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Efectos jurídicos del reconocimiento de la Comunidad.


Enviado por   •  11 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  1.397 Palabras (6 Páginas)  •  754 Visitas

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Nombre del estudiante: Luis Carlos Fuentes Casanova

Nombre del trabajo:   Efectos jurídicos del reconocimiento de la Comunidad

Fecha de entrega: 05 de Marzo de 2016

Campus: Hermosillo

Carrera /Prepa: Licenciatura en derecho

Semestre/Cuatrimestre: Séptimo Cuatrimestre

Nombre del maestro: Keyla Judith Nájera Mejía

Introducción.

El presente trabajo correspondiente a la cuarta semana de la materia de Derecho Agrario, consta de un ensayo donde se explica cada uno de los efectos jurídicos del reconocimiento de la comunidad, con fundamento en el artículo 99 de la Ley Agraria (la personalidad jurídica del núcleo de población y su propiedad sobre la tierra; la existencia del Comisariado de Bienes Comunales como órgano de representación y gestión administrativa de la asamblea de comuneros en los términos que establezca el estatuto comunal y la costumbre;  la protección especial a las tierras comunales; y los derechos y las obligaciones de los comuneros conforme a la ley y el estatuto comunal).

Desde los tiempos revolucionarios, cuando Zapata exigía los derechos de los campesinos y una nueva repartición de tierras agrarias, el ejido funge como figura central y de suma importancia de la reforma agraria, representa uno de los más grandes sectores productivos de nuestro país, ya que desde tiempos ancestrales la agricultura de ha sido punta de lanza para el movimiento económico de nuestra nación.

La Ley Agraria estipula los ordenamientos jurídicos y normas que se deben cumplir toda materia agraria, ya que al ser poseedor de un predio agrario adquirimos derechos y obligaciones, mismo que deben de respetarse para hacer valer el derecho agrario.

Dentro del derecho mexicano se contempla el efecto jurídico como todos aquellos actos que traen consigo consecuencias seguidas de un acto realizado, mismas que tienen importancia e interés para las leyes y normas que rigen el derecho mexicano.

Los efectos jurídicos tienen un lugar sumamente importante dentro del derecho agrario, ya que para reconocer a una comunidad agraria como  entidad jurídica, es necesario que se conozcan plenamente cuales son las consecuencias jurídicas que puede traer malos manejos de los predios dentro o fuera de la comunidad. Así mismo deben de conocer plenamente cuáles son sus obligaciones como comunidad, como una de ellas es estar plenamente inscritos en el Registro Agrario Nacional e informar de cualquier cambio o movimiento en los predios agrarios.

El artículo noventa y nueve de la Ley Agraria establece los efectos jurídicos del reconocimiento de la comunidad, los cuales son:

  1. La personalidad jurídica del núcleo de población y su propiedad sobre la tierra;

Este precepto manifiesta que cada comunidad con predios agrarios y tierras plenamente establecida y reconocida por el Registro Agrarios Nacional está sujeta a derechos y obligaciones, los cuales otorgaran la capacidad jurídica al núcleo de la población para contraer responsabilidades frente a ellos mismos o personas ajenas al núcleo de la comunidad.

Estos preceptos están plenamente contemplados en las normas que rigen el derecho agrario, mismo que respalda y fundamentan la propiedad de las tierras que se les han otorgado o cedido a las personas que fungen como legítimos propietarios de las mismas y el pleno derecho de manejarlas o explotarlas de la manera que crean necesaria.

Así mismo establece que estos poseedores de los predios agrarios gozaran de personalidad jurídica frente al núcleo de población y los órganos que integran a la misma, como lo son la Asamblea, el Comisario ejidal y el Consejo de vigilancia.

  1. La existencia del Comisariado de Bienes Comunales como órgano de representación y gestión administrativa de la asamblea de comuneros en los términos que establezca el estatuto comunal y la costumbre;

Señala que la Ley Agraria reconoce legítimamente a las partes que integran el Comisario Ejidal para supervisar, cuidar y velar por el patrimonio o en este caso los bienes que integran la comunidad, sirviendo también como persona física que servirá para la plena representación antes las autoridades correspondientes en caso de una controversia. Así mismo el Comisario Ejidal tendrá la facultada para llevar a cabo las gestiones administrativas de la asamblea de la comunidad ejidal, fungiendo como un interventor o auditor en las actividades administrativas del núcleo de la comunidad agraria, así mismo apegándose de la misma manera a los estatutos que marca el reglamento interno de la comunidad ejidal y el seguimiento de las costumbres que en la misma se tienen por conocimiento.

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