Usufructo
nelsonyfabiano29 de Mayo de 2013
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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
DERECHOS REALES PRINCIPALES
USUFRUCTO
DOCENTE: ABOG. RAUL ANTONIO BRAVO SENDER
ALUMNOS: NELSON ALFONSO VASQUEZ SOTIL
EDMARA ANTHOANET BARRETO ESPINOZA
INDICE
Introducción…………………………………………………………………………5
1. Origen del usufructo…………………………………………………………….6
2. Concepto………………………………………………………………………….6
3. Aspectos generales……………………………………………………………..5
3.1 Elementos....................................................................................................6
3.2 Características.............................................................................................8
3.3 Clasificación…………………………………………………………………….8
3.3.1. Según el tiempo de duración el usufructo ………………………………..8
3.3.2. En atención a las personas que intervienen en el usufructo…………...9
3.3.3. Desde el punto de vista de las cosas o bienes sobre los
cuales pueden recaer el usufructo ………………………………………..9
3.4 Constitución del usufructo…………………………………………………….10
3.5 Plazo del usufructo…………………………………………………………….10
3.6 Transferencia del usufructo…………………………………………………..10
3.7 Usufructo del bien expropiado………………………………………………..10
3.8 Usufructo legal sobre productos……………………………………………...10
3.9 Normas aplicables a los efectos del usufructo…………………………….10
4. Deberes y derechos del usufructuario……………………………………..11
4.1 Inventario y tasación de bienes por el usufructuario………………………11
4.2 Obligación de constituir garantía……………………………………………..11
4.3 Explotación del bien……………………………………………………………11
4.4 Prohibición de modificar el bien usufructuado………………………………11
4.5 Obligación del Usufructuario de pagar Tributos y Rentas………………….11
4.6 Derecho de subrogación del Usufructuario………………………………….11
4.7 Desgaste del bien por disfrute ordinario……………………………………...11
4.8 Obligación de reparar el bien usufructuado………………………………….11
4.9 Reparaciones ordinarias……………………………………………………….12
4.10 Aplicación supletoria de las normas sobre mejoras………………………..12
4.11 Propiedad de frutos pendientes……………………………………………...12
4.12 Acción por infracción del propietario…………………………………………12
5. Cuasiusufructo..............................................................................................12
5.1 Usufructo de dinero………………………………………………………………12
5.2 Usufructo de un crédito…………………………………………………………..12
5.3 Cobro de capital…………………………………………………………………..13
6. Extinción y modificación del usufructo………………………………………13
6.1Causales de extinción del usufructo…………………………………………….13
6.2 Usufructo a favor de varias personas…………………………………………..13
6.3 Destrucción del bien usufructuado……………………………………………..13
6.4 Destrucción o pérdida parcial del bien usufructuado…………………………14
6.5 Usufructo sobre fundo o edificio…………………………………………………14
7. Conclusiones……………………………………………………………………….15
8. Aportes………………………………………………………………………………16
9. Bibliografía…………………………………………………………………………..17
INTRODUCCION
En el derecho romano los derechos reales de goce se les denominaban servidumbres personales. La expresión servidumbre era genérica y comprendía todos los derechos reales en cosas ajenas. Se dividían las servidumbres en prediales, que son las únicas que conservan esta denominación en la terminología moderna , y en las personales que son las que ahora se llaman derechos de goce, entre las servidumbres prediales y personales había profundas diferencias: las servidumbres prediales eran perpetuas; en cambio, las personales eran temporales; las servidumbres personales podían venderse separadamente del predio en que estaban constituidas, mientras que las servidumbres prediales eran inalienables separadamente del predio a que beneficiaban.
El Código Francés no acepto esa terminología, porque influenciado por las ideas revolucionarias quiso evitar todo recuerdo de servidumbre personal; suprimió, pues, esta designación y dio a cada uno de estos derechos su designación particular, que también la tenían las servidumbres personales en el derecho romano: usufructo, uso y habitación.
1. Origen del usufructo
El usufructo nació en el derecho romano, en el siglo IV antes de Cristo, como consecuencia del abuso de las manus,(poder jurídico que el marido ejercía sobre su mujer) , de la difusión del matrimonio libre y como un medio de proveer a la viuda de lo necesario para su subsistencia, sin afectar la parte que debían recibir los hijos en la herencia de su padre, conservando la institución, a través de su evolución, aquella función alimentaria que motivó su nacimiento.
2. Concepto
El usufructo (del latín usus fructus, uso de los frutos) es un derecho real de goce o disfrute de una cosa ajena. El usufructuario posee la cosa pero no es de él (tiene la posesión, pero no la propiedad). Puede utilizarla y disfrutarla (obtener sus frutos, tanto en especie como monetarios), pero no es su dueño.
Por ello no podrá enajenarla (trasmitir a otro la propiedad de una cosa ) ni disminuirla sin el consentimiento del propietario.
El usufructo está regulado en el derecho peruano en los artículos 999 hasta 1025 del Código Civil.
3. Aspectos generales
3.1 Elementos
En el usufructo, existe un elemento subjetivo y otro elemento objetivo, así pues, si faltan o se omiten alguno de estos elementos no se puede constituir o crear.
Elemento subjetivo:
En tal sentido, el elemento subjetivo del derecho real de usufructo lo constituyen las partes o las personas que intervienen en el mismo. De tal manera podemos decir que estas son: el constituyente, el nudo propietario y el usufructuario. El primero de ellos puede que exista o no.
El constituyente, es aquella persona que da origen al usufructo y que puede ser un tercer extraño, como un testador, o el propio usufructuario que se desprende a favor de otra persona.
El nudo propietario, es aquel que desprende el derecho de uso y goce de una cosa a favor de otra persona, gozando de la disposición de la cosa.
El usufructuario, es la persona que tiene el goce y el uso de la cosa, con cargo de conservarla y restituirla al nudo propietario.
Elemento objetivo: el derecho real de usufructo recae siempre sobre una cosa, por regla general "solo podrán ser susceptibles de usufructo las cosas que tienen capacidad de producir reiteradamente su utilidad"
Las cosas sobre las cuales recae el usufructo no deben ser consumibles, pues la principal obligación del usufructuario es la de conservar la forma y substancia de la cosa y restituirla el día en que se extinga el derecho, lo cual no puede hacerse con cosas consumibles, debido a que estas se consumen con el primer uso que de ellas se haga.
Tenemos entonces, que "el usufructo perfecto solo puede recaer sobre cosas no fungibles y no consumibles en tanto el usufructo imperfecto o cuasiusufructo recaen precisamente, sobre cosas consumibles o fungibles."
La doctrina actual habla de un usufructo sobre derechos, o sea un usufructo que, en vez de recaer sobre cosas, recae directamente sobre un derecho, por ejemplo sobre créditos. Se trata de un derecho de disfrute de crédito. En nuestro ordenamiento jurídico tenemos el caso del usufructo de acciones en las sociedades, y recordemos que la acción representa el derecho del socio en relación a la persona jurídica.
3.2 Características
El usufructo confiere las facultades de usar y disfrutar temporalmente de un bien ajeno.
Pueden excluirse del usufructo determinados provechos y utilidades.
Es un derecho de goce: pues da lugar al aprovechamiento de los frutos de la cosa, es decir que comprende su uso y goce. . El usufructuario adquiere las ventajas del bien y el nudo propietario goza de un derecho teórico sobre la cosa.
Es un derecho de goce completo: pues a través de el, se goza de todo los frutos naturales y civiles de la cosa.
Es
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