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Terminacion De La Auditoria


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2012  •  2.604 Palabras (11 Páginas)  •  1.211 Visitas

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DEFINICIONES

Las siguientes definiciones se aplican a la NIA 700 Formación de una Opinión y Dictamen a los Estados Financieros.

a) Estados financieros de propósito general. Estados financieros preparados de acuerdo con un marco de referencia de propósito general.

b) Marco de referencia de propósito general. Un marco de referencia de información financiera diseñado para cumplir con las necesidades comunes de información financiera de una amplia gama de usuarios. El marco de referencia de información financiera puede ser un marco de presentación razonable o un marco de cumplimiento.

El término "marco de referencia de presentación razonable", se utiliza para referirse a un marco de referencia de información financiera que exige el cumplimiento de los requisitos del marco y:

i. Reconoce de manera explícita o implícita que, para lograr la presentación razonable de los estados financieros, puede ser necesario que la administración de la entidad proporcione revelaciones más allá de las específicamente previstas por el marco de referencia; o

ii. Reconoce de manera explícita que puede ser necesario que la administración de la entidad se aparte de un requisito del marco de referencia para lograr la presentación razonable de los estados financieros. Se espera que dichas diferencias sólo sean necesarias en circunstancias raras.

c) Opinión sin salvedades. La opinión expresada por el auditor cuando concluye que los estados financieros están preparados, respecto a todo lo importante, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable.6

En esta NIA, la referencia a los "estados financieros", significa "un juego completo de estados financieros de propósito general, que incluye las notas relacionadas". En general, las notas relacionadas comprenden un resumen de las políticas contables importantes y otras notas aclaratorias. Los requisitos del marco de referencia de información financiera aplicable determinan la forma y el contenido de los estados financieros, así como qué constituye un juego completo de estados financieros.

En esta NIA, la referencia a las "Normas Internacionales de Información Financiera" (NIIF o IFRS, por sus siglas en inglés) significa las normas emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría, y la referencia a las "Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público", significa las normas emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público.

MARCO LEGAL

La NIA 700 FORMACIÓN DE UNA OPINIÓN Y DICTAMEN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS aborda las responsabilidades del auditor para formarse una opinión sobre los estados financieros. También se refiere a la forma y el contenido del dictamen que emite el auditor como resultado de una auditoría de estados financieros.

Esta NIA promueve la consistencia del dictamen del auditor. Cuando la auditoría se ha realizado de acuerdo con las NIA, la consistencia del dictamen del auditor fomenta la credibilidad en el mercado global al hacer más fácilmente identificables las auditorías que fueron realizadas de acuerdo con las normas mundialmente reconocidas. También ayuda a promover el entendimiento del lector y a identificar las circunstancias inusuales cuando éstas ocurren.

REQUISITOS

FORMACIÒN DE UNA OPINIÒN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS

El auditor deberá formarse una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto a todo lo importante, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable.

Para formarse esa opinión, el auditor deberá concluir si ha obtenido una seguridad razonable de que el juego completo de los estados financieros está libre de representación errónea y materiales, ya sea por fraude o error. Esa conclusión deberá tomar en cuenta:

a. La conclusión del auditor, de acuerdo con la NIA 330, sobre si se ha obtenido suficiente evidencia apropiada de auditoría;

b. La conclusión del auditor, de acuerdo con la NIA 450, sobre si las representaciones erróneas no corregidas son inmateriales, de manera individual o colectiva; y,

c. Las evaluaciones previstas por los párrafos.

El auditor deberá evaluar si los estados financieros están preparados, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con los requisitos del marco de referencia de información financiera aplicable. Esta evaluación deberá considerar los aspectos cualitativos de las prácticas contables de la entidad, que incluyen los indicadores de posibles desviaciones en los juicios de la administración.

En particular, el auditor deberá evaluar si, en vista de los requisitos del marco de referencia de información financiera aplicable:

a. Los estados financieros revelan adecuadamente las políticas contables importantes seleccionadas y aplicadas;

b. Las políticas contables seleccionadas y aplicadas son consistentes con el marco de referencia de información financiera aplicable y son apropiadas;

c. Las estimaciones contables hechas por la administración son razonables;

d. La información presentada en los estados financieros es relevante, confiable, comparable y entendible;

e. Los estados financieros proporcionan revelaciones adecuadas para que los usuarios puedan entender el efecto de las transacciones y hechos materiales, sobre la información comunicada en los estados financieros; y,

f. La terminología usada en los estados financieros, que incluye el título de cada estado financiero, es apropiada.

La evaluación del auditor en cuanto a si los estados financieros tienen una presentación razonable deberá considerar:

a) La presentación, estructura y contenido generales de los estados financieros; y

b) Si los estados financieros, incluyendo las notas relacionadas, representan las transacciones y hechos subyacentes de tal forma que logran

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