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¿Cómo influye el pensamiento de Montesquieu para el Estado Peruano en el siglo XXI?


Enviado por   •  6 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  1.100 Palabras (5 Páginas)  •  170 Visitas

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¿Cómo influye el pensamiento de Montesquieu para el Estado Peruano en el siglo XXI?

“Dale al hombre la oportunidad de ser injusto, y no la desaprovechará”. (Montesquieu, 1720).  Las crisis económicas y políticas de su tiempo, sus viajes, su cercanía con la academia y su condición social fueron determinantes para el desarrollo de su pensamiento moderado con base en las libertades y el individuo.

Para Montesquieu, el hombre tenía leyes naturales, pero cuando el hombre entra en convivencia con la sociedad surgen rivalidades, por lo que necesitaban leyes positivas para poder regular esta conducta. Actualmente muchas ideas políticas de Montesquieu influyen alrededor del mundo; tales como Estados Unidos, Francia, México, parte de Europa, etc., como también en el Estado Peruano.  Montesquieu era un pensador iusnaturalista y deísta, que influyó mucho en las siguientes ideas como: la separación de poderes, las formas de gobierno, clasificación de sistemas, y puntos importantes de la obra “el espíritu de las leyes”

Para la separación de poderes, este estaba conformada; primero, el legislativo que era el príncipe o magistrado, donde veían si las leyes eran a corto plazo o para siempre; la segunda separación es el ejecutivo, declara la paz, la guerra y era el encargado de mantener el orden; y por último el judicial, que era el encargado de hacer cumplir las leyes, sanciona y castiga. Según nuestra actual Constitución Peruana de 1993, en el Título IV: Capítulo II, Art. 103 Leyes especiales, retroactividad benigna, derogación de leyes”, siendo el Poder Legislativo conformado por los 130 congresistas, proponer nuevas leyes y decidir si se deroga o sigue en vigencia una ley; Capitulo VIII, Art. 138 “Potestad de administrar justicia”, donde en el Poder Judicial, se hace cumplir las leyes de acuerdo a la Constitución, Capítulo IV, Art. 110 “Donde el presidente es el jefe de Estado”, en el Poder Ejecutivo se encuentra el presidente, que es escogido cada cinco años, sin haber reelección inmediata. Las importancias de estos tres poderes son para lograr un equilibrio social, ya que, si una persona o uno de estos poderes lograría apoderarse de estas otras, llegaríamos a ser anarquistas o aristócratas

Para las formas de gobierno, Montesquieu describe tres formas de gobierno; primero, republicano, donde el pueblo tiene todo el poder; segundo, monárquico, donde gobierna el rey bajo la obediencia de las leyes; tercero, despótico, donde el poder lo tiene una sola persona y se rige de acuerdo a su decisión. En el caso de Perú en el Título II, Capítulo I, Art 45: “El poder del estado emana del pueblo”, en este caso el Perú es un gobierno republicano, donde el poder del Estado emana del pueblo.

Para la clasificación de sistemas, son dos; unicameralidad y bicameralidad; en la unicameralidad solo tenían una cámara, conocida como la cámara alta, Montesquieu propone el sistema parlamentario bicameral donde se encuentran dos cámaras: la cámara alta (senadores), donde se encontraba la nobleza y la cámara baja (diputados), donde se encuentra representado por la burguesía. Según nuestra actual Constitución Peruana de 1993: Titulo IV, Capítulo I, Art. 90: “El poder legislativo reside en el congreso de la República, el cual consta de una cámara única”, este siendo conformado por 130 congresistas.

La obra “el espíritu de las leyes”, fue hecha para analizar cómo es un gobierno y como debería ser, ya que estas puedan ser acomodadas a los diferentes gobiernos y al comportamiento del hombre;

En el caso de la libertad, Montesquieu en su libro (E.L., XXVI,20) dice: La libertad se establece por la ley y «consiste principalmente en no poder ser obligado a no hacer una cosa que las leyes no ordenan (...) somos libres en tanto que vivimos bajo leyes civiles» (E.L., XXVI, 20). Según nuestra actual Constitución Peruana de 1993: Título I, Capítulo I, Art. 2, Inc. 24, b): “No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, (…) están prohibidas la esclavitud, servidumbre y trata de seres humanos en cualquiera de sus formas”, por lo que el estado permite el libre comercio a las personas. 

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