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EFICACIA EN EL DERECHO PENITENCIARIO MEXICANO


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2019  •  Ensayos  •  3.890 Palabras (16 Páginas)  •  158 Visitas

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EFICACIA EN EL DERECHO PENITENCIARIO MEXICANO

INTRODUCCIÓN

        El sistema penitenciario en México ha evolucionado a través de los tiempos, al igual que el derecho mexicano; su importancia en nuestra sociedad nos obliga a hacer un estudio minucioso respecto a su naturaleza, historicidad, creación, aplicación, pero sobre todo la eficacia.

        En este trabajo se buscará clarificar un tema como lo es la eficacia en el sistema penitenciario en México, evitando e todo momento generar una “monografía del mismo”, pues esto demeritaría el carácter literario que se ha asignado a este instrumento de estudio, que es, el ensayo. Por lo mismo disponemos, en el presente, de 6 capítulos que nos ayudarán a dilucidar respecto a la pregunta o hipótesis planteada:

  • ¿Es el derecho penitenciario en México, eficaz, respondiendo a las necesidades de la sociedad mexicana? –

Para responder a esa premisa o pregunta de investigación analizaremos a la pena como consecuencia de la conducta atípica y antijurídica (delito), en concreto, nociones conceptuales y doctrinales del derecho penitenciario, el marco constitucional de la materia en estudio, a grandes rasgos analizaremos el sistema penitenciario, más como estadística y no como estudio formal o doctrinal, ya que el trabajo se enfoca al derecho penitenciario y no al sistema penitenciario que más adelante puntualizaremos cual es la gran diferencia entre ambas.

Por último analizaremos la historia del derecho penitenciario así como el reconocimiento de la materia como objeto del derecho comparado, es decir, cómo está el derecho penitenciario en el mundo, medido por estándares internacionales.

Es, con estos instrumentos a modo de capítulos que pretendo llegar a la respuesta de mi pregunta guía, buscando confirmar la hipótesis de que en México, la norma es suficiente y eficaz, de acuerdo a las necesidades sociales del país, apegándome estrictamente a la norma; contemplando que posiblemente el sistema penitenciario en si conozca de evidentes fallas.

LA PENA COMO CONSECUENCIA DE LA CONDUCTA ATÍPICA Y ANTIJURÍDICA

La pena, podemos definirla como aquella facultad que tiene el Estado para intentar evitar las conductas calificadas como delitos, por la norma. La pena también puede considerarse como una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales (nunca pérdida de derechos humanos), contemplada en la ley e impuesta por el órgano jurisdiccional competente, mediante un proceso, al individuo responsable de la comisión de un delito.

La pena es, entonces, el castigo que se impone, por las autoridades facultadas por la propia ley, con el objetivo de sancionar al sujeto que comete un delito o falta. Consecuencia de una acción u omisión.

Existen distintos tipos de pena. Las penas privativas de la libertad que incluye la prisión, el arresto domiciliario y el destierro (contemplado en la Constitución nacional); las penas privativas de derechos, que eliminan una determinada facultad del sujeto castigado (por ejemplo, imposibilidad de residir en un determinado lugar); las penas corporales son aquellas que incluyen torturas o la pena de muerte (estas están prohibidas en nuestro derecho penitenciario y en general en la normatividad mexicana.) y las penas pecuniarias que afectan el patrimonio del penado como multas, cauciones, confiscación de bienes, etc.

El término pena proviene latín “poena” y posee una connotación de dolor causado por un castigo.[pic 1]

DERECHO PENITENCIARIO EN MÉXICO

 Antes de empezar a estudiar de fondo el derecho penitenciario es preciso entender la prisión, como pena y establecimiento, de manera real, humana, para lo cual deben crearse alternativas con el fin de dar una oportunidad de vida al sujeto que, por múltiples circunstancias, puede cometer un delito. Todo ello en el marco de un Estado de derecho, democrático, social y funcional. Si bien la prisión está contemplado dentro del sistema penitenciario, no la analizaremos desde ese ámbito sino del legal, no del administrativo o institucional.

Además debemos diferenciar entre el sistema y el derecho penitenciario, dos situaciones completamente diferentes que van ligadas ente sí para cumplir cada una con su función. Veamos pues, entonces que es el sistema penitenciario.

El sistema Penitenciario mexicano, es la red nacional de prisiones en territorio nacional que se ocupan de la reinserción de los condenados. Este sistema, tiene carácter administrativo dentro del organigrama de la función pública. Es decir, si bien es el poder judicial, por medio de un juez, el que impone la pena al delincuente, es el Estado en su función ejecutiva quien se encarga del mantenimiento, y vigilancia de los centros penitenciarios.

Encontramos que el ejecutivo se encarga de la configuración del centro penitenciario y el poder judicial vigila el correcto cumplimiento de la pena. El sistema penitenciario entonces, cabe estudiarlo desde el punto de vista administrativo, y entonces el derecho penitenciario sí es objeto de estudio del derecho, a través de la penología.

Ahora, tenemos que el derecho penitenciario es una parte de la penología, materia de la ciencia jurídica, que se ocupa del estudio de las penas privativas de la libertad, de su organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar profesional y socialmente a los condenados, y le atribuye a la penología la responsabilidad de estudiar las restantes penas como son las restrictivas de libertad o de derecho, pecuniarias, capital o así como las de asistencia pos carcelaria. Aquí encontramos el primer distanciamiento, o especialidad del derecho penitenciario de su género que es la penología. Es evidente que nuestro estudio entonces, versa sobre las penas privativas de libertad.

Actualmente podemos hablar de derecho penitenciario como un conjunto de normas que auxilian la reinserción (anteriormente se usaba el vocablo readaptación) del delincuente allegándose de otras ciencias como: es la medicina, la psicología, la educación física, etc.

El objeto de estudio del derecho penitenciario versa sobre el conjunto de normas relativas a la aplicación de las penas y de las medidas de seguridad que serán los entes legales en esta materia. Añade que el fin del derecho penitenciario en México es expresamente limitada a lo establecido en el art. 18 de la Constitución Política mexicana, recordando que su ente primordial es la reinserción social del individuo (antes readaptación social, concepto que revisaremos líneas abajo) que deberá alcanzarse por medio de la educación y el trabajo así como la capacitación para el mismo (doctrina clásica de la readaptación y reinserción).

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