Tesina para la Evaluación del Cuarto Semestre en Derecho de las obligaciones
FERXOLODocumentos de Investigación15 de Mayo de 2017
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA [pic 1]
DEL ESTADO DE MÉXICO
LA NOVACIÓN
Tesina para la Evaluación del Cuarto Semestre en Derecho de las obligaciones
Presenta:
Jesús Fernando Chilapa Reyes
Valle de Chalco Solidaridad, Estado de México, México
2016
INDICE
INTRODUCCIÓN 3
CAPITULO I 4
CONCEPTOS DE LA NOVACIÓN 4
1.1 Concepto Doctrinario 4
1.2 Concepto Legal 5
1.3 Concepto Jurisprudencial 5
1.3.1 Naturaleza Jurídica de la Novación 5
1.4 Análisis de los autores acerca del Concepto de Novación 5
CAPITULO II 7
ANTECEDENTES DE LA NOVACIÓN 7
2.1 Antecedentes en Roma 7
2.1.1 Evolución de la Novación Durante la Época Intermedia 9
2.2 Derecho Germánico 15
2.2.1 El Cambio del Deudor en el Derecho Germánico 15
2.3 Doctrina Moderna 16
2.4 La Evolución Posterior hasta la Codificación 16
2.5 Antecedentes en México 18
2.5.1 REQUISITOS DE LA NOVACIÓN 19
CAPITULO III 24
LA NOVACIÓN Y SUS ELEMENTOS 24
3.1 Elementos Conceptuales 24
3.1.1 Preexistencia de una obligación 24
3.1.2 Creación de una nueva obligación 26
3.1.3 Una diferencia esencial entre la obligación original y la nueva que va a sustituirla 26
3.1.4 La intención de novar 26
3.1.5 Elementos de la Novación en lo dispuesto en la Jurisprudencia 28
3.2 Pago de la deuda con títulos de crédito 30
3.3 CLASES DE NOVACIÓN 31
3.4 NOVACIÓN OBJETIVA 31
3.5 Novación Subjetiva 35
3.6 Efectos de la novación 37
CAPÍTULO IV 39
LA NOVACIÓN OBJETIVA 39
4.1 Concepto 39
4.2 a´). —Novación Objetiva por cambio de objeto. 40
4.3 b´). —Novación objetiva por cambio en la relación jurídica. 41
4.4 Cambios que no Producen Novación Objetiva. 44
CAPÍTULO V 46
NOVACIÓN SUBJETIVA 46
4.1 Concepto 46
4.2 Novación Subjetiva por Cambio de Acreedor 47
4.2.1 Concepto 47
4.2.2 Novación objetiva por Cambio de Acreedor: Elemento. 48
4.3 Novación Subjetiva Por Cambio de Deudor 49
4.4 Delegación Perfecta y Asunción o Cesión de Deuda 51
4.5 Expromisión y Delegación: Diferencias 52
4.6 Novación Subjetiva por Cambio de Acreedor y Deudor a la Vez 52
CONCLUSIÓN 54
BIBLIOGRAFÍA 55
FUENTES DE INFORMACIÓN 55
INTRODUCCIÓN
En este presente trabajo tocaremos un tema muy importante para el mundo de las obligaciones.
El cual este tema lleva como nombre "la novación", en la que podemos mencionar que es una forma de extinción de la obligación que consiste en la sustitución de una obligación por otra, es decir, en este caso sería también la transmisión de la obligación.
La novación adquirió un desarrollo considerable en el derecho romano clásico sobre todo para realizar la transmisión de las obligaciones (cambio de acreedor o de deudor). Esta no era válida más que si la nueva obligación tenía el mismo objeto que la antigua; la novación por cambio de objeto no era, practicada.
En este trabajo se documentara todo acerca de la novación de lo que es la transmisión de las obligaciones, hasta su extinción de la misma obligación.
CAPITULO I
CONCEPTOS DE LA NOVACIÓN
1.1 Concepto Doctrinario
El autor Manuel Bejarano Sánchez nos dice que:
La novación es un convenio de sentido amplio, por el que las partes deciden extinguir una obligación preexistente, mediante la creación de una nueva que la sustituye y difiere de ella en algún aspecto esencial. Sus efectos de extinguir y crear así lo caracterizan (si creara y transmitiera seria contrato; así modificara y extinguiera, convenio stricto sensu).1
Mientras que el autor Manuel Borja Soriano nos dice que:
Según Planiol, Ripert, Esmein, Radouant y Gabolde “la novación consiste en la extinción de una obligación por la creación de una obligación nueva destinada a reemplazarla y que difiere de la primera por cierto elemento nuevo”.2
Ahora el autor Ernesto Gutiérrez y González nos dice que:
Novación es el convenio LATO SENSU, solemne, celebrado entre dos o más personas que guardan entre si el carácter previo de acreedor y deudor, y en ciertos casos interviene un tercero, y por el cual extinguen el derecho de crédito convencional que los liga, y lo sustituyen, con ánimo de novar (ANIMUS NOVANDI) por otro que difiere del extinguido en uno de sus elementos de existencia.3
___________________________
1.-Bejarano Sánchez, Manuel, 1999, Obligaciones Civiles, México, DF, OXFORD
2.-Borja Soriano, Manuel, 1997, Teoría General de las Obligaciones, México, DF, Editorial Porrúa.
3.-Gutiérrez y González, Ernesto, 1999, Derecho de las Obligaciones, México, DF Editorial Porrúa.
1.2 Concepto Legal
Ahora Nuestro Código Civil Federal establece en los artículos 2213, 2214 y 2220 establecen, que: Hay novación de contrato cuando las partes en las interesadas lo alteran substancialmente sustituyendo una obligación nueva a la antigua. La novación es un contrato, y como tal, está sujeto a las disposiciones respectivas. La novación extingue la obligación principal y las obligaciones accesorias. El acreedor puede, por una reserva expresa, impedir la extinción de las obligaciones accesorias, que entonces pasan a la nueva.
El concepto que se encuentra en el Código Civil Federal es el mismo que aplica el Código Civil del Estado de México. A continuación veremos el concepto que nuestra jurisprudencia le han dado a nuestro tema a trabajar.4
1.3 Concepto Jurisprudencial
1.3.1 Naturaleza Jurídica de la Novación
NOVACION, NATURALEZA JURIDICA DE LA. La novación supone la voluntad de novar, esto es, de sujetar a condiciones distintas el contrato celebrado, y no puede sostenerse que dicha voluntad exista, cuando se otorgan documentos para el pago del precio en la compraventa. El otorgamiento de documentos para el pago de una deuda, en casos como el de que se trata, no tiene más objeto que el de facilitar el pago, pero de ningún modo, el de sustituir una obligación por otra.5
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