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Teoría general del proceso Grupo 3


Enviado por   •  26 de Julio de 2019  •  Apuntes  •  1.075 Palabras (5 Páginas)  •  131 Visitas

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FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS

Programa Educativo

Derecho

Docente

 Francisco Borrero Brochero.

Trabajo

Teoría general del proceso Grupo 3

Estudiante

-Natalia Gonzalez Amalfi.

-José Daniel Daza.

Barranquilla, Atlántico       19 de Junio de 2019

TALLER ANALISIS DE SENTENCIA T-036 1995

  1. ¿Cómo evalúa la dinámica o la actitud del juez de primera instancia?

R: / La actitud tomada o adquirida por el juez fue de avalar la protección de todos los derechos vulnerados a los Señores Ismael Simijaca y Dulcelina Pineda, cuyos derechos perturbados según los demandantes fueron los derechos a la vida, la integridad personal, la dignidad humana, la igualdad, la locomoción y el trabajo.

  1. ¿Cuál fue su argumento central para conceder el amparo?

R: / El juez considero que la conducta de Elver García fue inhumana y abiertamente contraria al deber de solidaridad que le impone la Constitución y la encontró violatoria de los derechos fundamentales de los accionantes.

  1. ¿De que método de interpretación de la ley hizo uso este juez?

R: /

  1. ¿Cómo evalúa la dinámica o la actitud del juez de segunda instancia?

R: /  La actitud adquirida por el juez de segunda instancia fue revocar el fallo, es decir la anulación de toda decisión dada por el juez en primera instancia.

  1. ¿Argumento central para negar el campo?

R: / El juez los argumentos que utilizo para tomar esta decisión fue basada en 4 consideraciones, siendo la primera; que de ninguna manera menoscaba, ni atañe o disminuye la dignidad humana de ninguna persona que por necesidad deba hacer uso de dicho camino, otro argumento utilizado por el juez fue el de mencionar que lo accionantes contaban con otros mecanismo judicial de defensa y que estos debían de tener en cuenta que la servidumbre se imponía contra bienes inmuebles mas no a personas en atención a su estado de salud, su edad o solvencia económica, el tercer argumento es que no se presentaba perjuicio irremediable de ningún derecho fundamental de los actores y que por este motivo no podía ser procedente una tutela como mecanismo transitorio.

  1. ¿De qué método de interpretación de la ley hizo uso este juez?

R: /

  1. ¿Cómo evalúa la investigación el defensor del pueblo?

R: / El defensor del pueblo en obra de su facultad presento razonas por las cuales a su juicio debía ser revisado el expediente y concederse la acción de tutela, señalando que hubo una equivocada aplicación por parte del juez de segunda instancia hizo de los artículos 6 núm. 1 inc. 2, y del articulo 42 numerales 1, 2 y 9 del decreto 2591 de 1991, los cuales fueron declarados inexequibles parcialmente por la Corte Constitucional.

  1. De que figura hizo uso el defensor del pueblo para que la corte seleccionara el fallo para su revisión y su argumento central.

R: / La figura utilizada por el defensor del pueblo fue un recurso de insistencia de revisión de tutela, cuyo argumento expresado por este fue que este asunto iba más allá de un simple asunto de derecho privado en el que se le impone un gravamen a un inmueble, para cuya solución serian competentes los jueces civiles, dijo el defensor que este caso debía ser analizado por los principios de solidaridad y de opción preferencial por los derechos de los más débiles que están ubicados en la base de nuestro país.

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