ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Antecendentes del derecho laboral.


Enviado por   •  22 de Octubre de 2016  •  Biografías  •  2.994 Palabras (12 Páginas)  •  207 Visitas

Página 1 de 12

antecendentes del derecho laboral

  1. la huelga de la revolución industrial

  1. masacre bananera (producciones bananeras):

Fue un exterminio de los trabajadores sindicalizados de la UNITED FRUIT COMPANY el 5 y 6 de diciembre de 1928 en  Ciénaga/ Magdalena Colombia. Un número desconocido de trabajadores murió después de que el gobierno de esa época mando a poner fin a una huelga de un mes, organizada por el sindicado de los trabajadores que buscaban garantizar MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO.

A la semana siguiente el 12 de diciembre del mismo año estallo una huelga masiva con más de 25,000 trabajadores de las plantaciones que se negaron a cortar los bananos.

  1. Huelga de Coca Cola en Guatemala:

La huelga de los trabajadores de Coca Cola es un antecedente de derecho laboral en Guatemala en el que los trabajadores de dicha empresa les habían cambiado horarios, salarios, etc, en el que terminaron despidiéndolos.

24 de enero de 1976 los trabajadores de la Embotelladora Guatemalteca, S.A. (EGSA-Coca-Cola) ocuparon la fábrica, después que fueran despedidos 154 de ellos. Ese día la patronal solicitó la intervención de la fuerza pública, que desalojó con violencia a los obreros, hiriendo a 12 personas y deteniendo a otras 14.

Al concluir esto, el patronal reestablecieron  los trabajadores, e hicieron nuevos contratos en el que ponían nuevos salarios, nuevos horarios y condiciones de trabajo.

  1. La huelga de las mujeres obreras

Un 8 de marzo de 1857, un grupo de obreras textiles tomó la decisión de salir a las calles de Nueva York a protestar por las míseras condiciones en las que trabajaban.

Un grupo de mujeres reclamaba la igualdad salarial, la disminución de la jornada laboral a 10 horas y un tiempo para poder dar de mamar a sus hijos. Durante esa huelga, perecieron más de un centenar de mujeres quemadas en una fábrica de Sirtwoot Cotton, en un incendio que se atribuyó al dueño de la fábrica como respuesta a la huelga.

Y el antecedente se celebra como el día internacional de la mujer.

  1. El primero de mayo (mío)

principios del derecho laboral

(VER CUADERNO)

PRINCIPIOS DEL derecho colectivo

(VER CUADERNO)

Artículo 38 Contrato colectivo de trabajo. Aplica a más de un trabajador, solo un sindicato lo  puede suscribir.

Sindicato: Agrupación  patronos (5 para la formación) / trabajadores (20 para formación).

Gremio, profesión u oficio. Agruparse para la defensa y mejoramiento de intereses sociales y económicos. El sindicato es PERMANENTE.

Comité Adhoc o Grupo Coadligado

Es una agrupación de patrones, trabajadores, no tiene un mínimo de miembros y no tiene personería jurídica. Defiende intereses, este es temporal. A los representantes se le llama comité AD HOC.

Resuelve conflictos temporales. Solo los sindicatos pueden formar y firmar un contrato colectivo.

El contrato colectivo: El contrato surge efecto solo a los miembros que lo suscriben, es solo para los que están inscritos en los sindicatos. Debe emitirse por escrito, deben ser 3 ejemplares, y por último es enviado a la dirección general de trabajo.

derecho LABORAL                                                26/08/2016

[pic 1]

[pic 2][pic 3]

[pic 4][pic 5]

[pic 6][pic 7]

[pic 8][pic 9]

[pic 10]

[pic 11]

[pic 12]

[pic 13]

[pic 14][pic 15]

Los representantes del patrono art 4ct y ver art1 de la ley de sindicalización.

*todas las fuerzas armadas NO pueden formar parte de un sindicato

*se puede despedir a un trabajador de confianza si está establecido en el pacto colectivo, son de libre remoción.

La SAAS PUEDEN formar parte de un sindicato? Miembros no pueden  por que no están en academia de policía y son de libre remoción.  No son sin oposición y son de libre remoción, a ellos se les puede despedir porque se les contrata sin oposición.

Los reglones 011 no se pueden despedir solo porque si, por cambios de personal o administración.

Derecho laboraL                                                          30/8/2016

Convenios que hablan acerca de la libertad sindical y negociación laboral

  1. Convenio 87
  2. Convenio 98, 194911
  3. Convenio 154
  4. Convenio 11
  5. CONVENIO 135

Órganos que conforman un sindicato

  1. Comité ejecutivo (mitad más uno, principio hondamente democrático)
  2. Consejo consultivo
  3. La asamblea de un sindicato: se conforma mediante la mitad más uno por los integrantes que lo conforman por el principio hondamente democrático porque tiene que ver con todas las decisiones del derecho colectivo art 221ct (1)
  • Se convoca día y hora para la asamblea y se cuentan cuantos integrantes hay si no se vuelve a convocar ARTICULO 221 INCISO (i). en caso que no concurran hace una nueva convocada y se coloca en la parte de abajo que acaso que no concurran la mayoría se tendrá que los estatutos para la siguiente convocada se establecerá un mínimo y si de nuevo no llegan se tomara la opinión de los que asisten de acuerdo con lo que establece el estatuto.

  1. Quienes no pueden formar parte del comité ejecutivo de un sindicato
  1. Menores de edad ARTICULO 221 212
  2. Los extranjero ARTICULO 223 inciso B

Convenio sobre el derecho de sindicalización y negociación colectiva 1949

Articulo 202 bic cp.

Convenio 98 de la OIT

Establece que los países partes hablan de la discriminación.

Despido por INNAMOVILIDAD

¿Si  el congreso despide a un dirigente sindical que sucede?

Me voy a un juicio ordinario de labora, porque en la vía judicial solo puede el juez y acá no puede.

¿Que tuvo que haber hecho el presidente de la junta directa para poder haber despedido al dirigente sindical legalmente?

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (16 Kb)   pdf (326 Kb)   docx (36.7 Kb)  
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com