Análisis del Derecho Laboral en el contexto neoliberal
Jhonatan MarquezApuntes20 de Julio de 2021
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Índice
Introducción1
Actividad 1. Las condiciones laborales y los sistemas de pensamiento entorno a la producción2
Actividad 2. Los derechos sociales4
Actividad integradora. Análisis del Derecho Laboral en el contexto neoliberal7
Conclusiones16
Bibliografía17
Introducción.
La rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano se conoce como derecho laboral. Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.
El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su subsistencia.
Los elementos determinantes para incluir o no las relaciones laborales dentro del Derecho del trabajo son:
Voluntariedad: la persona ha de prestar una voluntad libre.
Retribución: recibir una cantidad de dinero a cambio de los servicios.
Ajenidad: por cuenta ajena.
Dependencia: subordinación del empresario.
Dentro del fenómeno humano del trabajo es importante destacar el contrato de trabajo. El contrato de trabajo es un acuerdo libremente adoptado entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución (dependiendo del tipo de contrato que se utilice los derechos y deberes del empresario y el trabajador variarán).
En este sentido es ineludible también la referencia a la Seguridad Social. La Seguridad Social, es un sistema público de asistencia y prestaciones que actúa frente a situaciones de necesidad redistribuyendo la riqueza nacional. Se articula mediante un conjunto de regímenes a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación -por realizar una actividad profesional o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo-, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define. (Instituto Europeo de Asesoría Fisca, s.f.)
Actividad 1. Las condiciones laborales y los sistemas de pensamiento entorno a la producción
- Lee en tu texto de apoyo, los apartados del tema: “Antecedentes del Derecho del Trabajo”.
- Identifica las corrientes teóricas que se tratan en el texto de apoyo.
- Investiga la existencia de otras teorías económicas y políticas influyentes a partir de la Revolución Industrial hasta la actualidad.
- Realiza un análisis sobre todas estas teorías influyentes en los procesos productivos y la reglamentación laboral, a partir del siguiente recuadro:
Teorías y corrientes de pensamiento | Conceptualización | Consecuencias en los procesos de producción | Consecuencias entorno a las condiciones de trabajo |
Fisiocracia | La teoría cree que la productividad es una característica de los agricultores. A través del trabajo obtiene el producto neto, es decir, el producto neto que excede el costo de producción. Porque según esta teoría, toda la riqueza es creada por la agricultura; gracias al comercio y la transferencia de riqueza de los agricultores a la sociedad | Se estableció que la economía debía seguir el orden natural, describiendo así la situación ideal, pero no se consideró la situación real. | Se realiza el pago necesario para poder cubrir las necesidades principales. |
Liberalismo | Está orientado a la oferta, por lo que los recursos solo se centran en la producción, dejando a un lado a los consumidores. El estado fue descalificado para interferir en los asuntos de propiedad de los ciudadanos, lo que anula la libertad de los propietarios. | Después de las revoluciones en Inglaterra y Francia, el proletariado fue reemplazado cuando los agricultores se trasladaron a las ciudades para trabajar. | La gente se traslada del campo a la ciudad para ir a trabajar en condiciones insalubres, además, la jornada laboral se amplía brutalmente sin tener en cuenta el trabajo de niños y mujeres. |
Marxismo | Comenzó con las leyes de la sociedad capitalista como base de la "forma de superestructura", que sancionó las relaciones sociales dominantes en el sistema, como la propiedad privada. Es posible evitar ver una huelga como un delito. El sindicato recibió apoyo, pero no se les permitió suspender el trabajo colectivamente. | La primera expresión de libertad frente a la propiedad privada es la forma de cooperación, que impide que los empleadores trabajen y enseña que los trabajadores tienen un gran potencial para administrar la producción. | Se realizaron reformas legales, en las que se deja de sancionar la huelga y la coalición. |
Comunismo | Una sociedad de trabajadores libres está altamente organizada en beneficio de la sociedad. Asegura que los bienes materiales y culturales deben adaptarse a toda la población. | Controla la economía, las relaciones de cooperación entre los hombres y las relaciones de ayuda mutua. Libre de explotación laboral. | Los trabajadores han establecido una buena relación con la sociedad de forma armoniosa. |
Anarquismo | “un sistema filosófico y una teoría política que corresponde a la ausencia del gobierno” | Las personas con solidez financiera deben seguir las reglas del trabajo. | La jornada laboral de los adultos se reduce a un máximo de ocho horas. Está prohibido trabajar para niños menores de 14 años. Eliminar el trabajo nocturno, excepto en aquellas industrias que esencialmente requieren que el trabajo se realice de esta manera. Las mujeres tienen prohibido realizar trabajos industriales que afecten su salud debido a este trabajo. |
Actividad 2. Los derechos sociales
- Concluye la lectura del texto de apoyo.
- Complementa lo visto sobre el tema en tu texto de apoyo, con la lectura de los siguientes artículos:
- Arteaga, C. y Arteaga, C. (s. a.). Reflexiones acerca de la justicia social.
- Cruz Parcero, J. A. (2000). Los derechos sociales como técnica de protección jurídica. En Carbonell, M., Cruz Parcero, J. y Vázquez, R. (comp.). Derechos sociales y derechos de las minorías. México: UNAM.
- Realiza un análisis del tema, a partir del siguiente cuadro:
Triunfos del Derecho Laboral | Justificación a partir del Derecho Social |
En 1911, se estableció el Departamento de Trabajo dependiente el cual pertenecía al departamento de Desarrollo, Colonización e Industria. | Se encargará de "recopilar, cotejar y publicar datos e información relacionados con el trabajo en varias partes de la República; actuar como intermediario para todos los contratos entre empresarios cuando lo requieran las partes pertinentes; comprar instalaciones desde el transporte de trabajadores hasta la contratación de lugares locales ; Buscar una solución justa en el caso de conflictos entre empleadores y empleados, y actuar como árbitro de la disputa entre las dos partes. |
En 1914, se estipuló trabajar un máximo de 8 horas diarias. | Esto se debe al abuso de los patrones que exigen y obligan a los trabajadores a trabajar más de 8 horas al día. |
El descanso dominical obligatorio se estableció en el mismo año de 1914. | Por tanto, dado que la mayoría de los trabajadores trabaja los 7 días de la semana, se deben imponer días de descanso obligatorios a los trabajadores. |
Normas especiales en el procedimiento de huelga | En nuestra primera Ley Federal del Trabajo, en vigor a partir del 28 de agosto de 1931, no existió un procedimiento de huelga, sino normas sustantivas que regulaban el ejercicio del derecho de huelga por parte de los trabajadores; en la segunda versión de nuestra Ley Federal del Trabajo, vigente del 1o. de mayo de 1970 al 30 de abril de 1980, el legislador federal mexicano mantuvo el esquema; sin embargo, incorporó normas especiales en la materia, las cuales se conservaron en la reforma procesal del 1o. de mayo de 1980, pero se creó un procedimiento de huelga, que no sufrió modificación alguna con motivo de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de noviembre del 2012; por lo tanto, las normas generales previstas en el derecho procesal del trabajo respecto del funcionamiento del Pleno y de las juntas especiales, la falta de personalidad, la incompetencia, los impedimentos y excusas, los términos procesales y las notificaciones, así como los incidentes, presentan particularidades en el procedimiento de huelga que las distinguen frente a los demás procedimientos laborales, cuyas características y aplicación constituyen el estudio objeto del presente artículo. (Puig Hernandez, 2017) |
Incapacidad a mujeres embarazadas en sector laboral. | También, tienes derecho a tener un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, en los que percibirás tu salario íntegro; sin embargo, este descanso se puede extender si no puedes trabajar a causa del embarazo o el parto, teniendo como derecho el 50% de tu salario por un periodo no mayor de 60 días. En tu etapa de lactancia por un periodo hasta de seis meses tienes derecho a dos reposos por día de media hora cada uno para alimentar a tu bebé, en un lugar que designe tu empresa con las condiciones de higiene adecuadas. Asimismo, si no ha transcurrido más de un año de la fecha de parto, podrás regresar al puesto que desempeñabas sin ningún problema. Con el conocimiento de que los periodos pre y post natales deberán tomarse en cuenta en tu antigüedad laboral. En caso de que adopción, tienes derecho a disfrutar de un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día en que recibas al infante. |
Actividad integradora. Análisis del Derecho Laboral en el contexto neoliberal
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