las normas comunes, sin embargo con matizaciones o acomodamientos. Ej: derecho de minería, derecho comercial y derecho de aguas.

La codificación: Codificar es reducir a una unidad orgánica y sistemática todas las normas que se refieren a una misma materia o especie.

La codificación necesariamente implica la dictación de un código, es decir, la agrupación sistemática y completa de leyes dictadas sobre una misma materia o especie.

Características de un código:

-Sistemático: Las disposiciones contenidas se encuentran ordenadas de manera relacionada

-Orgánico: Las leyes que lo integran forman un solo cuerpo.

-Completo: Contiene la totalidad de las normas de una misma especie, vigentes en un momento determinado.

Diferencia entre código y recopilación:

-Recopilación: Consiste en la reunión de diversas leyes dictadas en distintos momentos o época, según criterios de orden cronológico o materia, consideradas individualmente hablando, es decir, conservando la individualidad que las distingue y prescindiendo de su derogación.

-Código: Reúne diversas leyes que conforman un todo, sin distinguir dentro de dicho cuerpo la individualidad de dichas normas, observando la derogación de todas las leyes anteriores a la vigencia de éste.

Fuentes precedentes, reforma y estructura del código civil

Hasta la entrada en vigencia del código civil, el 1 de enero de 1857, regía en Chile un conjunto de leyes Españolas que se aplicaban de acuerdo al siguiente orden de prelación:

-Novísima recopilación

-Nueva recopilación

-Fuero real

-Fuero juzgo

-Leyes de estilo o de Toro

-Las siete partidas

Fuentes de consulta para la elaboración del código Civil:

a)Legales:

-Código de Braviera 1756

-Código Austriaco 1812

-Código de Luisiana de 1822

-Codigo Sardo de 1838

-Las Siete Partidas

-Proyecto de código Civil Español obra de Florencio García Goyena

-Código Civil Francés 1804(napoleónico)

b)Doctrinales:

-Pothier

-Domat

-Savigny

-Los comentaristas del CC Francés de napoleón: Delvincourt, Duranton, Tropolong y Marcadé

Influencia del CC Chileno:

-CC Ecuatoriano 1861

-CC Colombiano 1873

-CC Argentino 1871

-CC Nicaragüense

Principales modificaciones:

-Ley sobre efecto retroactivo de las leyes 1861

-Ley de matrimonio civil 1884

-Ley de registro civil N°4.808 de 1930

-Ley que deroga la muerte civil 1943

-Ley que otorga plena capacidad a la mujer casada N°18.802 de 1989

-Ley que disminuye la mayoría de edad a los 18 N° 19.221 de 1993

-Ley que crea el régimen de participación en los gananciales N°19.335 de 1994

-Ley sobre filiación N°19.585 y nueva ley de adopción N° 19.620 de 1998

-Ley sobre matrimonio civil N° 19.947 de 2004

Estructura: El código civil chileno consta de un titulo preliminar y cuatro libros. Cada libro esta compuesto de títulos que se dividen en párrafos integrados por artículos que, en ocasiones, están formados por mas de un inciso y un título final.

Mensaje: En el mensaje Andrés Bello Plasmó de una manera bastante completa cuales eran las principales novedades que contenía la nueva legislación civil, sus justificaciones y los principios jurídicos que inspiraban las nuevas disposiciones.

Título preliminar: Comprende los artículos 1 al 53 que tratan sobre la ley, su observancia en el tiempo y el espacio, su interpretación, derogación y definiciones de uso frecuente.

Adicionalmente señala la forma de computar los plazos e incorpora por medio de los artículos 14 al 18 normas fundamentales de derecho internacional privado de gran originalidad para su época y vigencia.

Libros del código civil:

Libro primero “De las personas”: está compuesto por 33 títulos dispuestos entre los artículos 54 al 564. Su contenido dice relación con los sujetos de derecho-personas naturales y jurídicas, del matrimonio, de la filiación y de la protección a los incapaces. (Todo lo relativo a los sujetos de derecho y a sus vínculos entre sí).

Libro segundo, “De los bienes y de su dominio, posesión uso y goce”: Integrado por 14 títulos (entre los artículos 565 a 950 del código). Su contenido dice relación con los derechos reales y personales, la clasificación de las cosas, el derecho real de dominio, atributos y modo de adquisición. Además de la posesión y aquellos derechos reales que equivalen a limitaciones o desmembraciones del derecho de dominio.

Libro tercero, “De la sucesión por causa de muerte y las donaciones entre vivos”: Determinado por 13 títulos (artículos 951 al 1436) en donde se trata la sucesión intestada (la que hace la ley si no hay testamento), el testamento, las asignaciones forzosas (aquellos que no se pueden dejar fuera de una herencia), la partición de los bienes del difunto y las donaciones entre vivos.

Libro cuarto, “De las obligaciones en general y de los contratos”: Determinado por 12 títulos (entre los artículos 1437 al 2524) en donde se trata los derechos personales, la teoría general de las obligaciones, los contratos, la prelación de créditos y la prescripción. De este mismo libro, se desprende la teoría del acto jurídico.

Titulo final, Observancia del código: mantiene vigente las leyes prexistentes sobre la prueba de las obligaciones, los procedimientos judiciales y deberes de los ministros de fe y deroga expresamente las disposiciones contrarias al código civil.

Importancia del código civil Chileno:

-Responde y considera en su regulación las características de nuestro país (instituciones propias, nociones básicas, etc).

-Recoge el principio de igualdad entre chilenos y extranjeros en cuanto a la adquisición y goce de los derechos civiles.

-Regula íntegramente a las personas jurídicas.

-Reconoce la inviolabilidad de la propiedad y fomenta la libre circulación de los bienes (garantiza el derecho de propiedad)

-Establece el principio de la libertad restringida para testar.

-Incorpora un lenguaje de gran riqueza jurídica.

Fundamentos del CC chileno

a)Libertad y responsabilidad: en materia patrimonial se encuentran dados por la libertad para emprender cualquier actividad mercantil y generar de este modo riqueza y prosperidad (consagra de el derecho de propiedad).

En materia de relaciones personales opta por restringir el principio. En cuanto a las transformaciones sociales, incorpora el principio de la autonomía privada para decidir sobre el cuidado de los hijos, entre otras materias de responsabilidad filial.

Lo mismo sucede en materia de sucesión hereditaria, donde existe libertad restringida para testar, según se desprende de la protección que otorga el legislador a la familia, a través de los asignatarios forzosos y legitimarios.

Encontramos también el principio de la responsabilidad, esto es, la obligación de asumir las consecuencias de los acto realizados y por ende reparar los daños y perjuicios que puedan surgir, representada en la responsabilidad contractual o extracontractual.

Por último existe un adagio en derecho privado que permite “hacer todo aquello que no este prohibido por ley” respetando el orden publico, las buenas costumbres y los derechos adquiridos por terceros.

b)La familia: La constitución entre las bases de la institucionalidad dispone que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad e impone al estado el deber de protegerla y fortalecerla (sin embargo no da un concepto).

En el capitulo de los derechos y garantías establece la protección de la honra del individuo y su familia y establece las consecuencias en caso de que no se respete.

c)La propiedad: La CP en sus artículos 19 N° 24 y 25 garantiza a todas las personas el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales e incorporales y el derecho de autor. Lo protege no solo impidiendo su privación, sino, mediante la expropiación.

En relación a lo anterior el CC se refiere al derecho de propiedad como un derecho subjetivo de carácter absoluto, resguardándolo por medio de las acciones de dominio y posesorias que permiten su tutela.

Proceso de constitucionalización del derecho privado:

La constitución en primer lugar organiza, distribuye y estructura todo lo relativo al poder político de la sociedad. A su vez además establecer cuales son los poderes del estado y las atribuciones de estos hace una importante

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (118 Kb)
Leer 73 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com