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Estatuto del empleo público


Enviado por   •  9 de Marzo de 2019  •  Apuntes  •  1.392 Palabras (6 Páginas)  •  93 Visitas

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1.CLASES DE EMPLEADOS PUBLICOS

Concepto de empleado público: Los empleados públicos son aquellas personas físicas, que prestan servicios profesionales retribuidos y por cuenta ajena, en alguna administración pública.

El ESTADO es el competente para aprobar el estatuto básico del empleado público. 

                                                          2 MODELOS

1º) MODELOC CERRADO: Consiste en que la antigüedad en el cuerpo te aporta la categoría funcionaria, y esta te permite ocupar ciertos puestos de alto nivel y obtener determinadas retribuciones. (EJEMPLOS  carrera judicial, fuerzas armadas, carrera diplomática)

2º MODELO ABIERTO: Se basa en que el puesto que tu ocupas es el que te da la categoría y la retribución. (Proceso inverso) (EJMPLO  uno puede estar en la administración general 27 años)

                                  TIPOS DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS

A)FUNCIONARIO DE CARRERA: Empleado público que el virtud de un nombramiento previa la superación del correspondiente proceso selectivo, se vincula profesional y permanentemente a la administración. Mediante una relación estatutaria regulada en el derecho administrativo. 

Privilegio: inamovilidad en la función pública, que no en el puesto de trabajo. Para expulsarle de la administración debe existir una falta muy grave, un procedimiento disciplinario,..

B)PERSONAL INTERINO: Carece del privilegio de la inamovilidad, es quien por razones de necesidad o urgencia ocupa un puesto de trabajo que haya vacante, mientras este puesto no sea ocupado por funcionarios de carrera

C)PERSONAL LABORAL: al derecho laboral. Selección a través de procedimientos públicos.

D)PERSONAL EVENTUAL: Aquel que con carácter uno permanente desempleo exclusivamente funciones de confianza o de asesoramiento especial, de altos cargos de los máximos órganos de gobierno de las administraciones publicas. Estos, son obviamente reclutados de manera libre y cesan automáticamente cuando cesa el político al que siguen.

E)PERSONAL DIRECTIVO: tareas de formación y alta ejecución.

                                          DERECHOS  FUNCIONARIOS PÚBLICOS  

  1. RETRIBUCIÓN BÁSICA
  • El sueldo
  • Los trienios
  1. RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS
  • Complemento de destino  que retribuye la progresión alcanzada por el funcionario dentro del sistema de carrera administrativa
  • Complemento especifico  especial dificultad técnica, responsabilidad, dedicación, incompatibilidad exigible para el desempeño de determinados puestos de trabajo. 
  • Complemento de productividad  Retribuye el grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento y resultados obtenidos.

ESTAS RETRIBUCIONES SE FIJAN ANUALMENTE EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES ESTADO salvo (complemento especifico y productividad)

                                          DEBERES FUNCIONARIOS PÚBLICOS

-Ante un ERROR , en caso de << Particulares>> se les puede exigir responsabilidad disciplinaria y penal pero se les sancionara por lo penal, PERO en los <<Funcionarios>>, no , a estos se les puede tramitar los 2 procedimientos dando lugar así a 2 sanciones que proceden de 2 vías diferentes y el funcionario NO RESPONDE CIVILMENTE ANTE LOS CIUDADANOS, sino que responde la administración y luego esta arregla cuentas con el funcionario.  

                                                    INCOMPATIBILIDADES

  1. NO 2 PUESTOS SECTOR PÚBLICO aunque admite algunas EXCEPCIONES (funciones docentes, sanitarias públicas) y 1 FUNCIONARIO=1 CARGO PÚBLICO  en principio.
  1. ACTIVIDADES PRIVADAS: siempre y cuando se tenga la autorización previa y lo que se va a controlar a través de esa autorización es básicamente que el funcionario no perciba determinadas retribuciones como complementos específicos por su especial dedicación y que no haya una incompatibilidad horaria. Si un empleado publico esta trabajado también en el ámbito privado, se exige la imparcialidad de ese funcionario (DEBER DE ABSTENCIÓN; IMPARCIALIDAD)

3. EL FUNCIONARIO DE CARRERA

-El funcionario en España lo que no tiene es carrera, es decir, hablamos en su día de 2 modelos, un modelo cerrado y un modelo abierto o de empleo. Hablaremos de  2 MODEOS, 1º un modelo de carrera y 2º un modelo de empleo que es el predominante en España. En cuanto al ‘’Modelo De Carrera’ un modelo cerrado, este se da en la UE, donde los funcionarios están divididos en 2 grandes grupos; por un lado, el de los administradores (AD) y otro cuerpo de los asistentes, gestores etc (AST). En caso de los administradores, se dividen del escalón 5 que es el inferior al 16 que es el superior mientras que los asistentes van del 1 al 11..A su vez el AD 5, se subdivide en 5 escalones mas, donde cada 2 años, por razón de antigüedad, cada uno va subiendo de escalón en escalón.  Un funcionario del escalón AD 16 cobra unos 16.000 euros al mes. El que menos cobra, es el AD5 escalón 1, cobra 3.000 euros al mes.

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